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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (29/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de junio de 2005 Certificación ISO y otras campañas no han permitido difundir la Amnistía Tributaria; Que, el Artículo 9º de la Ordenanza Municipal Nº 029- 2004-MDCLR, otorga facultades al Despacho de Alcal-día a Decretar la Ampliación mediante Decreto de Alcal- día, por lo que el Gerente de Administración Tributaria solicita se emita el respectivo Decreto ampliando, porúltima vez, la Amnistía Tributaria, hasta el 30/6/2005; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas a la Alcaldía por la Ley Nº 27972 Orgánica deMunicipalidades SE DECRETA:Artículo Primero.- Ampliar la Vigencia, por última vez, de la Amnistía Tributaria hasta el 30/6/2005, vencido esteplazo, la Administración procederá a cobrar el íntegro de la deuda tributaria y no tributaria reajustada a la fecha de pago, además de las sanciones que se deriven por elincumplimiento de la obligación formal del contribuyente, en el caso de obligaciones tributarias. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Adminis- tración Tributaria, Subgerencia de Informática y Subgerencia de Ejecutoria Coactiva el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Ima- gen Institucional y Subgerencia de Logística la difusión de la Ampliación de la Amnistía Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 11558 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G72 /G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G2D/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 013-2005-MDLP La Perla, 22 de junio del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA POR CUANTO:Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de junio del 2005, el Expediente S Nº 1226-05 emitido por elSindicato de Trabajadores de la Municipalidad Distrital de La Perla (SITRAMUN), MEMORÁNDUM Nº 651-2005-GM/ MDLP emitido por la Gerencia Municipal, MEMORÁNDUMNº 280-2005/GA-MDLP emitido por la Gerencia de Admi- nistración, MEMORÁNDUM Nº 0799-2005/GM/MDLP, IN- FORME Nº 391-2005/SGP-MDLP emitido por la Subge-rencia de Personal, MEMORANDO Nº 1225-2005-GM/ MDLP, MEMORÁNDUM Nº 281-2005-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, MEMORÁNDUMNº 472-2005-GA-MDLP, MEMORÁNDUM Nº 111-2005- GPYP-MDLP emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, INFORME Nº 007-SGPR-GPYP-MDLP emi-tido por la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, INFORME Nº 148-2005-GAJ/MDLP, INFORME Nº 114- 2005-GM/MDLP y el Dictamen de la Comisión de Adminis-tración, Economía y Presupuesto, sobre la aprobación del Proyecto de Ordenanza que establece Normas Comple- mentarias del Régimen Laboral de los Trabajadores de laMunicipalidad Distrital de la Perla; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Esta- do Peruano modificado por la Ley Nº 27680, en concor-dancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política de la que gozan las municipalidades, el mismo precepto consti-tucional ha otorgado expresamente al Concejo Municipal, la función normativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su función normati- va, entre otros mecanismos, a través de las OrdenanzasMunicipales, las cuales, de conformidad con lo previsto por el Artículo 200º, inciso 4) de la Constitución Política, tienen rango de Ley, al igual que las Leyes Propiamente Dichas,los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia y las Normas Regionales de Carácter General; Que, el Art. 10º párrafo 4to de la Ley Nº 28427 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, ratifi- ca la autonomía económica y administrativa de los Gobiernos Locales, recoge el Principio de Cobertura Remunerativa, concargo a los Ingresos Propios de cada Municipalidad; precep- tuando la obligación del Concejo Municipal en cada Municipali- dad de Velar, Bajo Sanción de Nulidad, porque se cuente con elcorrespondiente financiamiento previsto; Que, dentro del concepto de una Administración Mu- nicipal Moderna y eficiente, es necesario adoptar lasmedidas que conduzcan a alcanzar que la actividad del Gobierno Municipal se cumpla de manera óptima, a fin de contribuir a lograr la Estabilidad Económica y el Equi-librio Financiero de la Corporación; Que, resulta conveniente establecer Normas Com- plementarias al Régimen Laboral de los Trabajadores dela Municipalidad Distrital de La Perla; Estando al voto aprobatorio de los señores Regido- res, con la dispensa de la Lectura y Aprobación del Acta,el Concejo Municipal en el ejercicio de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y de la Ley Nº 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”; Aprobó por unanimidad; Artículo Primero.- Aprobar el REGLAMENTO PARA ESTABLECER NORMAS COMPLEMENTARIAS DEL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA. REGLAMENTO PARA ESTABLECER NORMAS COMPLEMENTARIAS DEL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Artículo 1º.- Del Registro de las Organizaciones Sindicales de los Trabajadores de la Municipalidad Distrital De La Perla y de los Incrementos Remune-rativos por Negociación Bilateral La negociación bilateral para la determinación de los reajustes de remuneraciones, bonificaciones, aguinal-dos, refrigerio y movilidad de los trabajadores de la Mu- nicipalidad Distrital de la Perla, se fijan por el procedi- miento de negociación bilateral establecido medianteDecretos Supremos Nºs. 070-85-PCM, 003-82-PCM y 026-82-JUS, con las siguientes adecuaciones: a) Las organizaciones sindicales de los trabajado- res de la Municipalidad Distrital de La Perla se inscribi- rán, para constituirse y subsistir, en el registro que abri-rá la Oficina de Personal de la Corporación, otorgando dicha inscripción personería gremial para los efectos previstos en la presente Ordenanza. b) Cualquier modificación en los Estatutos y en la Junta Directiva, será comunicada a la Oficina de Perso- nal, dentro del término de 72 horas, acompañándose ladocumentación sustentatoria respectiva, para efectos del registro correspondiente. c) La Oficina de Personal asumirá todas las atribu- ciones y funciones que en los Decretos Supremos Nºs. 070-85-PCM, 003-82-PCM y 026-82-JUS, y demás nor- mas pertinentes, correspondían al desactivado InstitutoNacional de Administración Pública. d) La propuesta de la Comisión Paritaria a que se refiere el Artículo 25º del Decreto Supremo Nº 003-82-PCM, será remitida a una Comisión Técnica Ad Hoc a los efectos que, en el plazo de treinta días, se pronuncie sobre su factibilidad legal, económica, técnica y presu-puestal, así como formule las recomendaciones y suge- rencias que estime pertinentes. La referida Comisión Técnica Ad Hoc asumirá todas las atribuciones y funciones que en los Decretos Supre-mos Nºs. 070-85-PCM, 003-82-PCM y 026-82-JUS, y demás normas pertinentes, correspondientes a la Co- misión Técnica a que se refiere el Artículo 26º del Decre-to Supremo Nº 003-82-PCM.