Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2005 (05/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 5 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Disponen celebracion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2005-A/MDC Carabayllo, 20 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Informe Nº 021-SG.U.RR.CC/MDC-2005 de la Unidad de Registro Civil, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con personeria juridica y tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º de la Constitucion Politica, es deber del Estado y de todo Gobierno Local, el proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condicion de institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es politica de la actual gestion el realizar diversas acciones dirigidas a lograr el fortalecimiento de la institucion municipal en todo el ambito de su jurisdiccion y buscar el bienestar de la comunidad de Carabayllo, promoviendo para ello entre otros aspectos, el fortalecimiento de la familia y la sociedad a traves de la union legal de las parejas deseosas de contraer matrimonio y/o el permitir a aquellas otras parejas que asi lo deseen, la regularizacion de su estado civil, para lo cual esta Corporacion ha previsto llevar adelante el dia 25 de junio en la piscina Municipal "Ricardo Palma" la celebracion del "MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO" en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo; Estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y contando con la opinion favorable de la Gerencia Municipal y la Unidad de Registro Civil; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER, la celebracion del "MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO", en forma general para todo el distrito de Carabayllo, a realizarse el proximo 25 de junio del 2005. Articulo Segundo.- DISPONER, que para la realizacion de esta ceremonia, los contrayentes cumplan previamente con los siguientes requisitos: - MORDAZA certificada de la partida de nacimiento de cada uno de los contrayentes (actualizada). - Certificado de solteria de ambos, o MORDAZA certificada de defuncion del conyuge anterior o MORDAZA certificada de la sentencia de divorcio o de invalidacion del matrimonio anterior, o el certificado consular de solteria o viudez, en lo que fuere pertinente. - Certificado Medico de ambos. - Certificado Domiciliario de ambos. - Fotocopia del Documento de Identidad de ambos. - Fotocopia del Documento de Identidad de los testigos. - Pago unico de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) por pliego matrimonial y derecho de ceremonia. Articulo Tercero.- DISPENSAR, la Publicacion de Edictos, en base a la facultad que confiere el articulo 252º del Codigo Civil vigente, a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de los demas documentos exigidos por Ley y que se encuentren aptos para contraer matrimonio.

Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General, Direccion de Administracion, Unidad de Registro Civil y Unidad de Logistica, el cumplimiento del presente Decreto, y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10478

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Designan Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 067-2005-AL/MDPN Punta Negra, 28 de MORDAZA de 2005 VISTO: Informe Nº 003-2005-CE-MDPN, proveniente del Presidente del Comite Especial para el Concurso Publico de Meritos de Auxiliar Coactivo; CONSIDERANDO: Que, el Art. 7º numeral 7.1 de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva Nº 26979, establece que la designacion del Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo se efectuara mediante Concurso Publico de Merito y en su numeral 7.2 indica que el Ejecutor y Auxiliar Coactivos ingresan como funcionarios de la Entidad a la cual representan ejerciendo su cargo a tiempo completo y a dedicacion exclusiva; Que, la Municipalidad Distrital de Punta Negra, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 041-2005-AL-MDPN, de fecha 19/Abril/2005, se dispuso la conformacion del Comite Especial para el Concurso Publico de Meritos para la Seleccion de Auxiliar Coactivo y estando aprobada las Bases para el presente Concurso Publico de Meritos mediante Resolucion de Alcaldia Nº 044-2005-ALMDPN de fecha 03/May/2005; Que, habiendo cumplido el Comite Especial, segun Informe Nº 003-2005-CE-MDPN, el MORDAZA llevado a su cargo y culminado el dia 26/May/2005, habiendo dispuesto publicado en el Cuadro Orden de Merito, dando por Ganador al Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guevara; Estando la opinion favorable segun Informe Nº 0032005-CE-MDPN y de acuerdo a las facultades conferidas en el Art. 20º Inc. 6 y 28 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y las consideraciones MORDAZA expuestas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Punta Negra con nivel remunerativo STA. Articulo Segundo.- PRECISAR que el cargo de Auxiliar Coactivo sera cubierto bajo la modalidad de contratacion de Servicios Personales, de conformidad con la disponibilidad presupuestal, financiera y la necesidad institucional. Articulo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General efectue las coordinaciones correspondientes para su publicacion. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente resolucion a las Instituciones y Entidades Publicas y Privadas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LI MORDAZA Alcaldesa 10417

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