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PÆg. 295235 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de junio de 2005 ca, con el fin de verificar las denuncias presentadas por supuestos hechos irregulares cometidos por exfuncionarios; Que, de la revisión efectuada a la documentación que sustenta la recepción y trámite por parte de laOficina Regional de Control Iquitos, de los proyectos de Informes de Auditoría elaborados por una Socie- dad de Auditoría como resultado de una acción decontrol practicada a la Municipalidad Provincial de AltoAmazonas, se ha determinado que en el documentode evaluación de la citada sede regional, se omitiópronunciarse sobre los Informes Especiales Legales, habiéndose presuntamente falsificado la firma del ex Jefe de la Oficina Regional de Control Iquitos, con lacual se aprobaba el archivo del expediente respecti-vo, procurando con ello que los citados Informes Es-peciales no fueran emitidos, a pesar de las recomenda-ciones y encargos que disponían su reformulación y seguimiento; hechos que constituyen indicios razona- bles de la comisión de los Delitos de Omisión de Fun-ciones, de Encubrimiento Real y de Falsificación deDocumentos, previstos y penados en los artículos377º, 405º y 427º, respectivamente, del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacio- nal de Control y de la Contraloría General de la Repú-blica, constituye atribución de este Organismo Supe-rior de Control, disponer el inicio de las acciones lega-les pertinentes en forma inmediata, por parte del Pro-curador Público, en los casos en que la ejecución di- recta de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspon-diendo autorizar al Procurador Público a cargo de losasuntos judiciales de la Contraloría General de la Re-pública, el inicio de las acciones legales respectivascontra los responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica delSistema Nacional de Control y de la Contraloría Gene-ral de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y susmodificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo-ría General de la República, para que en nombre y en representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos res-ponsables comprendidos en el Informe de Visto, remi-tiéndose para el efecto los antecedentes correspon-dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 11257 Formalizan separación por renuncia de Jefe del Órgano de Control Institucio-nal de la Sociedad de Beneficencia Pœblica de Trujillo RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 293-2005-CG Lima, 20 de junio de 2005 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 042-2005-CG/ OCI, emitida por la Gerencia de Órganos de ControlInstitucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo previsto en el artículo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, la separación definitiva de los Jefes de los Órganos deControl Institucional, se efectúa por este OrganismoSuperior de Control de acuerdo a los requisitos,procedimientos, incompatibilidades y excepciones queestablezca para tal efecto; Que, el Reglamento de los Órganos de Control Institu- cional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de ContraloríaNºs. 014 y 047-2004-CG, establece en el numeral 2.1 desu Primera Disposición Transitoria, que la separacióndefinitiva del Jefe del Órgano de Control Institucional se efectúa por la Contraloría General de la República, me- diante Resolución de Contraloría publicada en el DiarioOficial El Peruano, previéndose en el literal c) de dichonumeral que los casos de renuncia del Jefe del Órganode Control Institucional serán informados por la entidada la Contraloría General de la República, acompañándose copia autenticada de la respectiva carta de renuncia y su aceptación por la entidad, para la formalización de laseparación definitiva; Que, mediante Oficio Nº 037-2005-SBPT/P, la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo informó aeste Organismo Superior de Control la renuncia del CPC César Colunche Muñoz al cargo de Jefe del Órga- no de Control Institucional de la referida entidad, remi-tiendo copia autenticada de la respectiva carta de re-nuncia con el Oficio Nº 053-2005-SBPT/P. Asimismo,mediante Resolución de Presidencia de DirectorioNº 023-2005-SBPT/P se le acepta la renuncia; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, yel numeral 2.1 de la Primera Disposición Transitoriadel Reglamento de los Órganos de Control Institucio-nal, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114- 2003-CG, modificado por Resolución de Contraloría Nºs. 014 y 047-2004-CG. SE RESUELVE:Artículo Único.- Formalizar la separación definitiva por renuncia, del CPC César Colunche Muñoz, al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Socie-dad de Beneficencia Pública de Trujillo. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 11258 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Designan representante titular del RENIEC ante los ComitØs de Coordina-ción Electoral constituidos para pro- cesos de Consulta Popular de Revoca- toria del Mandato de AutoridadesMunicipales y Elecciones MunicipalesComplementarias RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 701-2005-JEF/RENIEC Lima, 21 de junio de 2005 VISTA: La Resolución Jefatural Nº 697-2005-JEF/RE- NIEC, emitida el 17 de junio de 2005. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo en-cargado de organizar y actualizar el Registro Único de