Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2005 (05/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, MORDAZA 5 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 24º.- Sin perjuicio de lo MORDAZA senalado, la Municipalidad implementara los mecanismos de transparencia y rendicion de cuentas que considere necesarios, en el MORDAZA de la normatividad vigente. CAPITULO X EL COMITE DE VIGILANCIA Y CONTROL Articulo 25º.- El Comite de Vigilancia y Control se conforma en la etapa de Preparacion del MORDAZA Participativo oficializandose su designacion en una Asamblea de Caracter Distrital. Esta integrado por un representante elegido en cada Territorio del distrito, no pudiendo desempenar dicho cargo un miembro del Comite de Gestion Territorial ; asi como tambien lo conforma dos representantes de la Sociedad Civil del Consejo de Coordinacion Local . Este Comite es elegido para un periodo de dos (2) anos, elabora y propone su reglamento de funcionamiento el mismo que es consensuado ante el Consejo de Coordinacion Local y aprobado mediante Decreto de Alcaldia. Articulo 26º.- El Comite de Control y Vigilancia es competente para: a. Vigilar el desarrollo de las distintas etapas del MORDAZA Participativo en el MORDAZA de lo establecido por el presente Reglamento, el desempeno y el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por los Agentes participantes en general. b. Elaborar y presentar informes trimestrales sobre los resultados de la vigilancia del MORDAZA Participativo al Consejo de Coordinacion Local Distrital y a la sociedad civil en general. Articulo 27º.- La Municipalidad y los Comites de Gestion del Desarrollo Territorial proporcionaran al Comite de Vigilancia y Control, y a los ciudadanos interesados en general, la informacion que soliciten respecto del MORDAZA Participativo, de acuerdo a lo senalado en la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo 28º.- El Comite de Vigilancia y Control, asi como los ciudadanos en general que asi lo requieran a traves de este Comite, tienen la facultad, en caso de encontrar indicios o pruebas fehacientes que senalen la comision de delitos, de realizar la denuncia correspondiente ante la Contraloria General de la Republica, el Ministerio Publico y la Defensoria del Pueblo. TITULO III DE LA ELECCION DE LOS COMITES DE GESTION DEL DESARROLLO TERRITORIAL Articulo 29º.- Los Comites de Gestion del Desarrollo Territorial son instancias constituidas para representar a cada uno de los Territorios del distrito durante el desarrollo del MORDAZA Participativo. Estan conformados por seis miembros, los cuales ocupan los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario Tecnico, Secretario de Actas, Secretario de Vigilancia y Vocal. Sus atribuciones y derechos estan senalados en el articulo 13º del Decreto de Alcaldia Nº 018-2005/MVES del 31.05.2005, que aprueba el Texto Unico Integrado de la Ordenanza MORDAZA del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de MORDAZA El Salvador. Articulo 30º.- Los Comites de Gestion del Desarrollo Territorial son elegidos MORDAZA del inicio de los Talleres de Capacitacion, entre los Agentes Participantes inscritos para el respectivo MORDAZA Participativo y en Asambleas de Caracter Territorial especialmente convocadas para ello, de acuerdo al cronograma elaborado por la Municipalidad. Estas Asambleas electorales son convocadas por la Municipalidad conjuntamente con el Comite de Gestion del Desarrollo Territorial vigente. Articulo 31º.- Los Comites de Gestion del Desarrollo Territorial son elegidos en acto publico por los Agentes Participantes con la presencia de dos representantes de la Municipalidad. El mecanismo de eleccion sera el de MORDAZA secreto y universal, y por el sistema de listas de candidatos. Dichas listas deberan estar conformadas por un representante de cualquiera de los segmentos establecidos en la Ordenanza Nº 083-MVES. Siendo requisito indispensable estar debi-

damente inscrito en el libro de agentes participantes. En el caso del Territorio IX, debera adecuarse a su realidad territorial y social , garantizando la participacion de la mayoria de gremios representativos. Articulo 32º.- La direccion de los comicios sera asumida por una Mesa Directiva compuesta por tres miembros, elegidos entre los Agentes Participantes al inicio de la Asamblea de Caracter Territorial. Los miembros de la Mesa Directiva no podran ser candidatos a los Comites de Gestion del Desarrollo Territorial que se elija. Articulo 33º.- El resultado de la eleccion constara en un Acta, la cual debera ser suscrita por los representantes de la Municipalidad, los integrantes de la Mesa Directiva, los integrantes del Comite de Gestion del Desarrollo Territorial vigente y por los Agentes Participantes que asi lo requieran. Articulo 34º.- Los Comites de Gestion seran elegidos para un periodo de dos (02) anos, no admitiendose la reeleccion inmediata en el mismo cargo. Son reconocidos por Resolucion de la Gerencia respectiva. Articulo 35º .- Los Comites de obra son promovidos por los Comites de Gestion de Desarrollo Territorial, sus integrantes deberan ser vecinos del grupo o Asentamiento Humano donde se ejecuta la obra o proyecto. Los integrantes del Comite de Gestion Territorial y de la Junta Directiva del lugar , estan impedidos de ser miembros del Comite de obra, tampoco pueden ser proveedores de bienes o servicios ni ser beneficiados con un puesto de trabajo. La duracion del Comite de obra esta en funcion directa al MORDAZA de inicio, ejecucion y rendicion de cuentas de la obra o proyecto. Coordinaran sus funciones con el Comite de Gestion de su territorio. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2006 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y PRIORIZACION DE PROYECTOS Y OBRAS (A NIVEL DE IDEAS) RESULTANTES DE LOS TALLERES TERRITORIALES OBJETIVOS ESTRATEGICOS DEL PLAN INTEGRAL DE-DESARROLLO CONCERTADO Comunidad saludable, limpia y verde. Comunidad educativa. Comunidad productora y generadora de riqueza. Comunidad democratica. Comunidad lider y solidaria. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD* Relacion directa con algun MORDAZA de objetivo estrategico del Plan Integral de Desarrollo. Sostenibilidad y nivel de cumplimiento del SNIP Contribuye a la equidad de genero. No tiene impacto ambiental negativo.

A B C D

* Estos criterios son de caracter obligatorio. Implica que si la propuesta de proyecto no cumple alguno de ellos no pasa a la etapa de priorizacion.
CRITERIOS DE PRIORIZACION
MORDAZA de obra o proyecto CRITERIO PUNTAJE

Comunal Tiene cofinanciamiento Y de ONG y aportes Territorial locales. Comunal Contribuye a satisfacer NNBB: agua, desague, electricidad, salud Comunal Numero de poblacion Y objetivo Territorial Comunal Contribuye a mejorar las Y condiciones de inclusion Territorial social. Comunal Genera impactos positiy vos al desarrollo Territorial territorial.

No Tiene 10% 1 punto Tiene los 4 1 punto Menos del 20% de la poblacion 1 punto

Entre 11% y Entre el 16% y 15% del costo 20% del costo 2 puntos 3 puntos Tiene 3 2 puntos Entre el 20% y 40% de la poblacion 2 puntos No Tiene 2 3 puntos Entre el 40% y 60% de la poblacion 3 puntos Si

Mas del 20% del costo 4 puntos Tiene 1 o 0 4 puntos Atiende a mas del 60% poblacion 4 puntos

1 punto No 1 punto

4 puntos Si 4 puntos

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