Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2005 (04/05/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

Pag. 291952

NORMAS LEGALES
6302320000 6115939000 6109100039 6302390000 6201130000

MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2005
6203330000 6109901000 6205300000 6204320000 6203420029 6204630000 6203420012 6212200000 6203420011 6115920000

salvaguardia definitivas, de acuerdo a las conclusiones del Informe Tecnico Nº 007-2005/CDS de la Autoridad Investigadora. Articulo 2º.- Reembolso de Salvaguardias Provisionales Disponer la devolucion de la totalidad del monto pagado por concepto de medidas de salvaguardia provisionales impuestas mediante Decreto Supremo Nº 023-2004MINCETUR, o de ser el caso, la devolucion o liberacion de las cartas fianzas otorgadas por dicho concepto, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 34º del Decreto Supremo Nº 020-98-ITINCI modificado mediante Decreto Supremo Nº 017-2004-MINCETUR. Articulo 3º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y sera refrendado por los Ministros de Comercio Exterior y Turismo, Economia y Finanzas, y de la Produccion. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 08431

Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 08430

Autorizan viaje de Presidente de la CONASEV a Brasil para participar en evento preparatorio de la Mesa Redonda Latinoamericana de Gobierno Corporativo
RESOLUCION SUPREMA Nº 064-2005-EF
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2005 Visto el Oficio Nº 2022-2005-EF/94.20, de la Secretaria de Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV-, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO: Que, el dia 11 de MORDAZA de 2005, se desarrollara en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa del Brasil, "La Fase Preparatoria de la Proxima Reunion Plenaria Anual de la Mesa Redonda Latinoamericana de Gobierno Corporativo - Mesa Redonda de Grupo de Trabajo", organizado por la Organizacion para la Cooperacion y el Desarrollo Economicos -OCDE- y la Bolsa de Valores de Sao MORDAZA BOVESPA-; Que, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV-, y teniendo en cuenta que, los temas que se trataran en dicho evento ayudaran a los reguladores en su funcion de supervisar y regular el MORDAZA de valores, resulta indispensable la participacion de la doctora MORDAZA Rocca MORDAZA, Presidente de dicha Comision; Que, en consecuencia, es necesario autorizar por excepcion dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con cargo al Presupuesto de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso c) del articulo 7º de la Ley Nº 28427, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje de la doctora MORDAZA Rocca MORDAZA, Presidente de la Comision N a c i o n a l S u p e r v i s o ra d e E m p r e s a s y Va l o r e s CONASEV, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa del Brasil, del 10 al 12 de MORDAZA de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, seran con cargo al Presupuesto de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 919,09 : US$ 400,00 : US$ 28,24

ECONOMIA Y FINANZAS
Incorporan partidas arancelarias dentro de relacion de mercancias sensibles al fraude
DECRETO SUPREMO Nº 053-2005-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 186-99-EF, modificado por Decretos Supremos Nºs. 131-2000-EF, 203-2001EF y 098-2002-EF, se dispuso la aplicacion de las Normas de Valoracion aprobadas por el Acuerdo Relativo a la Aplicacion del Articulo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, asi como se aprobo y modifico el Reglamento para la Valoracion de Mercancias segun el Acuerdo sobre Valoracion en Aduana de la Organizacion Mundial del Comercio - OMC; Que, asimismo mediante el Decreto Supremo Nº 0982002-EF, se dictaron medidas adecuadas para el tratamiento de mercancias consideradas como sensibles al fraude por concepto de valoracion, asi como se aprobo el Anexo que consigna la relacion de subpartidas nacionales sujetas a dicho tratamiento; Que, se ha visto por conveniente ampliar el Anexo MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8º del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Incorporar en el Anexo que forma parte del Decreto Supremo Nº 098 -2002-EF, a las sub partidas nacionales que a continuacion se indica: 6110309000 6110301000 6302220000 6203420019 6205200000 6204620000 6302600000 6203230000 6110200030 6204230000 6109909000 6206300000 6110110090 6203430000 6212100000 6204330000 6203320000 6104330000 6103330000 6302210000 6202930000

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje la referida funcionaria de-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.