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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (08/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 294191 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de junio de 2005 cepcional valor como sitio de Patrimonio Mixto de la Humanidad; Que, el Comité de Patrimonio Mundial de la UNESCO en su 28º Sesión realizada en la ciudad de Suzhou, China,en el año 2004, recomendó al Estado Peruano otorgar lamás alta prioridad para culminar el proceso de actualiza-ción del Plan Maestro del Santuario Histórico deMachupicchu; Que, la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, establece en su artículo 8º, incisos b), c) y g)que el Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENAtiene entre otras funciones proponer la normatividad re-querida para la gestión y desarrollo de las Áreas NaturalesProtegidas y aprobar las normas administrativas necesa- rias para la gestión y desarrollo de éstas; Que, la citada Ley establece en su artículo 18º que las áreas naturales protegidas contarán con documentos deplanificación de carácter general y específicos por tipo derecurso y actividad aprobados por el INRENA con participa-ción de los sectores correspondientes, los que constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las áreas naturales protegidas; Que, la referida Ley establece en su artículo 20º que la autoridad nacional aprobará un plan maestro para cadaárea natural protegida, el cual constituye el documento deplanificación de más alto nivel de las mismas, en el que se define la zonificación, estrategias y políticas generales para la gestión del área; la organización, objetivos, planes es-pecíficos requeridos y programas de manejo; y, los marcosde cooperación, coordinación y participación relacionadosal área y su zona de amortiguamiento; Que, la Estrategia Nacional para las Áreas Naturales Protegidas - Plan Director, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, establece que los planes maes-tros serán elaborados por medio de un proceso participa-tivo y deben ser revisados cada cinco (5) años; Que, asimismo, el Reglamento de la Ley de Áreas Natu- rales Protegidas, en su artículo 37º, numeral 4), señala que el Plan Maestro es aprobado mediante Resolución Jefatural del INRENA, con una vigencia de cinco (5) años,a propuesta de la Dirección General de Áreas NaturalesProtegidas, actual Intendencia de Áreas Naturales Prote-gidas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 085-98- INRENA, publicada el 23 de octubre de 1998 se aprobó el Plan Maestro del Santuario Histórico de Machupicchu, comodocumento de planificación del más alto nivel para el áreanatural protegida, que orienta el desarrollo de cualquieractividad que se lleve a cabo al interior del citado santuariohistórico y su zona de amortiguamiento; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 322-2001- INRENA, de fecha 13 de diciembre de 2001, se precisó laZona de Amortiguamiento del Santuario Histórico de Machu-picchu; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 014-2004- INRENA-IANP, de fecha 16 de septiembre de 2004, se aprobaron los términos de referencia para la actualización del Plan Maestro del Santuario Histórico de Machupicchu; Que, el Jefe del Santuario Histórico de Machupicchu y los Equipos Técnicos del INRENA y del Instituto Nacionalde Cultura conformados para la actualización del plan maes-tro de dicha área natural protegida presentaron ante la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas y ante la Direc- ción Nacional del Instituto Nacional de Cultura la propuestapara la actualización de dicho plan, propuesta elaboradaconjuntamente por los referidos equipos sobre la base delos estudios técnicos realizados y el proceso participativocorrespondiente desarrollado conjuntamente entre el Insti- tuto Nacional de Cultura y el INRENA, el cual involucró a la población local, las instituciones públicas y privadas vincu-ladas a la conservación del área natural protegida y suzona de amortiguamiento; Que, mediante Oficios Nºs. 396, 397, 398, 399 y 400- 2005-INC/DN, todos de fecha 5 de abril de 2005, la Direc- ción Nacional del Instituto Nacional de Cultura conjunta- mente con la Jefatura del INRENA remitieron copia deldocumento de actualización del Plan Maestro del San-tuario Histórico de Machupicchu a los miembros del Conse-jo Directivo de la Unidad de Gestión del Santuario Históricode Machupicchu así como al señor Viceministro de Turismo y a los señores Ministros de Educación, Agricultura y Rela- ciones Exteriores; Que, en sesión del Comité Directivo de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machupicchu, desarrolla-da en fecha 12 de abril de 2005, en la Sala de Reunionesdel Gobierno Regional del Cusco, se presentó el documen- to de actualización del Plan Maestro del Santuario Histórico de Machupicchu ante la Presidencia del citado Comité;Que, mediante Informe Nº 264-2005-INRENA-IANP/ DPANP-DOANP, de fecha 31 de mayo de 2005, la Inten- dencia de Áreas Naturales Protegidas manifiesta su con- formidad con la citada propuesta, por lo que medianteOficio Nº 511-2005-INRENA-IANP, de fecha 31 de mayo de2005, remite a la Jefatura del INRENA la propuesta para laactualización del Plan Maestro del Santuario Histórico deMachupicchu, para su respectiva aprobación; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 738/ INC, de fecha 1 de junio de 2005 el Instituto Nacional deCultura aprobó el "Plan Maestro del Santuario Histórico deMachupicchu" como instrumento técnico-normativo para lagestión integral del mismo, que orientará el desarrollo de lasactividades que se ejecutan dentro del ámbito del Santuario Histórico de Machupicchu y su Zona de Amortiguamiento; Que, la mencionada Resolución Directoral Nacional precisa que se podrá incorporar aportes y propuestas técnicas quebeneficien la conservación y preservación del Santuario Histó-rico de Machupicchu, los mismos que serán canalizados através del Comité Directivo de la Unidad de Gestión de esta área natural protegida en un plazo de sesenta (60) días conta- dos a partir de la fecha de publicación de dicha resolución; De conformidad con lo establecido en el literal g) del artícu- lo 8º y artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, yel numeral 4) del artículo 37º de su reglamento; y, En uso de las facultades otorgadas mediante el artícu- lo 8º, inciso j) del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-AG yDecreto Supremo Nº 004-2005-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- De la aprobación del documento de actualización del Plan Maestro Aprobar el documento de actualización del Plan Maes- tro del Santuario Histórico de Machupicchu, como documen-to de planificación de más alto nivel del área natural pro- tegida, que orienta su gestión y determina su zona de amortiguamiento, el cual forma parte integrante de la pre-sente resolución y corre adjunta a ésta como anexo, y seencuentra a disposición del público en general en la Inten-dencia de Áreas Naturales Protegidas del INRENA y lapágina web institucional, "www.inrena.gob.pe". Artículo 2º.- De la incorporación de aportes al Plan Maestro El documento de actualización del Plan Maestro del Santuario Histórico de Machupicchu podrá ser enriquecidocon aportes técnicos que beneficien la conservación y pre- servación de dicha área natural protegida, los mismos que serán canalizados a través de la Unidad de Gestión delSantuario Histórico de Machupicchu en un plazo de sesen-ta (60) días contados a partir de la fecha de publicación dela presente Resolución Jefatural. Artículo 3º.- De la implementación de las estrategias del Plan Maestro Encargar a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas velar por la implementación de las estrategias establecidasen el documento de actualización del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONCIO ÁLVAREZ VÁSQUEZ JefeInstituto Nacional de Recursos Naturales 10603 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban Reglamento del ComitØ de Coordinación de la Administración Fi-nanciera del Sector Pœblico RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 007-2005-EF/11 Lima, 7 de junio del 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 8º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, yen concordancia con la Ley Nº 28254, se constituyó el