Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2005 (13/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 2005

Que, mediante Oficio Nº 008-2005-VII-DIRTEPOL/ PNP-LIMA, del 30JUN2005, la Setima Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru ha solicitado al Secretario General del MININTER, la aprobacion de las Bases para la Licitacion Publica de Adquisicion de Alimento para el Ganado Equino de la DEPCODIS-NORTE-ELPOTAO; Que mediante Informe Nº 07-2005-VII-DIRTEPOLL/UOFAD-UECO-SP del 18FEB2005, se indica que existe disponibilidad presupuestal para el presente MORDAZA de seleccion; Que el articulo 53º del Reglamento establece que las Bases de las Licitaciones seran aprobadas por el titular de la entidad, facultad que es delegable en forma expresa y por escrito la misma que de conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 1708-2004-IN del 19AG02004, se encuentra delegada en el Secretario General del Ministerio del Interior; Que el articulo 54º de la MORDAZA en comentario, establece que el Comite Especial elaborara las Bases de la Licitacion Publica conforme a la informacion tecnica y economica contenida en el expediente; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados mediante Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente y el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 Ley del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, y; Estando a lo propuesto por el Sr. General Jefe de la VII-DIRTEPOL/PNP-LIMA; y, A lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica, de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0512-B-92-IN/DM del 29 de MORDAZA de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar las Bases de la Licitacion Publica Nº 0002-2005-VII-DIRTEPOL/PNP-LIMA para la Adquisicion de Alimentos para el Ganado Equino de la DEPCODIS-NORTE-EL POTAO. Articulo Segundo.- Las dependencias de la VIIDIRTEPOL/PNP-LIMA brindaran el apoyo necesario al Comite Especial para el cumplimiento de las labores encargadas de conformidad a las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese.

zo de 2005, se dispuso la apertura de Procedimiento Sancionador contra el Centro de Conciliacion denominado "CAMPOS PISSANO"; Que, mediante Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 181-2005-JUS/STC, de fecha 6 de MORDAZA de 2005, se declaro acreditada la comision de la infraccion prevista en el articulo 24º inciso 3) del Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliacion, Capacitadores y Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 245-2001-JUS, por parte del Centro de Conciliacion denominado "CAMPOS PISSANO", imponiendosele la sancion de Desautorizacion de Funcionamiento; Que, mediante Proveido Nº 653-2005-JUS/STC, de fecha 24 de MORDAZA de 2005, se declaro firme la Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 181-2005JUS/STC y por agotada la via administrativa, de conformidad con el articulo 212º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el articulo 23º del Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliacion, Capacitadores y Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 245-2001JUS, establece que la Desautorizacion de Funcionamiento acarrea la cancelacion de la autorizacion de funcionamiento del Centro de Conciliacion infractor y su cierre definitivo; Que, asimismo, el ultimo parrafo del articulo 42º del Reglamento de Sanciones precedentemente citado, establece que la Resolucion que imponga la sancion de desautorizacion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y Ley Nº 28163 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS y Decreto Supremo Nº 040-2001-JUS; Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, sobre alcance de funciones del Viceministro; Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliacion, Capacitadores y Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 2452001-JUS, modificado por Resolucion Ministerial Nº 3142002-JUS; SE RESUELVE:

MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Secretario General 12386

JUSTICIA
Cancelan autorizacion de funcionamiento y registro del Centro de Conciliacion "Campos Pissano"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 047-2005-JUS MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2005 VISTOS; la Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 181-2005-JUS/STC, de fecha 6 de MORDAZA de 2005 y sus antecedentes; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 3052001-JUS, de fecha 16 de octubre de 2001, se autorizo a la ASOCIACION DE ESTUDIOS Y PROMOTORA DE SOLUCION DE CONFLICTOS - MORDAZA PISSANO, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado "CAMPOS PISSANO", con sede en la MORDAZA de Lima; Que, mediante Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 117-2005-JUS/STC, de fecha 3 de mar-

Articulo 1º.- Cancelase la autorizacion de funcionamiento y el registro del Centro de Conciliacion denominado "CAMPOS PISSANO". Articulo 2º.- Dispongase que la Secretaria Tecnica de Conciliacion, vele por el cumplimiento de la presente Resolucion y asuma la tenencia y custodia del registro de actas y acervo documentario del Centro de Conciliacion cancelado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TUDELA CHOPITEA Viceministro de Justicia 12394

PRODUCE
Suspenden actividades extractivas de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA en MORDAZA del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 182-2005-PRODUCE MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2005 Visto los oficios del Instituto MORDAZA del Peru Nºs. PCD-100-155-2005-PRODUCE/IMP, que alcan-

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