Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2005 (06/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES PREPUBLICACION

MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2005

Procedimientos para obtener Informes Tecnicos Favorables para Establecimientos de Venta al Publico de GNV, Consumidores Directos y Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP para Uso Automotor, donde se desee instalar equipos y accesorios para la venta al publico de GNV
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 080-2005-OS/CD
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Memorando Nº GFH-L-1115-2005 de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos, por el cual se somete a consideracion del Consejo Directivo, la prepublicacion del proyecto de los Procedimientos para el otorgamiento de los Informes Tecnicos Favorables para Establecimientos de Venta al Publico de Gas Natural Vehicular (GNV), Consumidores Directos de GNV y, Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP para uso automotor donde se desee instalar equipos y accesorios para la venta al publico de GNV; CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de regular los requisitos, los plazos, las condiciones y los procedimientos para el otorgamiento de los Informes Tecnicos Favorables para Establecimientos de Venta al Publico de GNV, Consumidores Directos de GNV y, Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP para uso automotor donde se desee instalar equipos y accesorios para la venta al publico de GNV, la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos ha propuesto la aprobacion del proyecto de MORDAZA que regule los mismos; Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento General de OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobacion del proyecto MORDAZA mencionado se requiere su prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos y de la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web: www.osinerg.gob.pe de los Procedimientos para el otorgamiento de los Informes Tecnicos Favorables para Establecimientos de Venta al Publico de Gas Natural Vehicular (GNV), Consumidores Directos de GNV y para las Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP para uso automotor, donde se desee instalar equipos y accesorios para la venta al publico de GNV. Articulo 2º.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas, por escrito, en la Mesa de Partes de OSINERG o via correo electronico a legalgfh@osinerg.gob.pe, hasta 15 dias calendario contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo de Gas Natural Vehicular (GNV), Consumidores Directos de GNV y para las Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP para uso automotor, donde se desee instalar equipos y accesorios para la venta al publico de GNV; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ambito y materia de su respectiva competencia, entre otros, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-EM del 2 de febrero de 2005, se aprobo el Reglamento para la Instalacion y Operacion de Establecimientos de Venta al Publico de Gas Natural Vehicular (GNV); Que, conforme lo dispuesto en el articulo 11º del citado cuerpo normativo, OSINERG es el organo competente para establecer los procedimientos administrativos para la obtencion de los Informes Tecnicos Favorables de Instalacion y de Uso y Funcionamiento de los Establecimientos de Venta al Publico de GNV; Que, asimismo, el articulo 21º del Reglamento en mencion establece que en las Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP para uso automotor, se podran instalar equipos y accesorios para la venta al publico de GNV, previa aprobacion de OSINERG; Que, conforme lo establecido en el articulo 102º del Reglamento para la Instalacion y Operacion de Establecimientos de Venta al Publico de Gas Natural Vehicular (GNV), OSINERG se encuentra facultado a normar los procedimientos para la obtencion de Informes Tecnicos Favorables de los Consumidores Directos de GNV; Que, en tal sentido resulta necesario que OSINERG apruebe los procedimientos administrativos para el otorgamiento de los Informes Tecnicos Favorables para los Establecimientos de Venta al Publico de GNV, Consumidores Directos de GNV y para las Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP para uso automotor, donde se desee instalar equipos y accesorios para la venta al publico de GNV; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, OSINERG prepublico el XXX de 2005 en el Diario Oficial El Peruano el proyecto de los Procedimientos para el otorgamiento de los Informes Tecnicos Favorables para Establecimientos de Venta al Publico de GNV, Consumidores Directos de GNV y para las Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP para uso automotor, donde se desee instalar equipos y accesorios para la venta al publico de GNV, con la finalidad de recibir los aportes y comentarios del publico en general, los mismos que han sido evaluados para la elaboracion de la presente norma; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores y por el literal c) del articulo 23º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los Procedimientos para el otorgamiento de los Informes Tecnicos Favorables para Establecimientos de Venta al Publico de Gas Natural Vehicular (GNV), Consumidores Directos de GNV y para las Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP para uso automotor, donde se desee instalar equipos y accesorios para la venta al publico de GNV que, en anexo adjunto, forma parte integrante de la presente resolucion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

PROYECTO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº XXX-2005-OS/CD
MORDAZA, VISTO: El Memorando Nº GFH-XXX-2005 de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos por el cual se someten a la aprobacion del Consejo Directivo, los procedimientos administrativos para el otorgamiento de los Informes Tecnicos Favorables para los Establecimientos de Venta al Publico

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