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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G36/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de marzo de 2005 cación de instrumentos especializados, vale decir, dónde, cuándo y en qué lugar el postor participante debía tramitarla expedición de dicha constancia. Siendo así, se des-prende que no existe un criterio claro respecto a la presen- tación de dicho documento, lo cual conlleva a que exista incertidumbre respecto del correcto cumplimiento de dichorequisito, además, existe imprecisión respecto de losdocumentos que deben presentarse como opcional; Que, cabe indicar que las Bases deben ser claras y precisas, toda vez que constituyen las reglas del proceso de selección y en función a ellas los postores presentaran sus ofertas y la Entidad otorgará la Buena Pro a la pro-puesta que considere cumple con sus requerimientos. Deeste modo, las Bases no pueden conducir a error y/o con-fusión a los postores, como tampoco el Comité Especialpuede interpretarlas desnaturalizando las reglas expresa- mente contenidas en ellas o evaluar subjetivamente; Que, por otro lado, de acuerdo al numeral 3 del Anexo 4 "Especificaciones Técnicas" de las Bases de la Adju-dicación Directa Selectiva Nº 0405S00071, sobre el rubroRecursos Humanos, se indica que los perfiles básicos delpersonal que ESSALUD requiere para el servicio especiali- zado de mantenimiento de equipamiento estratégico; para el caso del Ingeniero Supervisor, es el siguiente: i) Grado onivel mínimo: Ingeniero Titulado; ii) Formación Profesional:Ingeniería Electrónica; iii) Años de Experiencia: 4 años enEquipos Biomédicos y 3 años en Equipos de Radio-diagnóstico y Ecografía; Que, asimismo, según el literal j) del numeral 5.2 de las Bases de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0405S00071,todo postor deberá considerar en su Oferta Técnica losrequerimientos, condiciones y características técnicas se-ñaladas en los Anexos 2 y 4, así como deberá contenerDeclaración Jurada de Soporte Técnico y de Recursos Humanos, según el modelo del Anexo 12, indicando: i) Las herramientas y medios físicos que utilizará el postor en laprestación del servicio ofertado. Consignará las caracterís-ticas técnicas mínimas; ii) Los recursos humanos (personala destacar) disponibles para el desarrollo del servicio; iii)Currículum vitae documentado del personal a destacar ma- teria de calificación que acredite su experiencia; Que, conforme se observa del Anexo 12 "Declaración Jurada de Soporte Técnico y Recursos Humanos" de lasmencionadas Bases, ésta establece en distintos recua-dros que el postor debe consignar los años/ejercicio y años/servicio del personal que aporte. Sin embargo, nótese que la experiencia se clasifica en dos: ejercicio y servicio, con- ceptos o factores que no se encuentran definidos en lasBases. Asimismo, las Bases no establecen el período ofecha que se tomaría en cuenta para computar la expe-riencia; esto es, desde que se tituló o desde que se cole-gió, o incluso antes. Dicha oscuridad o falta de claridad, a su vez, no permite aplicar los factores de evaluación pre- vistos en las Bases en la evaluación de las propuestas delos postores; Que, así, cabe indicar que de la revisión de la propues- ta técnica del Consorcio Seyma S.A.C. - X Ray ServiceS.A., se observa que en su Anexo 12, el Ingeniero Su- pervisor (Enriquez Cáceres Danny Felix) cuenta con una experiencia de 10 años y 5 meses, sin embargo, no espe-cifica el tipo de experiencia que se encuentra acreditando;asimismo, revisado el currículum vitae de dicho profesionalse evidencia que la experiencia es contada desde antesde su titulación como Ingeniero Electrónico, según el Diplo- ma emitido por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa con fecha 4 de setiembre de 1998. Asimismo, dela revisión de la propuesta técnica de la empresa Ingenie-ría Biomédica y de Control S.R.L., se observa que en suAnexo 12, el Ingeniero Supervisor (Miguel Cordero Cam-pos) cuenta con una experiencia de más de 5 años en Equipos de Rayos X, sin embargo, no especifica cuál es su experiencia en Equipos Biomédicos y Ecógrafos; asimis-mo, revisado el currículum vitae de dicho profesional seevidencia que la experiencia es contada desde antes desu titulación como Ingeniero Electrónico, según el Diplomaemitido por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos con fecha 12 de octubre del 2000; Que, de otro lado, de acuerdo con el artículo 31º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, el método de evaluación y califica-ción de propuestas debe objetivamente permitir una selec-ción de la calidad y tecnología requeridas dentro de los plazos más convenientes y al mejor costo total. Ello es corroborado en el Oficio Nº D-085-2004 (GTN/MON), en elcual CONSUCODE señala que la finalidad de establecerfactores de evaluación es asegurar la calidad de la pro-puesta dado que, en general, esos factores y los criterios establecidos por la Entidad deben permitir determinar demanera objetiva, entre otros puntos, el grado de cumpli-miento de las obligaciones asumidas por los postores que podrían resultar favorecidos con la buena pro. Así, los factores de evaluación establecidos en las Bases debenresponder a criterios objetivos, razón por la cual la asigna-ción de puntajes a cada uno de ellos debe partir de unametodología previamente definida, evitando que ellos de-pendan del criterio subjetivo del Comité Especial; Que, el numeral 2.2 del Anexo 15 "Factores de Eva- luación" de las Bases, señala que se otorgará el puntajemáximo de 35 puntos, al rubro Ingeniero Supervisor - Equi-pos de Radiodiagnóstico, conforme al siguiente criterio:i) Ingeniero Titulado con experiencia en Equipos Biomédi-cos mayor a 4 años y experiencia en Equipos de Radiodiag- nóstico y Ecografía mayor a 3 años: 15 puntos; ii) Ingenie- ro Colegiado con experiencia en Equipos Biomédicos ma-yor a 4 años y experiencia en Equipos de Radiodiagnósti-co y Ecografía mayor a 3 años: 20 puntos; iii) IngenieroColegiado con experiencia en Equipos Biomédicos mayora 6 años y experiencia en Equipos de Radiodiagnóstico y Ecografía mayor a 4 años: 35 puntos; Que, de las Bases de la Adjudicación Directa Selecti- va Nº 0405S00071 no se desprende un criterio objetivoque responda a las razones por las cuales un Ingenierocolegiado tenga mayor puntaje que un ingeniero titulado,no obstante ambos tengan los mismos años de experien- cia, y por lo tanto, ambos puedan cumplir con las obli- gaciones que se estipulen en el contrato con el postorganador de la Buena Pro, por lo que no existiendo unsustento que justifique dicha calificación, se estaría con-traviniendo lo establecido en el artículo 31º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, establece que elTitular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de laEntidad, según corresponda, podrá declarar de oficio lanulidad del proceso de selección por alguna de las causa- les establecidas en el artículo 57º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sinperjuicio de la que sea declarada en la resolución recaídasobre los recursos impugnativos; Que, de acuerdo al artículo 57º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, son nulos los actos administrativos cuando son dicta-dos por órgano incompetente, contravengan las normaslegales, contengan un imposible jurídico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, atendiendo a las normas mencionadas preceden- temente, corresponde declarar de oficio la nulidad de laAdjudicación Directa Selectiva Nº 0405S00071, a la Etapade Convocatoria, previa elaboración de nuevas Bases, alhaberse contravenido el artículo 3º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según el cual los procesos de adquisición y contratación,deben garantizar que las entidades obtengan bienes, servi-cios y obras de la calidad requerida, en forma oportuna y aprecios o costos adecuados, así como el numeral 5 delartículo 3º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 31º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado; Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el OficioNº 1194/2001 (GTN-MON), corresponde en forma exclusi- va al Titular del Pliego la facultad prevista en el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado; Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Pre-sidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal; Que, de otro lado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado y al amparo delartículo 7º de la Ley Nº27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repúbli- ca, referido al control interno posterior, corresponde al Ór- gano de Control Institucional, realizar el deslinde de res-ponsabilidades a que hubiere lugar; En uso de las atribuciones conferidas;