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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de junio de 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº Lima, CONSIDERANDO:Que, el inciso 8 del artículo 147º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Tele-comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, modificado por el Decreto Supre- mo Nº 040-2004-MTC, dispone que para los casos enque la concesión para servicios finales involucre la provincia de Lima y/o la Provincia Constitucional del Callao, los solicitantes deberán contemplar adicional-mente en su proyecto técnico, la atención, como míni- mo, de una localidad fuera del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, asegurando laprestación del servicio en dicha localidad por el perio- do que dure la concesión; Que, el referido artículo dispone que dichas localida- des serán seleccionadas por el Ministerio mediante Re- solución Ministerial de acuerdo a los criterios que esta-blezca; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para seleccionar las localidades fuera del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao que de- berán ser consideradas dentro del proyecto técnico desolicitud de una concesión de telefonía fija, ha tomado en cuenta la demanda existente del servicio telefónico fijo local, expresada ésta en el nivel de teledensidad pordepartamento y por provincia a marzo del 2005,. En base al nivel de teledensidad se ha seleccionado los departa- mentos entre los cuales los solicitantes deberán elegirlas localidades para cumplir con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791 y los Decretos Supremos Nº 013-93-TCC y 027-2004-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº Nº 040-2004- MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- La localidad a que hace referencia el inciso 8 del artículo 147º del Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, deberá entenderse como una provincia. Artículo 2º.- Aprobar el listado de localidades que los solicitantes, además de la provincia de Lima y/o la Provincia Constitucional del Callao, deberán contemplaren su proyecto técnico para la concesión del servicio telefónico fijo, de acuerdo al anexo que forma parte inte- grante de la presente resolución. Artículo 3º.- El procedimiento de selección de las provincias para dar cumplimiento a lo dispuesto en elinciso 8 del artículo 147º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones es el siguiente: - El solicitante elegirá una provincia como mínimo de los departamentos seleccionados conforme al artículo 2º de la presente resolución. - No podrá elegirse la provincia del departamento que ha sido solicitada por otro solicitante de unaconcesión de telefonía fija y/o otorgada en conce- sión. - Si una misma provincia es elegida por varios soli- citantes, se dará preferencia a la primera solicitud de concesión. - La fecha de presentación de las solicitudes de con- cesión dará preferencia para la elección de la pro-vincia. Artículo 4º.- La Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones publicará la relación de localidadesque han sido solicitadas y/o otorgadas en concesión para prestar el servicio telefónico fijo. Artículo 5º.- La obligación contemplada en el inciso 8 del artículo 147º del Texto Único Ordenado del Regla- mento General de la Ley de Telecomunicaciones res-pecto a los concesionarios de los servicios públicos móviles se regirá de acuerdo a las bases del concurso que para tal efecto se aprueben. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y ComunicacionesTRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO DE NORMA QUE ESTABLECE LOS CRITERIOS PARA SELECCIONAR LAS LOCALIDADES QUE DEBEN SER CONSIDERADAS EN EL PLAN MÍNIMO DE EXPANSIÓN DE LOS CONCESIONARIOS DE SERVICIOS FINALES DE TELECOMUNICACIONES El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideración del público en general el contenido delpresente proyecto de norma a fin que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Secretaría deComunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Av. 28 de Julio Nº 800-Lima, vía fax al 332-4084 o víacorreo electrónico a mastolfi@mtc.gob.pe, dentro del plazo de cinco (5) días calendario, de acuerdo alformato siguiente. Formato para la presentación de comentarios al Proyecto de Ley Artículo del Proyecto Comentarios 1º 2º Comentarios Generales/G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F