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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de junio de 2005 La Comisión Técnica Ad Hoc estará integrada por cinco miembros con rango de Funcionarios, designados por el Alcalde Distrital de La Perla, de acuerdo con las funciones que desempeñan. Artículo 2º.- Facultar al Alcalde Aprobar y Re- ajustar Remuneraciones, Bonificaciones, Aguinal-dos y demás conceptos a los Servidores y Funcio- narios de la Municipalidad Distrital de La Perla Facúltese al señor Alcalde de la Municipalidad Distri- tal de La Perla, a aprobar y reajustar las Remuneracio- nes, Bonificaciones, Aguinaldos y demás conceptos permitidos por Ley, de los Servidores y Funcionarios dela Municipalidad, teniendo en cuenta el nivel jerárquico y con cargo a los Ingresos de la Entidad, siempre y cuan- do se cuente con el Financiamiento y la Previsión Presu-puestaria correspondiente. Artículo 3º.- De los Incrementos Remunerativos de los Trabajadores de la Municipalidad Distrital de La Perla a Falta de Negociación Bilateral En los supuestos que las organizaciones sindicales de los trabajadores de la Municipalidad Distrital de La Perla no presenten Pliego de Peticiones, éste fuera ex- temporáneo y/o declarado improcedente, El Alcalde po-drá disponer Incrementos de Remuneraciones, Bonifi- caciones, Refrigerio, Movilidad y otros conceptos per- mitidos por Ley, teniendo en cuenta el nivel jerárquico decada cargo, siempre que se cuente con el correspon- diente financiamiento, con cargo a los Ingresos de la Corporación y con la respectiva Previsión Presupues-tal. Artículo 4º.- De los Incrementos Remunerativos al Personal de Confianza y/o Funcionarios de la Mu- nicipalidad Distrital de La Perla Los Incrementos de Remuneraciones correspondien- tes al Personal de Confianza y/o Funcionarios, serán Fijados por el Alcalde, teniendo en cuenta el nivel jerár- quico de cada cargo, la responsabilidad del servidor quedesempeña el cargo y la exigencia de especialización que conlleva; siempre que se cuente con el correspon- diente financiamiento, así como la previa Previsión Pre-supuestal. Artículo 5º.- De Las Resoluciones de Alcaldía En vía de regularización, otórguese rango de Orde- nanza Municipal a las Resoluciones de Alcaldía Nº 106- 2003-MDLP, R.A. Nº 037-2004-MDLP y R.A. Nº 009-2005-MDLP, ratificándose su vigencia, así como los Ac- tos Administrativos de ellas Emanadas, cumpliéndose con los Dispositivos Legales Vigentes y con la ExpresaVoluntad del Legislador Municipal. Artículo 6º.- Convalídese los Pactos Colectivos y Actas de Trato Directo celebrados con los gremios sindi- cales de la Municipalidad de La Perla de los años 2003 - 2004-2005. Artículo 7º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 11639 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G64/GE9/G63/G69/G6D/G61/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G2D/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G73/G20/G79/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73 ACUERDO MUNICIPAL Nº 053-2005 Arequipa, 20 de junio del 2005VISTO: El Orden del Día de la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de junio del 2005. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con- forme lo establece el artículo 194º de la ConstituciónPolítica del Estado; Que, el señor Alcalde, debe concurrir a la Undécima Conferencia Interamericana de Alcaldes y AutoridadesLocales a desarrollarse en el Condado de Miami-Dade, los días 21, 22 y 23 de junio del 2005; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de junio del presente año, se trató sobre la autorización del viaje al señor Alcalde al país de los Estados Unidos de Norteamérica, para cumplir con asistir a la invitaciónoficial realizada por la Universidad Internacional de la Florida, así como el otorgamiento de viáticos; Estando a lo acordado en Sesión Ordinaria de Con- cejo de fecha 20 de junio del 2005 y en mérito a lo dis- puesto por el Art. 9º Inc. 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, al país de los Estados Unidos de Norteamérica, al señor Alcalde de Arequipa, Ing. YAMEL ROMEROPERALTA, del 21 al 23 de junio del año en curso, a cum- plir con asistir a la Undécima Conferencia Interamerica- na de Alcaldes y Autoridades Locales "CooperaciónMunicipal para el Desarrollo Económico, Social y Demo- crático". Artículo Segundo.- Autorizar a Administración Fi- nanciera, el egreso de US$ 910.00 (NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) por concep- to de Viáticos por viaje al señor Alcalde, que a continua-ción se detalla: INSCRIPCIÓN EN LA CONFERENCIA US$ 250.00 VIÁTICOS POR TRES DÍAS US$ 660.00 Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Relaciones Públicas y Prensa, publique el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y hágase saber. YAMEL ROMERO PERALTA Alcalde de Arequipa 11555 /G43/G4F/G4E/G56/G45/G4E/G49/G4F/G53/G20/G49/G4E/G54/G45/G52/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 /G45/G6E/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G4D/G65/G6D/G6F/G72/GE1/G6E/G64/G75/G6D /G64/G65/G20/G45/G6E/G74/G65/G6E/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G78/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G45/G6E/G2D/G76/GED/G6F/G73/G20/G50/G6F/G73/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G50/G79/G6D/G65/G73/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G20/G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G61 /G64/G65/G6C/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G22 De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores me- diante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A-/170, comunica que el"Memorándum de Entendimiento de Cooperación Técnica para la Exportación por Envíos Postales para las Pymes entre el Gobierno de la República del Perúy el Gobierno de la República Federativa del Brasil" , suscrito en la ciudad del Cusco, República del Perú, el 8 de diciembre de 2004, y ratificado mediante DecretoSupremo Nº 048-2005-RE, de 1º de junio de 2005, publi- cado igualmente el texto del Memorándum anexo al De- creto Supremo Nº 048-2005-RE, el 3 de junio de 2005. Entró en vigencia, el 8 de diciembre de 2004. 11650