Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2005 (22/06/2005)


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RESOLUCION SUPREMA Nº 320-2005-DE/SG MORDAZA, 20 de junio de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de junio de 2005

Que, debe cumplirse el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica"; Que, con Facsimil (DGS) Nº 289, de fecha 3 de junio del 2005, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA, de personal militar mexicano; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, del personal militar mexicano, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 1 de MORDAZA al 31 de diciembre del 2005, para realizar el "Curso Superior de Inteligencia" sobre la base de una beca otorgada por el Ejercito del Peru a la Secretaria de Defensa Nacional de Mexico. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros y Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 11367

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan excepcionalmente al PRONAA para que adquiera directamente papa a pequenos productores del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 067-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2005-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de junio de 2005, se declaro en Estado de Emergencia por desastres naturales, por el fenomeno de sequia, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, para la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion en el Sector Agricultura, como consecuencia de la ausencia de lluvias, las elevadas temperaturas en el dia, asi como las bajas temperaturas durante la noche, que entre otros han generado una disminucion

de un 37,54% de las areas cultivadas en relacion a la MORDAZA anterior, con un total de 16,725 familias damnificadas; disponiendose en el articulo 2º entre otros que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, ejecutara las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, con Nota Nº 031-2005-MIMDES/VMDS de fecha 26 de MORDAZA de 2005, el Viceministro de Desarrollo Social del MIMDES remite a la Titular del MIMDES, MORDAZA del Acta de Acuerdos de la Reunion suscrita entre las autoridades del Gobierno Regional de MORDAZA, el Ministro de Agricultura, el Presidente de la Comision Agraria del Congreso de la Republica, Dirigentes de los Productores Agrarios de MORDAZA y Funcionarios del Ministerio de Agricultura, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del Instituto Nacional de Defensa Civil; llevada a cabo el 24 de MORDAZA de 2005, en la sede central del Ministerio de Agricultura; Que, el Acta a que se refiere el considerando precedente consigna en el punto Nº 8, que con la declaratoria de emergencia y el Decreto Supremo respectivo que autorice la compra, el PRONAA adquirira, en un periodo de dos (2) meses, hasta 5,000 TM de papa MORDAZA fresca de primera calidad a un precio de S/. 0.35 el kilo, en tres (3) centros de acopio: Seccelambras, Manallasacc y MORDAZA Cangallo, que la distribucion se efectuara en el MORDAZA de la emergencia, en el departamento de MORDAZA, comprometiendose el MIMDES a contactar a los productores agrarios de papa de MORDAZA con las dirigentes de los comedores populares, de modo que esta red de comedores pueda adquirir papa fresca; Que, por medio de la Ley Nº 27060, se autorizo al PRONAA a adquirir directamente diversos productos alimenticios nacionales a los pequenos productores locales, entre los cuales se encuentra la papa, sin los requisitos establecidos por la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado hoy Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, para realizar sus actividades de apoyo y seguridad alimentaria, destinadas a dar atencion inmediata y directa a la poblacion en condiciones de pobreza o extrema pobreza de las diversas zonas del MORDAZA, de acuerdo al MORDAZA de Adquisicion regulado por el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-PROMUDEH, conducido por la Comision de Adquisicion de la Gerencia Local del PRONAA donde se realiza el mismo; Que, de acuerdo a lo regulado por el articulo 5º del Reglamento de la Ley Nº 27060, se efectuaran compras eventuales segun la informacion contenida en el Acta de Acuerdos suscrita el 24 de MORDAZA de 2005, a que se refiere el MORDAZA considerando del presente Decreto Supremo, y los requerimientos derivados de situaciones de emergencia; Que, el PRONAA tiene como finalidad contribuir a elevar el nivel alimentario y nutricional de la poblacion en extrema pobreza y grupos vulnerables a traves de acciones de apoyo y seguridad alimentaria, con el proposito de coadyuvar al logro de la seguridad alimentaria integral en el MORDAZA, asi como a damnificados por situaciones de emergencia temporal; Que, estando a lo dispuesto en el literal e) del articulo 81º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES, el PRONAA tiene entre otras funciones, el promover y coordinar con los distintos sectores, acciones que integren componentes de alimentacion, nutricion, salud, educacion y saneamiento basico en la ejecucion de los programas y proyectos en beneficio de la poblacion objetivo del Sector; Que, mediante Informe Nº 754-2005-MIMDESPRONAA/DE de fecha 20 de junio de 2005, la Directora Ejecutiva del PRONAA, Unidad Ejecutora: 005 del Pliego 039: MIMDES, propone la expedicion del presente dispositivo para la atencion de 16,725 familias damnificadas del departamento de Ayacucho;

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