Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2005 (23/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2005
LIMITE LIMITE SUPERIOR INFERIOR 2.03 1.88 5.67 5.24 5.63 5.21 5.44 5.03 5.32 4.92 5.79 5.36 5.91 5.47 3.24 3.00 2.99 2.77

Articulo 2º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 06085

Actualizan y publican Bandas de Precios para Gasolinas, GLP Kerosene, , Diesel 2 y Petroleos Industriales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 080-2005-EM/DGH MORDAZA, 22 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; dispositivo legal que fue MORDAZA en su vigencia por ciento ochenta (180) dias calendario, mediante Decreto de Urgencia Nº 0072005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de marzo de 2005; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, el articulo 4º del referido Decreto de Urgencia dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, en los plazos que establezca el Reglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el articulo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF preve que el Administrador del Fondo debera publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano las mencionadas Bandas de Precios; Que, con fecha 10 de marzo 2005 se publico en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de las Bandas de Precios para los productos: GLP, Gasolina 97, 95, 90 y 84, Kerosene, Diesel 2 y Petroleos Industriales Nº 6 y 500; Que, es necesario modificar las Bandas de Precios para los productos: Gasolinas 97, 95, 90 y 84 y Diesel 2; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF que aprueba las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, asi como del Decreto de Urgencia Nº 007-2005 que amplia el plazo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Actualizar las Bandas de Precios para los productos: Gasolinas 97, 95, 90 y 84, y Diesel 2. PRODUCTOS Soles por Galon GASOLINA 97 GASOLINA 95 GASOLINA 90 GASOLINA 84 DIESEL 2 LIMITE SUPERIOR 5.67 5.63 5.44 5.32 5.91 LIMITE INFERIOR 5.24 5.21 5.03 4.92 5.47

PRODUCTOS Soles por Galon GLP Soles por Kg. GASOLINA 97 GASOLINA 95 GASOLINA 90 GASOLINA 84 KEROSENE DIESEL 2 Petroleo Industrial Nº 6 Petroleo Industrial 500

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Hidrocarburos 06076

INTERIOR
Constituyen Comision Ejecutiva encargada de formular el Proyecto de Ley del Plan de MORDAZA del Personal Policial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0584-2005-IN/0102
MORDAZA, 17 de marzo del 2005 CONSIDERANDO: Que, el Informe Final de la Comision Especial encargada de formular el diagnostico institucional, asi como la agenda y el cronograma del MORDAZA de reestructuracion policial, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 0200-2002-IN del 15MAR02, encarga al Ministerio del Interior la ejecucion de las recomendaciones contenidas en dicho Informe; Que, el MORDAZA de Modernizacion de la Policia Nacional del Peru tiene como objetivo entre otros, el de prestar servicios policiales eficientes y mejorar las condiciones de trabajo del personal policial; Que, es necesario establecer lineamientos generales y especificos MORDAZA para que el personal policial pueda disenar su MORDAZA y desarrollo en la Policia Nacional del Peru, a fin de evitar la aplicacion de criterios discrecionales o subjetivos y alcanzar los objetivos senalados en el parrafo anterior; Que, en ese contexto, debe determinarse el plan de MORDAZA del personal policial en base a la vision, mision y funciones basicas definidas para el MORDAZA modelo policial, asi como revisarse la normatividad institucional referida a ascensos, cambios de colocacion, calificacion del desempeno, especializacion y otorgamiento de incentivos, en aras de alcanzar los objetivos basicos del MORDAZA de Modernizacion de la Policia Nacional del Peru en actual ejecucion; Estando a lo propuesto por la Comision Especial de Alto Nivel para la Modernizacion de la Policia Nacional del Peru, a la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIN y de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 y el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir una Comision Ejecutiva encargada de formular el Proyecto de Ley del Plan de MORDAZA del Personal Policial que estara integrada de la siguiente manera: - El Viceministro del Interior, quien la presidira; - El Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio del Interior; - El Director de Recursos Humanos de la Policia Nacional; - El Director de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional; - El Secretario General de la Direccion General de la PNP; - Un representante de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior;

Articulo Segundo.- Publicar las Bandas de Precios actualizada para los productos: GLP, Gasolinas 97, 95, 90 y 84, Kerosene, Diesel 2, Petroleo Industrial Nº 6 y Petroleo Industrial 500.

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