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PÆg. 292069 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de mayo de 2005 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY N” 28502 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE PROMOCIÓN Y PRODUCCIÓN DE LA SERICULTURA Y CULTIVO DE LA MORERA Artículo 1º.- Objeto de la Ley El objeto de la presente Ley es la promoción y produc- ción de la sericultura y cultivo de la morera e incluirla comode preferente prioridad dentro de los programas alternati-vos de cultivo de la hoja de coca. Artículo 2º.- Comisión Multisectorial 2.1 Créase la Comisión Multisectorial encargada de la promoción y producción de la sericultura y cultivode la morera, que está integrada por los siguien-tes representantes: a) Un representante del Ministerio de Agricultura, quien preside y convoca la Comisión Multisectorial. b) Un representante del Ministerio de la Producción.c) Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. d) Un representante del Ministerio de Educación.e) Un representante de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida – DEVIDA. f) Un representante del Consejo Nacional del Ambiente – CONAM. g) Un representante del Instituto de Investigación Agraria – INIA. h) Un representante de la Universidad Agraria de La Molina – UNALM. i) Un representante de los productores organiza- dos, agricultores y criadores del gusano de seday la morera. j) Un representante de los Gobiernos Regiona- les donde se desarrollen las actividades seña-ladas en el artículo 1º de la presente Ley. 2.2 Las entidades señaladas designan a sus repre- sentantes dentro de los treinta (30) días de publi-cada la presente Ley. 2.3 La Comisión Multisectorial cuenta con una Secre- taría Técnica, que está a cargo de la DirecciónGeneral de Promoción Agraria (DGPA). Artículo 3º.- De las funciones de la Comisión 3.1 Son funciones de la Comisión Multisectorial, las siguientes: a) Elaborar el Plan Nacional de las políticas nece- sarias para fomentar, promover y facilitar el cul-tivo de la morera y crianza del gusano de seda, así como, la transformación artesanal e indus-trial de la seda natural y de sus subproductosbajo el sistema de procesos de cadenas pro-ductivas, en concordancia con las disposicio-nes de la Ley Nº 28298, Ley Marco para elDesarrollo Económico del Sector Rural. b) Promover que el cultivo de la morera se incluya como de preferente prioridad dentro de los pro-gramas alternativos de cultivo de la hoja de coca. c) Promover la suscripción de convenios de co- operación con entidades e instituciones públi-cas y privadas, nacionales y/o extranjeras, paraconstituir en el país bancos de germoplasma degusano de seda para la producción de híbridosque garanticen su continuidad y producción. d) Proponer las medidas que se estimen convenien- tes para garantizar la calidad en la producción delgusano de seda y de sus productos y subproduc-tos, así como de los cultivos de la morera. e) Proponer medidas de promoción de la inversión privada para el fomento y desarrollo del cultivode la morera y sericultura, de acuerdo a aque-llas señaladas en la Ley Nº 28298, Ley Marcopara el Desarrollo Económico del Sector Rural. 3.2 La elaboración del Plan Nacional de promoción y producción de sericultura y cultivo de la morera serealizará con participación de las asociaciones ygremios representativos inscritos de agricultores, cria-dores, artesanos y comercializadores de la moreray del gusano de seda y de sus subproductos. Artículo 4º.- Del Plan Nacional 4.1 El Plan Nacional elaborado deberá contener lo siguiente: a) El diagnóstico de situación de los suelos más ade- cuados para el cultivo de la morera así como eldiagnóstico de situación de las zonas climatológi-camente más adecuadas para la crianza intensivadel gusano de seda, incluyendo el estudio deimpacto ambiental en el ecosistema de dichaszonas donde se desarrollen dichas actividades. b) Un estudio de la demanda mundial de la seda natural y sus subproductos en la actualidad ydentro de los próximos cinco (5) años a efectosde establecer las zonas de demanda del pro-ducto a futuro. c) El diagnóstico de los recursos tecnológicos exis- tentes en el país para impulsar el desarrollosostenido del cultivo intensivo de la morera y lacrianza del gusano de seda. d) El estudio de los recursos humanos existentes en las zonas susceptibles de llevar a cabo elcultivo de la morera y crianza de gusano deseda y sus efectos socioeconómicos. e) Creación de un registro específico de cultiva- dores de moreras, criadores de gusanos deseda o industriales de la seda existentes o quese instalen en el país, que estará a cargo delMinisterio de Agricultura. f) Medidas de fomento de la inversión privada en la promoción y producción de los recursos se-ñalados en el artículo 1º de la presente Ley,MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Acuerdo Nº 002-2005/MDV-CDV.- Requieren al Gobierno Central cumplir con la transferencia al Gobierno Regional del Callao delporcentaje del FONCOR por privatización de la Refinería de Petró-leos "La Pampilla" 292147 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA Acuerdo Nº 012-2005-C/MDP.- Declaran en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de insumos comple-mentarios para el Programa del Vaso de Leche 292148PREPUBLICACIÓN OSINERG Prepublicación - Res. Nº 079-2005-OS/CD.- Proyecto de Resolu- ción que aprueba la incorporación de requisitos en los procedi-mientos correspondientes a la Gerencia de Fiscalización en Hidro-carburos 292149 Prepublicación - Res. Nº 080-2005-OS/CD.- Procedimientos para obtener Informes Técnicos Favorables para Establecimientos deVenta al Público de GNV, Consumidores Directos y Estaciones deServicio, Grifos y Gasocentros de GLP para Uso Automotor, dondese desee instalar equipos y accesorios para la venta al público deGNV 292160