Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2005 (23/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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ANEXO D

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2005

Normas Tecnicas de Referencia
Las siguientes Normas Tecnicas constituyen parte de este Reglamento y deberan ser utilizadas en conjunto con el mismo: - IEC 60227 -2: 2003 Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 450/750 V Part 2: Test methods - IEC 60811-1-1: 1993 Common test methods for insulated cables and sheathing materials of electrical cables - Part 1: Methods for general application section One: Measurement of thickness and overall dimensions - Test of determining the mechanical properties. - (Metodos de ensayo comunes para materiales de aislamiento y cubierta de cables electricos. Parte 1: Metodos de aplicacion general. Seccion 1: Medida de espesores y diametros exteriores. Determinacion de las propiedades mecanicas) - IEC 60811-1-2: 1985 Common test methods for insulating and sheathing materials of electric cables Part 1: Methods for general application - Section Two: Thermal ageing methods (Metodos de ensayo comunes para materiales de aislamiento y cubierta de cables electricos. Parte 1: Metodos de aplicacion general. Seccion 2: Metodos de envejecimiento termico.) - UL 1581:2001 Reference Standard for Electrical Wires, Cables, and Flexible Cords ANEXO E CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD E.1 Certificados de lote Los certificados de conformidad de lote deberan incluir como minimo la siguiente informacion: - nombre y direccion del Organismo de Certificacion - fecha de expedicion del certificado - numero de certificado que lo identifica de forma unica - nombre y direccion del solicitante - nombre, MORDAZA y/o categoria del producto, asi como MORDAZA de identificacion, codigo o numero de serie del producto - identificacion y tamano del lote - referencia a este Reglamento Tecnico segun lo indicado en el articulo 6º - requisitos y resultados obtenidos en los ensayos - observaciones - conclusiones indicando la conformidad del producto con las especificaciones - firma de la(s) persona(s) autorizada(s). E.2 Sello o MORDAZA de Conformidad Los documentos del otorgamiento del sello o MORDAZA de conformidad deberan contener como minimo la informacion siguiente: - nombre y direccion del Organismo de Certificacion - fecha de expedicion del certificado - vigencia de la certificacion - nombre y direccion del fabricante - nombre, MORDAZA y/o categoria del producto - referencia a este Reglamento Tecnico de acuerdo a lo indicado en el articulo 6º - firma de la(s) persona(s) autorizada(s). 06082

Visto el escrito de registro Nº CE-07714003 de fecha 28 de setiembre del 2004, presentado por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 316-97-PE, de fecha 1 de MORDAZA de 1997, se otorgo a PESQUERA COLONIAL S.A. licencia de operacion para que desarrolle las actividades de procesamiento pesquero de recursos hidrobiologicos, a traves de sus plantas de enlatado y harina de pescado, con una capacidad de enlatado de 2,560 cajas/turno y 40 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. MORDAZA Meiggs Nº 900, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que mediante Resolucion Directoral Nº 115-2000PE/DNPP, de fecha 9 de noviembre de 2000, se otorgo a PESQUERA COLONIAL S.A. licencia de operacion para que desarrolle las actividades de procesamiento de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano indirecto, con una capacidad instalada de 100 t/h de procesamiento de materia prima a traves de su planta de harina de pescado, ubicada en Av. MORDAZA Meiggs Nº 900, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que mediante el escrito del visto, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., solicita el cambio de titular de licencia de operacion de las plantas de procesamiento de harina de pescado y de conservas, ubicadas en Av. MORDAZA Meiggs Nº 900, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que por Oficio Nº 3323-2004-PRODUCE/DNEPPDchi del 29 de octubre del 2004, reiterado por Oficio Nº 3689-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 13 de diciembre de 2004, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero le solicito a la recurrente que cumpla con presentar una MORDAZA del testimonio de compra-venta celebrado entre Pesquera Colonial S.A en liquidacion y Pesquera MORDAZA S.A inscrito en el Registro correspondiente, una MORDAZA del R.U.C de la recurrente, el documento que convalide o actualice la ubicacion del establecimiento industrial pesquero y la subsanacion de las observaciones efectuadas, respecto al acondicionamiento y operatividad del cocinador y prensa, a efectos de poder verificar la capacidad total de la planta de harina de pescado; Que del analisis efectuado, se ha determinado que la recurrente desde el 16 de diciembre del 2004, fecha en que fue recepcionado el Oficio Nº 3689-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi, de fecha 13 de diciembre de 2004, a la fecha no ha cumplido con presentar la documentacion solicitada por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion; Que el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Que el procedimiento administrativo se ha paralizado por causas imputables al administrado, en consecuencia, procede declarar el abandono del procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto, de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Infor me Nº 039-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de cambio de titular de licencia de operacion iniciado por PESQUERA MORDAZA S.A. por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion

Declaran en abandono procedimiento administrativo de cambio de titular de licencia de operacion iniciado por Pesquera MORDAZA S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 056-2005-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 16 de febrero del 2005

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