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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2005 (16/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G30/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 16 de marzo de 2005 Manuel Olaechea García (Miami - 16 al 18 de marzo) Viáticos US$ 660,00 Pasaje aéreo US$ 590,77 T.U.U.A. US$ 28,24 Juan Manuel Figueroa Quintana (Miami - 16 al 18 de marzo) Viáticos US$ 660,00 Pasaje aéreo US$ 631,59 T.U.U.A. US$ 28,24 Tercero.- Otorgar la licencia respectiva a los congre- sistas citados en el artículo primero, según lo acordadopor el Consejo Directivo del Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República 05521 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G2D /G73/G61/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G61/G6C/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 067-2005-PCM Lima, 8 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Defensa de Chile ha formu- lado una invitación al señor Minsitro de Defensa del Perúpara que realice una visita oficial a dicho país; Que, resulta necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Defensa y encargar la cartera de Defensa, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo establecido en el Decreto Le- gislativo Nº 560, la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio deDefensa, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y el Decreto deUrgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor General de Ejército, Roberto Enrique CHIABRA LEÓN, Ministro deDefensa, a la República de Chile, del 16 al 19 de marzode 2005, para los fines expuestos en la parte considerati-va de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Defensa, de acuerdo alsiguiente detalle: Pasajes US$ 1,829.00 Viáticos US$ 200.00 x 4 días x 1 persona T.U.A. US$ 28.24 Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Defensa, al se- ñor Félix Murazzo Carrillo, Ministro del Interior, mientrasdure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos adua- neros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 05557 AGRICULTURA /G43/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G6E/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G20/G62/G69/G6F/G6C/GF3/G2D /G67/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G75/G73/G6F/G20/G76/G65/G74/G65/G72/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G43/G61/G72/G62/G6F/G74/G6F/G6E/G67/G20/G79/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G75/G20/G64/G65/G63/G6F/G6D/G69/G73/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 014-2005-AG-SENASA-DGSA La Molina, 15 de marzo de 2005 VISTO: El Informe Técnico Nº 072-2005-AG-SENASA-LIMA CALLAO-USPIRA y el resultado de Análisis del productobiológico Carbotong emitido por el Centro de Diagnós-tico de Sanidad Animal del Servicio Nacional de SanidadAgraria - SENASA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902 “Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura”,se creó entre otros Organismos Públicos Descentraliza- dos, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, que tiene como uno de sus objetivos ser el enteresponsable de cautelar la seguridad sanitaria del agronacional; Que, de acuerdo con el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2005-AG, corresponde al SENASA proteger el patrimo-nio agrosanitario del ingreso o dispersión de plagas yenfermedades reglamentadas y del incremento de pla-gas y enfermedades de importancia económica; Que los Incisos b), y d) del Artículo 32º, del Decreto Supremo Nº 015-98-AG “Reglamento de Registro, Con- trol y Comercialización de Productos de Uso Veterinarioy Alimentos para Animales”, establece que el Registrode un producto de uso veterinario será cancelado por elSENASA cuando: “b) Se compruebe que el productoafecta la salud animal, humana o el medio ambiente”; y “d) Se detecte algunas irregularidades, fraude o false- dad en la composición del producto, etiquetado con res-pecto a lo declarado al momento de su inscripción oreinscripción”; Que, es función del SENASA establecer mecanis- mos de control, registro y fiscalización respecto a insu- mos de uso animal, así como biológicos y fármacos; y conducir el registro de las empresas productoras y/ocomercializadoras de estos productos; Que, con fecha 8 de febrero de 2005 la Dirección General de Sanidad Animal del SENASA en cumplimientode lo establecido en los Artículos 41º y 44º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG, según consta en el Acta de Toma de Muestras Nº 05-2005-AG-SENASA-DGSA-DIP,realizó la toma de muestras del producto biológico deuso veterinario Carbotong en la cámara de refrigeraciónde Laboratorios Biotong S.A., producto que está regis-trado en el SENASA por Laboratorios Biotong S.A. con el Nº B.01.1.01.N.0493; remitiendo dichas muestras al Cen- tro de Diagnóstico de Sanidad Animal del SENASA parasu respectivo Control de Calidad; Que, el Centro de Diagnóstico de Sanidad Animal, mediante los resultados de análisis de fecha 16 de fe-brero de 2005 indica que la muestra analizada presenta desarrollo de contaminantes; concluyendo que la obser-