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PÆg. 292160 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de mayo de 2005 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 080-2005-OS/CD Lima, 22 de abril de 2005 VISTO: El Memorando Nº GFH-L-1115-2005 de la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos, por el cual se somete aconsideración del Consejo Directivo, la prepublicación delproyecto de los Procedimientos para el otorgamiento delos Informes Técnicos Favorables para Establecimientosde Venta al Público de Gas Natural Vehicular (GNV), Con-sumidores Directos de GNV y, Estaciones de Servicio, Gri-fos y Gasocentros de GLP para uso automotor donde sedesee instalar equipos y accesorios para la venta al públi-co de GNV; CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de regular los requisitos, los plazos, las condiciones y los procedimientos para el otorgamientode los Informes Técnicos Favorables para Establecimientosde Venta al Público de GNV, Consumidores Directos deGNV y, Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros deGLP para uso automotor donde se desee instalar equipos yaccesorios para la venta al público de GNV, la Gerencia deFiscalización en Hidrocarburos ha propuesto la aprobacióndel proyecto de norma que regule los mismos; Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento General de OSINERG aproba- do por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la apro- bación del proyecto antes mencionado se requiere su pre-publicación en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG aprobado porDecreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos y de la Geren-cia Legal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la prepublicación en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web: www.osinerg.gob .pe de los Procedimientos para el otorgamiento de los Informes Técni-cos Favorables para Establecimientos de Venta al Público deGas Natural Vehicular (GNV), Consumidores Directos de GNVy para las Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros deGLP para uso automotor, donde se desee instalar equipos yaccesorios para la venta al público de GNV. Artículo 2º.- Las sugerencias y observaciones serán re- cibidas, por escrito, en la Mesa de Partes de OSINERG o víacorreo electrónico a legalgfh@osinerg.gob.pe, hasta 15 días calendario contados desde la fecha de publicación de lapresente resolución en el Diario Oficial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo PROYECTO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº XXX-2005-OS/CD Lima, VISTO:El Memorando Nº GFH-XXX-2005 de la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos por el cual se someten a laaprobación del Consejo Directivo, los procedimientos admi-nistrativos para el otorgamiento de los Informes TécnicosFavorables para los Establecimientos de Venta al Públicode Gas Natural Vehicular (GNV), Consumidores Directos de GNV y para las Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocen-tros de GLP para uso automotor, donde se desee instalarequipos y accesorios para la venta al público de GNV; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 – Ley Marco de los Organis-mos Reguladores de la Inversión Privada en los ServiciosPúblicos, la función normativa de los Organismos Regula-dores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclu-siva de dictar, en el ámbito y materia de su respectivacompetencia, entre otros, los reglamentos de los procedi-mientos a su cargo, normas de carácter general referidas aactividades supervisadas o de sus usuarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-EM del 2 de febrero de 2005, se aprobó el Reglamento para laInstalación y Operación de Establecimientos de Venta alPúblico de Gas Natural Vehicular (GNV); Que, conforme lo dispuesto en el artículo 11º del citado cuerpo normativo, OSINERG es el órgano competente paraestablecer los procedimientos administrativos para la ob-tención de los Informes Técnicos Favorables de Instala-ción y de Uso y Funcionamiento de los Establecimientos deVenta al Público de GNV; Que, asimismo, el artículo 21º del Reglamento en men- ción establece que en las Estaciones de Servicio, Grifos yGasocentros de GLP para uso automotor, se podrán insta-lar equipos y accesorios para la venta al público de GNV,previa aprobación de OSINERG; Que, conforme lo establecido en el artículo 102º del Reglamento para la Instalación y Operación de Estableci- mientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular (GNV),OSINERG se encuentra facultado a normar los procedi-mientos para la obtención de Informes Técnicos Favora-bles de los Consumidores Directos de GNV; Que, en tal sentido resulta necesario que OSINERG aprue- be los procedimientos administrativos para el otorgamientode los Informes Técnicos Favorables para los Establecimien-tos de Venta al Público de GNV, Consumidores Directos deGNV y para las Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentrosde GLP para uso automotor, donde se desee instalar equi-pos y accesorios para la venta al público de GNV; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por elDecreto Supremo Nº 054-2001-PCM, OSINERG prepubli-có el XXX de 2005 en el Diario Oficial El Peruano el proyec-to de los Procedimientos para el otorgamiento de los Infor-mes Técnicos Favorables para Establecimientos de Ventaal Público de GNV, Consumidores Directos de GNV y paralas Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLPpara uso automotor, donde se desee instalar equipos yaccesorios para la venta al público de GNV, con la finalidadde recibir los aportes y comentarios del público en general,los mismos que han sido evaluados para la elaboración dela presente norma; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores y por el literal c)del artículo 23º del Reglamento General de OSINERG,aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización en Hidro-carburos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Procedimientos para el otorgamiento de los Informes Técnicos Favorables paraEstablecimientos de Venta al Público de Gas Natural Ve-hicular (GNV), Consumidores Directos de GNV y para lasEstaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP parauso automotor, donde se desee instalar equipos y acceso-rios para la venta al público de GNV que, en anexo adjun-to, forma parte integrante de la presente resolución. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoProcedimientos para obtener Informes Técnicos Favorables para Establecimientos de Venta al Público de GNV, Consumidores Directos y Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de GLP para Uso Automotor, donde se desee instalar equipos y accesorios para la venta al público de GNVPREPUBLICACIÓN