Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2005 (05/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, MORDAZA 5 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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empotrados en los paramentos de los inmuebles o a traves de interior de los mismos. 3.4 Ampliacion de redes aereas en areas urbanas consolidadas.- Queda prohibida la ampliacion de redes aereas que generan peligro de la salud del Vecindario en areas urbanas consolidadas, estas ampliaciones solo se permitiran en areas urbanas no consolidadas y con el caracter de provisionales. Articulo Cuarto.- DE LAS INFRACCIONES Las infracciones en que incurran las personas naturales o juridicas que ejecutan obras en areas de uso publico por incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones establecidas en la presente ordenanza. 4.1 Ejecutar obras en via publica sin contar con la Autorizacion Municipal respectiva. 4.2 No presentar en la obra la MORDAZA de la autorizacion municipal respectiva 4.3 Incumplir con las especificaciones tecnicas y el proyecto aprobado 4.4 Omitir la colocacion de senales o dispositivos de seguridad o por encontrarse deficiencias en los mismos. 4.5 Prolongar el plazo de ejecucion de la obra sin la respectiva autorizacion municipal. 4.6 Dejar desmonte y material de obra en la via publica 4.7 Carecer de pruebas de compactacion de terreno o de resistencia de los materiales empleados. 4.8 Reposicion deficiente de las pistas, veredas y otros 4.9 Incumplir con solicitar la Conformidad de Obra 4.10 Colocar cables y otros elementos antirreglamentarios adosados a fachadas o cruzar vias o el realizar cableados aereos en zonas no permitidas. Los retrasos en la ejecucion de las obras con infracciones graves, por las que se aplicara las multas o sanciones administrativas previstas en el Cuadro de Regimen de Aplicacion de Sanciones. Articulo Quinto.- DE LAS SANCIONES 5.1 Sanciones Solidarias.- La imposicion de la sancion pecuniaria por infracciones al incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones senaladas en la presente ordenanza se MORDAZA efectiva de manera solidaria entre la persona natural o juridica que ejecuta directamente la obra y la persona natural o juridica que encarga o contrata la ejecucion de la obra. 5.2 Incompatibilidad de Otras Normas.- Declarese que las normas que se opongan a la presente Ordenanza no tienen aplicacion en el Distrito de San MORDAZA sobre lo que ejerce jurisdiccion. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- Regularizacion de Obras en EjecucionToda persona natural o juridica que MORDAZA ejecutado obras en areas de dominio publico sin la debida autorizacion debera tramitar la misma en vias de regularizacion en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias contados a partir de la puesta en vigencia de esta norma. Segundo.- Incorporacion al MORDAZA y al CISA.-Incorporese los requisitos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), y las infracciones y sanciones de la presente Ordenanza en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) de la Municipalidad. Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion, division de Obras Publicas, Division de Comercializacion y Control en cuanto les corresponda. Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10482

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Rectifican errores materiales de plano a que se refiere la R.A. Nº 728-2003MDSMP que aprobo recepcion de obras , de programa de vivienda
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 319-2005-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 2 de junio de 2005 VISTO: El Expediente Nº 15652-2005, promovido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la ASOCIACION PRO VIVIENDA LOS LIBERTADORES con Personeria Juridica inscrita en la Partida Electronica Nº 01749129 del Registro de Personas Juridicas de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, mediante el cual solicita se subsanen los errores materiales de la Resolucion de Alcaldia Nº 728-2003-MDSMP del 3 de octubre del 2003, que aprueba el Plano Nº 0302002-MDSMP/DDU-DUC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 728-2003MDSMP del 3-10-2003 se aprueba la Recepcion de Obras del Programa de Vivienda "Asociacion Pro Vivienda Los Libertadores", desarrollado sobre el terreno de 539,682.00 m2, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, de propiedad de la Asociacion Pro Vivienda Los Libertadores, de acuerdo al Plano Nº 030-2002-MDSMP/ DDU-DUC; Que, mediante Oficio Nº 300-2004-MDSMP/GDU de fecha 15-7-2004, se remite a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA la Resolucion de Alcaldia Nº 728-2003MDSMP para su revision y conformidad de acuerdo al Articulo 3º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, modificada mediante Ley Nº 27135 y su Texto Unico Ordenado Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, por no haberse producido modificacion a los Planes Urbanos, el mismo que fue recepcionado por la Oficina de Tramite Documentario de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el 22 de MORDAZA del 2004 y codificado con el numero 52845-04; Que, mediante documento Nº 3013-05 del 12 de MORDAZA del 2005, el Director de la Oficina de Tramite Documentario de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA expide el Registro de Tramite del Codificado Nº 52845-04 referente a la Ratificacion de Resolucion emitida por Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, el cual de acuerdo a lo registrado por el Sistema de Tramite Documentario, se encuentra en la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; Que, el Articulo 3º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas senala que: "La Municipalidad Provincial en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias naturales contados desde la fecha de recepcion del expediente, verificara si la habilitacion MORDAZA cumple o no con los planes de desarrollo MORDAZA, y otorgara la conformidad o dispondra la rectificacion de las observaciones a que hubiere lugar, comunicandolo a la Municipalidad Distrital para sus efectos. Vencido el plazo MORDAZA senalado sin que la Municipalidad Provincial se hubiere pronunciado, se entendera que la habilitacion MORDAZA objeto de revision es conforme", por ello habiendo transcurrido un plazo mayor al senalado por la Ley y no existiendo pronunciamiento ni comunicacion alguna por parte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se entiende que la Recepcion de Obras es conforme; Que, la Esquela de Observacion de la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos senala que: "...en relacion al area registrada en el predial en la Partida P01309999, el Informe de Catastro deja MORDAZA que muchos de los lotes que se encuentran en la MORDAZA de colindancia no guardan relacion y/o la continuidad respectiva", por lo que resulta procedente aprobar un MORDAZA plano de lotizacion que contenga una correcta Georreferenciacion en referencia al Plano Base del Instituto Geografico Nacional IGN;

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