Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2005 (22/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 22 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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d) Fomentar la optimizacion de recursos economicos y materiales de la comunidad para desarrollar programas y actividades de Educacion Comunitaria. e) Respaldar iniciativas de las organizaciones que brindan Educacion Comunitaria ante organizaciones publicas o privadas, nacionales o internacionales. f) Reconocer las experiencias exitosas de educacion comunitaria, que responden a los principios y fines de la Ley General de Educacion. g) Apoyar la difusion, en la colectividad, de las actividades realizadas por las organizaciones que brindan Educacion Comunitaria. h) Propiciar la realizacion de estudios e investigaciones que aporten a la Educacion Comunitaria y al fortalecimiento de una sociedad educadora. i) Propiciar la capacitacion de promotores educativos comunitarios. j) Fomentar procesos de autoevaluacion y vigilancia social de la calidad de los servicios de Educacion Comunitaria y de las competencias adquiridas por las personas y grupos sociales. Articulo 11º.- Base de datos El Ministerio de Educacion, en coordinacion con las instancias regionales y locales, elabora y actualiza periodicamente una base de datos de las organizaciones que brindan Educacion Comunitaria, con la finalidad de disenar politicas de promocion y reconocimiento. El ingreso a la base de datos es voluntario. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA DISPOSICION TRANSITORIA.- El Ministerio de Educacion establecera el organo nacional que se encargara de organizar y coordinar las acciones orientadas al mejor cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento y expedir las normas complementarias vinculadas a la promocion y desarrollo de la Educacion Comunitaria. MORDAZA DISPOSICION TRANSITORIA.- El Ministerio de Educacion queda autorizado a dictar normas especificas para la aplicacion de este Reglamento. Mientras no se MORDAZA establecido el organo la instancia nacional al que se refiere la Disposicion Transitoria que antecede, realizara dichas funciones la Direccion Nacional de Educacion de Adultos - DINEA. TERCERA DISPOSICION TRANSITORIA.- Las convalidaciones a las que se refiere el articulo 6º del presente Reglamento, se regiran por normas especificas del Ministerio de Educacion, mientras se establecen lineamientos respectivos que dicte el Sistema de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa. 11361

CND-P-2003, modificado por la Resolucion Presidencial Nº 025-CND-P-2003, del Consejo Nacional de Descentralizacion, senala los representantes que conforman la Comision Regional de Concurso, y dentro de sus integrantes figura un representante del Gobierno Nacional; por lo que, resulta procedente designar al funcionario que representara al Sector Educacion; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27867 y los Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA Mello Ferreyra, Jefe de la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional, como representante del Ministerio de Educacion para integrar la Comision Regional encargada de realizar el Concurso Publico para la Seleccion del Director Regional de Educacion de Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 11332

JUSTICIA
Conceden indulto por razones humanitarias a internos de diversos establecimientos penitenciarios
RESOLUCION SUPREMA Nº 158-2005-JUS MORDAZA, 21 de junio de 2005 Vista la recomendacion favorable de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por razones humanitarias; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZADO o MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario Regimen Cerrado Ordinario Lurigancho; Que, de acuerdo al Acta de Junta Medica Penitenciaria Nº 181-05-INPE/EPRCOL de fecha 6 de MORDAZA del presente ano e Informe Medico de fecha 27 de MORDAZA del presente ano, emitidos por el Establecimiento Penitenciario Regimen Cerrado Ordinario Lurigancho, el mencionado interno ha sido diagnosticado con una enfermedad en fase terminal; Que, estando a que la Constitucion Politica de 1993 en su articulo 139º inciso 22) establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad terminal, la continuidad de la ejecucion de la pena y prision pierde todo sentido juridico y moral; Que, el caso del referido interno, por la avanzada patologia que le afecta, se adecua a los requisitos establecidos para la concesion de una MORDAZA Presidencial Humanitaria, por encontrarse debidamente acreditada en los documentos MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos;

Designan representante ante la Comision Regional encargada del Concurso Publico para la Seleccion del Director Regional de Educacion de Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0385-2005-ED MORDAZA, 17 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 307-2005-GGR-PR/ GOB.REG.TACNA y Oficio Nº 352-2005-P.R/G.R-TACNA, el Presidente del Gobierno Regional de Tacna, solicita la designacion de un representante del Ministerio de Educacion para integrar la Comision de Concurso Publico a fin de proveer el cargo de Director Regional de Educacion de Tacna; Que, el numeral 5.3.2 de la Directiva Nº 001-CND-P2003, aprobado por la Resolucion Presidencial Nº 012-

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