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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2005 (04/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G39/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de mayo de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 008-2001-02-3376 - Examen Es- pecial a la Dirección Nacional de Prevención - Período 1 de junio de 2000 al 31 de mayo de 2001, del Órgano de Control Institucional del INDECI recomendó que laDirección Nacional de Logística y la Oficina de Adminis-tración con el apoyo de la Oficina de Asesoría Jurídicadel INDECI inicien las acciones que correspondan con-tra la Corporación Panamericana de la Construcción S.A.C., en mérito a la cláusula Décimo Novena del Con- trato Nº 012-2000, sobre la "Canalización de la Que-brada Acobamba para la protección de la población delAsentamiento Humano 11 de Junio - Zona NorteAyacucho, distrito y provincia de Huamanga, departa-mento de Ayacucho"; Que, por Informe Legal Nº 087-2005-INDECI/(5.0), de la Jefa (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica del INDECI seindica que en el marco de la recomendación precedente, laOficina de Administración del INDECI, con fecha 30 deenero de 2004 se cursó carta por la vía notarial al Gerentede la Corporación Panamericana de la Construcción S.A.C., solicitando la subsanación de la partida en la obra mencio- nada, sin embargo hasta la fecha, no se ha recibido res-puesta alguna; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17357, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con- traloría General de la República, la Ley Nº 27444, Ley delProcedimiento Administrativo General, el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Defen-sa Civil - INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación ydefensa de los intereses del Estado, inicie e impulselas acciones judiciales correspondientes contra laCorporación Panamericana de la Construcción S.A.C.,de conformidad con el Examen Especial a la Dirección Nacional de Prevención - Período 1 de junio de 2000 al 31 de mayo de 2001, de la Oficina de Auditoría Internadel INDECI y el Informe Legal Nº 087-2005-INDECI/(5.0), de la Jefa (e) de la Oficina de Asesoría Jurídicadel INDECI, que constituyen parte integrante de la pre-sente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidenciadel Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 08406 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C /G43/G4F/G4E/G53/G55/G43/G4F/G44/G45 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2005-PCM Lima, 29 de abril de 2005 Visto, el Oficio Nº 396-2005(PRE), del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 087-2005- CONSUCODE/PRE del Presidente del Consejo Supe-rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, se pronuncia por el inicio de las accio-nes penales correspondientes contra el señor OsmiderNiño Vigilio, representante legal de la empresa Niño Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - NIÑO - E.I.R.L., por la presunta comisión de los delitos contrala función jurisdiccional (falsa declaración en procedi-miento administrativo) y contra la fe pública, en agraviodel CONSUCODE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decre-to Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificadopor la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimien-to Administrativo General, el Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el Regla- mento de Organización y Funciones de la Presidencia delConsejo de Ministros, aprobado por Decreto SupremoNº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros para que, en representación y defensa de los inte-reses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales co-rrespondientes contra el señor Osmider Niño Vigilio, repre- sentante legal de la empresa Niño Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - NIÑO - E.I.R.L., de conformidadcon la Resolución Nº 087-2005-CONSUCODE/PRE, que cons-tituye parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 08407 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2005-PCM Lima, 29 de abril de 2005 Visto, el Oficio Nº 396-2005(PRE), del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 032-2005- CONSUCODE/PRE del Presidente del Consejo Supe-rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE, se pronuncia por el inicio de las accio- nes penales correspondientes contra el señor José To- rres Ramírez, representante legal de la empresaConstructora YAJOSA E.I.R.L., por la presunta comi-sión del delito contra la función jurisdiccional (falsa de-claración en procedimiento administrativo), en agraviodel CONSUCODE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decre-to Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificadopor la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimien-to Administrativo General, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el Regla-mento de Organización y Funciones de la Presidencia delConsejo de Ministros, aprobado por Decreto SupremoNº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación y defensa de losintereses del Estado, inicie e impulse las acciones judicia-les correspondientes contra el señor José Torres Ramírez,representante legal de la empresa Constructora YAJOSA