Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2005 (22/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 22 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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ca, con el fin de verificar las denuncias presentadas por supuestos hechos irregulares cometidos por ex funcionarios; Que, de la revision efectuada a la documentacion que sustenta la recepcion y tramite por parte de la Oficina Regional de Control Iquitos, de los proyectos de Informes de Auditoria elaborados por una Sociedad de Auditoria como resultado de una accion de control practicada a la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas, se ha determinado que en el documento de evaluacion de la citada sede regional, se omitio pronunciarse sobre los Informes Especiales Legales, habiendose presuntamente falsificado la firma del ex Jefe de la Oficina Regional de Control Iquitos, con la cual se aprobaba el archivo del expediente respectivo, procurando con ello que los citados Informes Especiales no fueran emitidos, a pesar de las recomendaciones y encargos que disponian su reformulacion y seguimiento; hechos que constituyen indicios razonables de la comision de los Delitos de Omision de Funciones, de Encubrimiento Real y de Falsificacion de Documentos, previstos y penados en los articulos 377º, 405º y 427º, respectivamente, del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 11257

Control y de la Contraloria General de la Republica, la separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional, se efectua por este Organismo Superior de Control de acuerdo a los requisitos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 1142003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG, establece en el numeral 2.1 de su Primera Disposicion Transitoria, que la separacion definitiva del Jefe del Organo de Control Institucional se efectua por la Contraloria General de la Republica, mediante Resolucion de Contraloria publicada en el Diario Oficial El Peruano, previendose en el literal c) de dicho numeral que los casos de renuncia del Jefe del Organo de Control Institucional seran informados por la entidad a la Contraloria General de la Republica, acompanandose MORDAZA autenticada de la respectiva carta de renuncia y su aceptacion por la entidad, para la formalizacion de la separacion definitiva; Que, mediante Oficio Nº 037-2005-SBPT/P, la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA informo a este Organismo Superior de Control la renuncia del CPC MORDAZA Colunche Munoz al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la referida entidad, remitiendo MORDAZA autenticada de la respectiva carta de renuncia con el Oficio Nº 053-2005-SBPT/P. Asimismo, mediante Resolucion de Presidencia de Directorio Nº 023-2005-SBPT/P se le acepta la renuncia; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el numeral 2.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 1142003-CG, modificado por Resolucion de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Formalizar la separacion definitiva por renuncia, del CPC MORDAZA Colunche Munoz, al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Sociedad de Beneficencia Publica de Trujillo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 11258

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Designan representante titular del RENIEC ante los Comites de Coordinacion Electoral constituidos para procesos de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y Elecciones Municipales Complementarias
RESOLUCION JEFATURAL Nº 701-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 21 de junio de 2005

Formalizan separacion por renuncia de Jefe del Organo de Control Institucional de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 293-2005-CG MORDAZA, 20 de junio de 2005 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 042-2005-CG/ OCI, emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloria General de la Republica. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de

VISTA: La Resolucion Jefatural Nº 697-2005-JEF/RENIEC, emitida el 17 de junio de 2005. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de organizar y actualizar el Registro Unico de

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