Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (22/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 295222 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de junio de 2005 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a OSCAR AURELIO RODRIGUEZVELARDE o LUIS ALBERTO VELARDE ZADO oOSCAR BELEN SANCHEZ o OSCAR VELARDE SANCHEZo OSCAR RODRIGUEZ VELARDE, quien se encuentrainterno en el Establecimiento Penitenciario Régimen Ce- rrado Ordinario Lurigancho. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 11368 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 159-2005-JUS Lima, 21 de junio de 2005Vista la recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitu- ción Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la socie- dad y del Estado; Que, ENRIQUE ALFONSO TUESTA PALACIOS, se encuentra interno en el Establecimiento PenitenciarioRégimen Cerrado Ordinario Lurigancho; Que, de acuerdo al Acta de Junta Médica Penitencia- ria Nº 180-05-INPE/EPRCOL de fecha 6 de mayo del presente año e Informe Médico de fecha 5 de mayo delpresente año, emitidos por el Establecimiento Peniten-ciario Régimen Cerrado Ordinario Lurigancho, el men-cionado interno ha sido diagnosticado con una enferme-dad en fase terminal; Que, estando a que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º inciso 22) establece que el régimenpenitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilita-ción y reincorporación del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad terminal, la continuidad de la ejecución de la pena y prisión pierde todo sentido jurídico y moral; Que, el caso del referido interno, por la avanzada patología que le afecta, se adecua a los requisitos esta-blecidos para la concesión de una Gracia PresidencialHumanitaria, por encontrarse debidamente acreditada en los documentos antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitu-ción Política del Perú; corresponde al Presidente de laRepública dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a ENRIQUE ALFONSO TUESTAPALACIOS, quien se encuentra interno en el EstablecimientoPenitenciario Régimen Cerrado Ordinario Lurigancho. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 11369RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 160-2005-JUS Lima, 21 de junio de 2005 Vista la recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias;y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitu- ción Política del Perú, la defensa de la persona humana yel respeto de su dignidad son el fin supremo de la socie-dad y del Estado; Que, JOSE JHONNY JESUS ALVAREZ, se encuen- tra interno en el Establecimiento Penitenciario RégimenCerrado Ordinario Lurigancho; Que, de acuerdo al Acta de Junta Médica Penitencia- ria Nº 183-05-INPE/EPRCOL de fecha 27 de mayo delpresente año e Informe Médico de fecha 30 de mayo del presente año, emitidos por el Establecimiento Peniten- ciario Régimen Cerrado Ordinario Lurigancho, el men-cionado interno ha sido diagnosticado con una enferme-dad en fase terminal; Que, estando a que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º inciso 22) establece que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilita- ción y reincorporación del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad terminal, lacontinuidad de la ejecución de la pena y prisión pierdetodo sentido jurídico y moral; Que, el caso del referido interno, por la avanzada patología que le afecta, se adecua a los requisitos esta-blecidos para la concesión de una Gracia PresidencialHumanitaria, por encontrarse debidamente acreditadaen los documentos antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitu- ción Política del Perú; corresponde al Presidente de laRepública dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a JOSE JHONNY JESUS ALVAREZ,quien se encuentra interno en el Establecimiento Peni-tenciario Régimen Cerrado Ordinario Lurigancho. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 11370 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 161-2005-JUS Lima, 21 de junio de 2005 Vista la opinión favorable de la Comisión Permanente de Calificación de Indultos; CONSIDERANDO:Que, la conmemoración de la fiesta del Día del Padre, es propicia la ocasión para conceder indulto a sentencia- dos que por su buen comportamiento en los Estableci-mientos Penales de la República, han demostrado serpersonas aptas para reintegrarse a la sociedad; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú, es