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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G36/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 8 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, a través del documento del visto se invita al Jefe del INRENA a participar con una ponencia referida a laperspectiva del Perú sobre el tema del combate de lasactividades ilegales en el sector forestal, el que será pre-sentado en el 17° período de sesiones del Comité de Mon-tes (COFO) de la FAO, que se llevará a cabo en la ciudadde Roma, Italia, del 14 al 19 de marzo de 2005; Que, asimismo el 17 de marzo de 2005, en un evento paralelo de la FAO y la OIMT, se presentará el documentopreliminar del informe "Mejores Prácticas para la Aplicación deLeyes Forestales", el cual reviste importancia para el Perú; Que, la participación del Jefe del INRENA en el citado evento no irrogará gastos al tesoro público, los mismos queserán cubiertos por la Organización Internacional de Ma-deras Tropicales - OIMT; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 11º del Reglamento de la Ley Nº 27619, aprobado por DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM, los viajes al extranjero de lostitulares de Organismos Públicos Descentralizados que noocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autoriza-dos mediante Resolución del Titular del Sector correspon-diente; Que, el numeral 73.1 del Artículo 73º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, dada por Ley Nº27444, dispone que el desempeño de los cargos de lostitulares de los órganos administrativos puede ser suplidotemporalmente en caso de vacancia o ausencia justifica-da, por quien designe la autoridad competente para efec-tuar el nombramiento de aquellos;Que, en consecuencia, en mérito a lo dispuesto en el Artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones delINRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, es pertinente otorgar la autorización de viaje pertinente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Fun-cionarios Públicos, dada por Ley Nº 27619, y su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y el De-creto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Sr. Leoncio Álvarez Vásquez, Jefe del Instituto Nacional de Recursos Natura-les - INRENA a la ciudad de Roma, Italia, del 12 al 21 demarzo de 2005, para participar en el 17° período de sesio-nes del Comité de Montes (COFO) de la FAO. Artículo 2º.- La autorización otorgada en el artículo precedente no ocasionará gasto alguno al Tesoro Público,siendo asumido en su integridad por la Organización Inter-nacional de Maderas Tropicales - OIMT. Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación. Artículo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Ministro de Agricul-tura un informe con los resultados de su participación den-tro de los 15 días posteriores a su retorno. Artículo 5º.- Encargar las funciones de la Jefatura del INRENA al Mg. Ing. Heriberto Werenshon Ramos Gonzá- MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO COMUNICADO Nº 002-2005-EF/75.01 A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO La Dirección Nacional del Endeudamiento Público comunica a las Entidades Públicas1 (incluidas las Universidades Públicas) los requisitos que deben cumplir para concertar operaciones de endeuda- miento a plazos mayores a un año, sin garantía del Gobierno Nacional , en el marco de la Ley Nº 28423 - Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2005. La Novena Disposición de la citada Ley establece que las operaciones antes referidas, se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro delSector correspondiente, previo acuerdo expreso de sus respectivos directorios u órganos equivalentes.El cumplimiento de dicha norma legal es obligatorio bajo responsabilidad del Titular del Pliego o de lamáxima autoridad administrativa, según corresponda. Asimismo, de acuerdo con la misma disposición, si las mencionadas operaciones de endeudamiento financian proyectos de inversión pública, se debe contar previamente con la declaratoria de viabilidad porel Sistema Nacional de Inversión Pública, de conformidad con la Ley Nº 27293, normas reglamentarias ycomplementarias. Adicionalmente, la autorización para gestionar la concertación de operaciones de endeudamiento, se realiza ante la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, la cual deberá contar con la informaciónreferida a la capacidad de la entidad solicitante para hacer frente a las obligaciones derivadas del financia-miento y deberá efectuar las coordinaciones necesarias con la Dirección Nacional del Presupuesto Públi-co, o con el FONAFE, según corresponda. Para cualquier información adicional, sírvase contactar a los teléfonos 4278583 y 4274391. Lima, 4 de marzo de 2005. Guillermo Garrido Lecca del Río Director General Dirección Nacional del Endeudamiento Público 1No están incluidos los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los cuales se rigen por normas específicas. 04954REPUBLICADELPERU