Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (05/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 294066 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de junio de 2005 inciso 3.2 del Art. 79º se encuentra el de autorizar y fiscalizar la ejecución del Plan de Obras de Servicios Públicos o Privados, que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas así como sus modificaciones previocumplimiento de las normas sobre impacto ambiental, en concordancia con el numeral 3.6.5 del Art. 79º; Que, la Municipalidad Distrital de San Luis mediante Ordenanza Nº 109-MDSL aprobada el 1 de agosto del 2001 reglamentó la Ejecución de Obra de las áreas de uso público, tomando como base la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853 la misma que ha sido deroga- da por la Ley Nº 27972; Que, la mencionada Ordenanza Nº 109-MDSL en su Art. 3º PROHIBE entre otros la instalación y el tendido de redes de cable aéreo, así como la sustitución de redes de distribución subterránea por redes de distribuciónaéreas, en zonas o aéreas de uso público dentro de la jurisdicción del distrito de San Luis. Esta prohibición al- canzaba también la ampliación de redes aéreas en áreasurbanas consolidadas, con excepción de las urbanas no consolidadas bajo la condición de tener el carácter de provisionales; Que, del Informe Nº 0075-2005-MDSL-GDU presen- tado por la Gerencia de Desarrollo Urbano se despren- de que en la actualidad los cables utilizados para el ten-dido aéreo de redes de distribución son de fibra óptica y de otros materiales no contaminantes para la vida hu- mana, en virtud de estar autorizados por organismo com-petente en materia de criterios de evaluación de calidad de los materiales de los cables utilizados en su gran mayoría por empresas prestadoras de servicios públi-cos, los mismos que tienen como objetivo permitir el desarrollo económico local del distrito a través del mejo- ramiento de servicios públicos diversos a favor de lapoblación de San Luis; Que, lo descrito en el considerando anterior guarda estrecha concordancia con lo dispuesto en el Art. 86ºdel numeral 3.5 de la Ley Orgánica de Municipalidades sobre Promoción del Desarrollo Económico Local y la obligación de “Promover las condiciones favorables parala productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito”; Que, es necesario reglamentar, organizar y supervi- sar las obras en la vía pública que realizan las personas naturales o jurídicas por contrato o por encargo de las empresas concesionarias de servicios de saneamiento,telecomunicaciones, electricidad y otros que involucren tendido de redes aéreas o subterráneas; Que, la Ordenanza Nº 203 de fecha 21 de diciembre de 1998 expedida por la Municipalidad de Lima aprueba el Reglamento para la ejecución de Obras en áreas de Uso Público, y la Ordenanza Nº 244 de fecha 22 denoviembre de 1999 modifica las normas de control en la Ejecución de Obras en áreas de uso público de la Pro- vincia de Lima, teniendo ambas Ordenanzas sustentolegal en la anterior Ley Orgánica de Municipalidades Nº- 23853, la misma que ha sido derogada por la ley Nº- 27972; Que, en mérito a lo antes expuesto es imprescindible se actualice y/o adecue las normas relacionadas a re- glamentar la ejecución de obras en áreas de dominiopúblico en la jurisdicción del Distrito de San Luis, por lo que ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA EJECUCIÓN DE OBRAS EN ÁREAS DE DOMINIO PÚBLICO Artículo Primero.- DE LA AUTORIZACIÓN 1.1 Las Empresas de Servicios Públicos, o, las per- sonas naturales y/o jurídicas correspondientes, están obligadas a tramitar ante la Municipalidad Distrital de San Luis la Autorización de Ejecución de Obra en áreas dedominio público, por cada una de las intervenciones, conforme a los procedimientos y requisitos que se esta- blecen en esta Ordenanza. 1.2 La presentación de la programación anual de Obras en la vía pública no exime del trámite de autoriza- ción para cada una de las intervenciones. 1.3 La autorización de ejecución de Obras en la vía pública es un documento que otorga la autoridad Munici- pal a las personas naturales o jurídicas que lo solicitenpara intervenir en las áreas de dominio público de acuer- do a los tipos de Obras establecidos en esta Ordenan- za.1.4 A efectos de organizar, autorizar y fiscalizar la ejecución del Plan de Obras de servicios públicos o pri- vados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aé- reas, así como sus modificaciones, previo cumplimientode las normas sobre impacto ambiental establézcase el Registro Autorizado de Empresas Contratistas o Sub- contratistas, para Ejecutar Obras en Áreas de DominioPúblico en el Distrito de San Luis, o la Constancia de estar registrado en el CONSUCODE para el caso de las empresas o Entidades Públicas. 1.5 Ninguna Empresa privada o mixta podrá cons- truir, instalar, reparar, remover, reubicar o realizar cual- quier trabajo en áreas de Dominio Público en el Distritode San Luis, sin estar previamente inscrita en dicho Registro el mismo que contará con un Reglamento a ser aprobado por Decreto de Alcaldía. 1.6 En el Registro Autorizado de Empresas o Contra- tistas o Subcontratistas Autorizados para ejecutar Obras en Áreas de Dominio Público en el Distrito de San Luisconstará la siguiente información: a) El nombre de cada Empresa, sus representantes legales, domicilio y planilla de su planta profesional res- ponsable (en caso de ser concesionario, carta de pre- sentación a la Empresa concesionaria del servicio) b) Relación de Obras Ejecutadas o proyectadas eje- cutar anualmente. Artículo Segundo.- DE LOS REQUISITOS 2.1 Solicitud de Autorización. 2.2 Registro de Contratista (en la Municipalidad). 2.3 Recibo de Pago por derecho de Trámite y control. 2.4 Croquis o plano de ubicación de la obra a ejecu- tar. 2.5 Plano de planta indicando recorrido de detalle de zanja u otros. 2.6 Memoria Descriptiva y especificaciones técni- cas. 2.7 Metrado y presupuesto de la Obra.2.8 Cronograma de avance de la obra, con indica- ción de la fecha de inicio y de culminación de la misma 2.9 Plano de desviación de tránsito de peatones o de vehículos de descripción de señalización y seguridad de las vías a intervenir. Están exceptuadas las obras menores de vías loca- les de bajo tránsito que dejen operativa la mitad de la vía. 2.10 Declaración Jurada del representante legal de la empresa concesionaria del servicio aprobando el pro-yecto de obra y señalando la persona natural o jurídica responsable de la ejecución de la obra. 2.11 Boleta de habilitación profesional, solo en los casos que las obras a realizar no corresponde a empre- sas concesionarias de servicios públicos. Los documentos indicados serán presentados por duplicado y refrendados cada uno de ellos por ingeniero colegiado responsable de la ejecución de la obra. Artículo Tercero.- DE LAS PROHIBICIONES Para el Cableado Aéreo queda prohibida la instala- ción y/o tendido de redes de cableado aéreo contenien- do energía eléctrica y/o fluido contaminante que genere peligro para la comunidad en las zonas o áreas de usopúblico dentro de la jurisdicción del Distrito de San Luis, exceptuando en todas sus modalidades el Uso de Lí- neas de Fibra Óptica que no genera peligro alguno. 3.1 Cambio de redes subterráneas por área.- Que- da prohibida la sustitución de redes de distribución sub-terránea por redes de distribución aéreas en toda la jurisdicción del distrito de San Luis. 3.2 Elementos adosados a fachadas.- Queda pro- hibido la instalación de cualquier elemento de distribu- ción de energía eléctrica, de Telefonía o sanitaria adosa- do a la fachada de un inmueble o cruzando vías en áreasno permitidas, las cuales deberán ser canalizadas en forma subterránea a través de la vía y empotrados en los paramentos de los inmuebles o a través de interiorde los mismos. 3.3 Elementos de Telefonía y/o Seguridad.- Que- da prohibida la instalación de cualquier elemento de se-guridad eléctrica y/o sanitaria, que obstaculice la libre circulación peatonal o de vehículos, los cuales deberán ser canalizados en forma subterránea a través de la vía