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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (08/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 294204 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de junio de 2005 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuarán con cargo a los recursos transferidos al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, en el marco del ProyectoPER/02/003 "Procuraduría Anticorrupción Ad Hoc", deacuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 259.55 Viáticos US$ 642.00 Tarifa por uso de Aeropuerto (TUA) US$ 28.24 Artículo 3º.- El mencionado funcionario dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuadoel viaje, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las actividades realiza- das y los resultados obtenidos durante su viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros,cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de laPresidencia de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 10668 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 147-2005-JUS Mediante Oficio Nº 236-2005-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas dela Resolución Suprema Nº 147-2005-JUS, publicada en laedición del 3 de junio de 2005. DICE: Artículo 1º.- Conceder DERECHO DE GRACIA por razo- nes humanitarias a JIMMY WILFREDO VIVANCO MARA-DIEGUE o JIMMY WILFREDO VIVANCO MARALLEGUE oJIMMY WILFREDO VIVANCO DARIEGUE, quien se encuen- tra interno en el Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Ordinario Lurigancho. DEBE DECIR: Artículo 1º.- Conceder INDULTO por razones humani- tarias a JIMMY WILFREDO VIVANCO MARADIEGUE o JI-MMY WILFREDO VIVANCO MARALLEGUE o JIMMY WIL-FREDO VIVANCO DARIEGUE, quien se encuentra internoen el Establecimiento Penitenciario de Régimen CerradoOrdinario Lurigancho. 10666 MIMDES Encargan funciones de Gerente de la Gerencia Local de Huancayo del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 393-2005-MIMDES Lima, 6 de junio de 2005 VISTO, el Informe Nº 723-2005-MIMDES/PRONAA/DE de fecha 6 de junio de 2005 de la Dirección Ejecutiva de laUnidad Ejecutora 005: PRONAA;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 170-2004-MI- MDES de fecha 19 de marzo de 2004, se designó al inge-niero CESAR COMUN TUPAC en el cargo de Gerente de la Gerencia Local de Huancayo del Programa Nacional deAsistencia Alimentaria - PRONAA; Que, es necesario dar por concluida la citada designa- ción así como encargar el puesto de Gerente de la Geren- cia Local de Huancayo, mientras se designe a su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444; en la Ley Nº 27594; en la Ley Nº 27793; y en el Reglamen-to de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del inge- niero CESAR COMUN TUPAC en el cargo de Gerente de la Gerencia Local de Huancayo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA. Artículo 2.- Encargar a la señora ROXANA MONTES ALIAGA, Asistente de Programas y Proyectos, Profesional C, de la Gerencia Local Huancayo, el puesto de Gerentede la Gerencia Local de Huancayo de la Unidad Ejecutora 005: PRONAA, mientras se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARIA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 10602 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales contra presuntos responsa- bles de irregularidades en agravio dela Sociedad de Beneficencia deChiclayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 394-2005-MIMDES Lima, 6 de junio de 2005 Vistos, el Informe Nº 007-2004-IE-OCI-SBCH - Infor- me Especial sobre el Examen "Pensionistas por orfan- dad de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo han sido detectados desarrollando actividades prohibidas porla Ley Nº 20530" Período octubre de 1994 a setiembredel 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 007-2004-IE-OCI-SBCH - Informe Especial sobre el Examen "Pensionistas por orfan-dad de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo han sidodetectados desarrollando actividades prohibidas por la LeyNº 20530" Período octubre de 1994 a setiembre del 2004, de la Oficina de Control Institucional de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo, se determina que pensionistaspor orfandad de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayoque vienen percibiendo pensiones en calidad de sobre-vivencia, han sido detectados en el ejercicio de algunaprofesión y/o actividades lucrativas prohibidas al amparo del inciso c) del Artículo 34º del Decreto Ley Nº 20530, efectuando cobros indebidos por un monto deS/. 133,980.26, además de presentar a la Oficina de Perso-nal de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo sus Decla-raciones Juradas de no percibir Renta alguna en los años1998 y 2004; Que, el citado Informe Especial determina presunta res- ponsabilidad penal de las personas comprendidas en elcitado Informe, por hacer una falsa declaración en relacióna hechos o circunstancias que les corresponde probar,violando la presunción de veracidad establecida por ley, enla presentación ante la Oficina de Personal de la Benefi- cencia de Chiclayo de declaraciones juradas de no percibir renta alguna en los años 1998 y 2004, lo que permitepresumir la comisión de delitos, tipificados en los artículos411º y 428º del Código Penal, así como por haber realiza-do cobros indebidos por la suma mencionada en el consi-derando precedente contraviniendo lo dispuesto en el inci- so c) del Art. 34º del Decreto Ley Nº 20530, asumiendo