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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (29/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 74

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de junio de 2005 Decreto de Alcaldía y a Secretaría General del Concejo la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 11641 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G2D /G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 145-MDS Surquillo, 24 de junio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Extraor- dinaria de la fecha, de conformidad con Dictamen Nº 005- 05-CAPP-SR-MDS de la Comisión de Administración Pla- neamiento y Presupuesto de fecha 22 de junio del 2005 yen uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto UNANIME del número de miem-bros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO PARA EL AÑO FISCAL 2006 Artículo 1º.- Definición.- El Presupuesto Participa- tivo es un espacio de concertación por el cual las auto- ridades de la Municipalidad Distrital de Surquillo y las organizaciones del distrito debidamente representadas,definen en conjunto desde su propio ámbito como y ha- cia que se van a orientar los recursos de lo que se dispone en especial aquellos destinados a gastos deinversión, tomando en cuenta su Plan Integral de Desa- rrollo Concertado; su Plan Estratégico Institucional, así como la priorización de los proyectos que apunten a unamayor rentabilidad social; debiendo reflejar además de manera correcta y efectiva los compromisos y aportes de la población y de los diferentes organismos públicosy privados presentes en el proceso. Artículo 2º.- Base Legal del Proceso Participati- vo.- La presente Ordenanza regula el proceso del pla- neamiento del desarrollo concertado y presupuesto par- ticipativo de la Municipalidad de Surquillo para el ejerci-cio fiscal 2006, complementando las disposiciones con- tenidas en la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056 (en adelante “la Ley”), su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF (en ade- lante “el Reglamento”), en la Ley Orgánica de Municipa- lidades, Ley Nº 27972 en la Resolución Directoral Nº006-2005-EF/76.01 se aprueba el Instructivo para el pro- ceso del Presupuesto Participativo del año fiscal 2006, y en las demás normas legales pertinentes. Artículo 3º.- Identificación y Registro de Agentes Participantes.- Para los fines de la presente Ordenan- za, la Municipalidad de Surquillo, a través del Programa de Participación Vecinal, abre el registro para la partici- pación ciudadana en el proceso participativo a: organi-zaciones privadas tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones o gremios empresariales, fundaciones, sociedades mercantiles, organizacionesreligiosas, organizaciones o juntas vecinales, clubes de madres, comedores populares, organizaciones de mu- jeres, organizaciones de jóvenes, organizaciones de-portivas, asociaciones de vivienda, juntas de propieta- rios y en general cualquier otra organización vecinal o institucional de nivel Distrital que actúan con carácterpermanente en el distrito. La inscripción de las organiza-ciones es efectuada por el titular o representante legal de la misma, debidamente inscrita en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipali- dad de Surquillo, quien acredita a dos representantespara su participación en el proceso. Se inscriben también en este Registro, los represen- tantes de las instituciones públicas que actúan o tienensedes institucionales en la jurisdicción del distrito. Su inscripción es efectuada por el representante legal de la respectiva institución quien acredita hasta dos repre-sentantes para su participación en el proceso. El propósito de esta etapa del proceso es asegurar la mayor participación y representatividad de las organiza-ciones del distrito. Artículo 4º.- Plazo de inscripción de los Agentes Participantes.- El plazo de inscripción de los Agentes Par- ticipantes en el Registro indicado en el artículo 3º de la pre- sente Ordenanza vence indefectiblemente el 7 de julio de2005. Artículo 5º.- Atribuciones de los Agentes Partici- pantes.- Los agentes participantes considerados en la Ordenanza tienen derecho a voz y voto en las discusio- nes y toma de decisiones en el proceso del presupuestoparticipativo y conforme a los mecanismos que determi- ne el equipo técnico. Artículo 6º.- Libro de Registro e Inscripción de los Agentes Participantes.- La Municipalidad de Sur- quillo a través del Programa de Participación Vecinal abriráy administrará el Libro de Registro de Agentes Partici- pantes descrito en el artículo 3º de la presente Ordenan- za. Dicho libro estará abierto durante todo el período dela convocatoria pública según Ordenanza, debiendo ce- rrarse al vencimiento de éste. Luego de consignarse el nombre de la Organización, fecha de inscripción y número de afiliados, son requisi- tos para inscribirse los siguientes: - Solicitud dirigida al Alcalde y presentada en el Pro- grama de Participación Vecinal. - Copia simple de la Resolución de Alcaldía de estar reconocidos como Organización Social (RUOS) y/o nú- mero y fecha de inscripción en Registros Públicos de Lima. - Fotocopia simple del Documento Nacional de Iden- tidad del representante legal. - No representar en otras instancias de Gobierno. Solo participaran las Organizaciones debidamente inscritas. Artículo 7º.- Equipo Técnico.- El presente proceso participativo 2006 contará con el apoyo de los siguientesfuncionarios en su condición de miembros del Equipo Técnico: - El Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien la presidirá. - El Gerente de Obras y Desarrollo Urbano- El Gerente de Protección del Medio Ambiente - El Gerente de Desarrollo Social - El Gerente de Juventudes y Desarrollo Humano- El Gerente de Estadística e Informática. - El Gerente de Seguridad Ciudadana - El Gerente de Rentas- El Gerente de Desarrollo Económico - El Subgerente del Programa de Participación Vecinal - El Subgerente de Comunicación e Imagen Institu- cional - Hasta cuatro (4) profesionales de la Sociedad Civil con experiencia en temas de Planeamiento y Presu-puesto previa presentación de Currículum Vitae docu- mentado, previamente evaluado por el equipo técnico y en la condición de Ad Honorem. Los funcionarios de las demás gerencias deberán participar en las reuniones del equipo técnico a las quesean invitados. Artículo 8º.- Funciones del Equipo Técnico.- El Equipo Técnico tiene a su cargo la preparación y sumi- nistro de información, la evaluación técnica, la asesoría y el apoyo permanente al proceso de planeamiento.