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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2005 (23/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G35/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de marzo de 2005 Artículo 2º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 06085 /G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G79/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G6E/G20/G42/G61/G6E/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G2D /G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G47/G61/G73/G6F/G6C/G69/G6E/G61/G73/G2C/G20/G47/G4C/G50/G2C/G20/G4B/G65/G72/G6F/G73/G65/G6E/G65/G2C/G44/G69/G65/G73/G65/G6C/G20/G32/G20/G79/G20/G50/G65/G74/G72/GF3/G6C/G65/G6F/G73/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 080-2005-EM/DGH Lima, 22 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creó el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, como fondo intan- gible destinado a evitar que la alta volatilidad de los pre-cios del petróleo crudo y sus derivados se traslade a losconsumidores del mercado interno; dispositivo legal quefue ampliado en su vigencia por ciento ochenta (180)días calendario, mediante Decreto de Urgencia Nº 007- 2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de marzo de 2005; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se apro- baron las normas reglamentarias y complementarias delDecreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designó como Administrador del Fondo a la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 4º del referido Decreto de Urgencia dispone, que es obligación del Administrador del Fondo,publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar perió-dicamente, en los plazos que establezca el Reglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el artículo 6º del Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 142-2004-EF prevé que el Adminis-trador del Fondo deberá publicar por lo menos una vezcada mes en el Diario Oficial El Peruano las menciona-das Bandas de Precios; Que, con fecha 10 de marzo 2005 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la última actualización de lasBandas de Precios para los productos: GLP, Gasolina97, 95, 90 y 84, Kerosene, Diesel 2 y Petróleos Industria-les Nº 6 y 500; Que, es necesario modificar las Bandas de Precios para los productos: Gasolinas 97, 95, 90 y 84 y Diesel 2; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgen- cia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-EFque aprueba las normas reglamentarias y complemen-tarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, así comodel Decreto de Urgencia Nº 007-2005 que amplía el pla- zo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Actualizar las Bandas de Precios para los productos: Gasolinas 97, 95, 90 y 84, y Diesel 2. PRODUCTOS LÍMITE LÍMITE Soles por Galón SUPERIOR INFERIOR GASOLINA 97 5.67 5.24 GASOLINA 95 5.63 5.21 GASOLINA 90 5.44 5.03 GASOLINA 84 5.32 4.92 DIESEL 2 5.91 5.47 Artículo Segundo.- Publicar las Bandas de Precios actualizada para los productos: GLP, Gasolinas 97, 95,90 y 84, Kerosene, Diesel 2, Petróleo Industrial Nº 6 y Petróleo Industrial 500.PRODUCTOS LÍMITE LÍMITE Soles por Galón SUPERIOR INFERIOR GLP Soles por Kg. 2.03 1.88 GASOLINA 97 5.67 5.24 GASOLINA 95 5.63 5.21 GASOLINA 90 5.44 5.03 GASOLINA 84 5.32 4.92 KEROSENE 5.79 5.36 DIESEL 2 5.91 5.47 Petróleo Industrial Nº 6 3.24 3.00 Petróleo Industrial 500 2.99 2.77 Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO A. NAVARRO VALDIVIA Director General de Hidrocarburos 06076 INTERIOR /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G2D /G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G6C /G50/G6C/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G72/G65/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G50/G6F/G6C/G69/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0584-2005-IN/0102 Lima, 17 de marzo del 2005 CONSIDERANDO: Que, el Informe Final de la Comisión Especial encargada de formular el diagnóstico institucional, así como la agenday el cronograma del proceso de reestructuración policial,aprobado mediante Resolución Suprema Nº 0200-2002-IN del 15MAR02, encarga al Ministerio del Interior la ejecución de las recomendaciones contenidas en dicho Informe; Que, el Proceso de Modernización de la Policía Nacio- nal del Perú tiene como objetivo entre otros, el de prestarservicios policiales eficientes y mejorar las condicionesde trabajo del personal policial; Que, es necesario establecer lineamientos generales y específicos claros para que el personal policial pueda dise-ñar su vida y desarrollo en la Policía Nacional del Perú, a finde evitar la aplicación de criterios discrecionales o subjeti-vos y alcanzar los objetivos señalados en el párrafo ante-rior; Que, en ese contexto, debe determinarse el plan de ca- rrera del personal policial en base a la visión, misión y funcio-nes básicas definidas para el nuevo modelo policial, así comorevisarse la normatividad institucional referida a ascensos,cambios de colocación, calificación del desempeño, espe-cialización y otorgamiento de incentivos, en aras de alcan- zar los objetivos básicos del Proceso de Modernización de la Policía Nacional del Perú en actual ejecución; Estando a lo propuesto por la Comisión Especial de Alto Nivel para la Modernización de la Policía Nacional delPerú, a la visación de la Oficina General de AsesoríaJurídica del MIN y de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 y el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior,aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir una Comisión Ejecutiva en- cargada de formular el Proyecto de Ley del Plan de Ca-rrera del Personal Policial que estará integrada de la si-guiente manera: - El Viceministro del Interior, quien la presidirá; - El Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Direc- ción del Ministerio del Interior; - El Director de Recursos Humanos de la Policía Na- cional; - El Director de Educación y Doctrina de la Policía Nacional; - El Secretario General de la Dirección General de la PNP; - Un representante de la Oficina General de Aseso- ría Jurídica del Ministerio del Interior;