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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2005 (06/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 80

PÆg. 292146 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de mayo de 2005 imprevistos no cubiertos por la Seguridad Social y/o Segu- ro Médico Familiar previo informe favorable de la encarga-da de Bienestar de la Entidad. b) Apoyo a las actividades de recreación y deportes así como artísticas y culturales de los trabajadores de la entidad. c) Otorgamiento de Premios Honoríficos en función de los informes evaluativos semestrales anuales del desempeñode los trabajadores de la Entidad y de los grupos de Trabajo. d) Financiamiento total o parcial de Becas de perfeccio- namiento, capacitación, estudios o tesis profesionales, re-lacionadas a sus respectiva áreas de trabajo y/o activida-des propias de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. e) Promover el dictado de cursos formativos de la per- sonalidad que coadyuven con la salud síquica, corporal yespiritual del trabajador de la Municipalidad Distrital dePuente Piedra. f)Financiamiento para la adquisición de bienes mue- bles e inmuebles de la entidad con fines culturales o re-creacionales que pasarán a propiedad de los trabajado-res de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, a travésdel propio CAFAE-Municipalidad Distrital de Puente Piedra. g) Financiamiento de aguinaldos, asignaciones o grati- ficaciones según lo dispuesto en el Decreto SupremoNº 052-80-PCM. h) Financiamiento de Servicio de Comedor, Movilidad, Nido Cuna, entre otros. Artículo Vigésimo Sexto.- El Fondo de Asistencia y Estímulo será utilizado excepcionalmente y en casos debi-damente justificados y aprobados por el Comité de Admi-nistración, en beneficio de aquellas personas o actos deasistencia social que contribuyan al cumplimiento de lamisión de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Talexcepción también comprende, la posibilidad de brindarapoyo económico a la Municipalidad Distrital de PuentePiedra para la atención de compromisos urgentes en casode faltas de disponibilidad de recursos inmediatos. Artículo Vigésimo Séptimo.- El otorgamiento de los Premios Honoríficos con cargo al Fondo de Asistencia y Estímulo se haráanualmente al celebrarse el “Día del Servidor Municipal”, “Día delServidor Público” y, al conmemorarse cada “Aniversario de laMunicipalidad Distrital de Puente Piedra”. Adicionalmente podránestablecer premios honoríficos en Fiestas Patrias, Navidad y otrosque el Comité en coordinación con la Municipalidad Distrital dePuente Piedra considere convenientes. Artículo Vigésimo Octavo.- La aplicación del Fondo de Asistencia y Estímulo se hará de acuerdo al Plan Anual deTrabajo, Plan Anual de Utilización, Normas Generales y Especí-ficas, Reglamento de Asistencia y Permanencia y otros queresulten aplicables. Al respecto, el monto del préstamo que seotorgue dependerá de la cantidad del Fondo existente y deacuerdo a la autorización del Comité de Administración delFondo de Asistencia y Estímulo, el cual será descontado men-sualmente según el plazo y demás condiciones acordados. Artículo Vigésimo Noveno.- Los montos asignados al Plan Anual de Utilización del Fondo de Asistencia y estímu-lo podrán ser modificados en Sesión Extraordinaria con elvoto unánime de los miembros de Administración del Fon-do de Asistencia y Estímulo, cuando existan motivos deter-minantes para tal acción. CAPÍTULO IX DEVOLUCIONES POR DESCUENTOS INDEBIDOS Artículo Trigésimo.- En caso de devoluciones por des- cuentos indebidos, cuyos montos hubieran sido ingresa-dos a la Cuenta “Fondo de Asistencia y Estímulo deCAFAE - Municipalidad Distrital de Puente Piedra, elGerente de Administración solicitará al Comité de Adminis-tración del Fondo de Asistencia y Estímulo la devoluciónde la cantidad indebidamente descontada, previo informefavorable del Jefe de la Subgerencia de Personal de laMunicipalidad Distrital de Puente Piedra. Artículo Trigésimo Primero.- Para los efectos a que se contrae el artículo anterior, el Comité de Administración delFondo de Asistencia y Estímulo girará a nombre del interesa-do el monto correspondiente al descuento indebido y dispon-drá se efectúen los movimientos de caja respectivos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los asuntos no contemplados en el presen- te reglamento Interno, serán evaluados y resueltos por elComité de Administración del Fondo de Asistencia yEstímulo, pudiendo recurrir a la contratación de expertosindependientes según la complejidad del caso materia deconsulta.Segunda.- El presente Estatuto podrá ser modificado o ampliado en asamblea General Extraordinaria, convocadaexclusivamente para este efecto, con la participación yacuerdo unánime de todos los miembros del Comité deAdministración del Fondo de Asistencia y Estímulo de laMunicipalidad Distrital de Puente Piedra. Tercera.- La representación legal del Comité de Admi- nistración del Fondo de Asistencia y Estímulo recaerá paratodos sus efectos en el Presidente del Comité de Adminis-tración de Fondos de Asistencia y Estímulo de la Munici-palidad Distrital de Puente Piedra. 08441 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban acumulación de sublotes en un solo lote de terreno matriz en zona de comercio vecinal RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 022-05-GODUMDS Surquillo, 6 de abril del 2005 EL GERENTE DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto, el Expediente Nº 80694-2005, seguido por don LUIS SUCLUPE PUICÓN, Gerente General de la EmpresaSERRATURE S.A. inscrita en la Ficha Nº 82463 del Regis-tro Mercantil de Lima, sobre ACUMULACIÓN DE LOTES,en un solo lote terreno matriz; CONSIDERANDO: Que, el Sublote A con 178.85 m2 se encuentra ubica- do en el Jr. Gonzalez Prada Nº 750, y el Sublote B con34.00 m2 colindante en la misma calle está en la mismacalle con Nº 746, en la Jurisdicción Distrital de Surquillo, dela provincia y departamento de Lima; Que, ambos lotes tienen la misma Zonificación C2 Zona de Comercio Vecinal, que permite la acumulación en áreassuperiores; Que, el recurrente ha cumplido con presentar los requi- sitos y/o documentación exigidos por el TUPA aprobadopor la Ordenanza Nº 084/MDS; Que, con el Informe favorable de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas Nº 002-05/SGCHU/GODU,de fecha 1 de febrero de 2005, concordante con el Reglamen-to Nacional de Construcciones y de la cancelación con ReciboNº 247284, del 10/1/2005, por derechos de ACUMULACIÓNDE LOTES, se ha cumplido con esta exigencia requerida; Que, de acuerdo al Informe Nº 030-05-AL/GODU-MDS, del 3-3-2005 de Asesoría Legal de la Gerencia de Obras yDesarrollo Urbano, y conforme a las atribuciones determi-nadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; ydemás normas vigentes. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la ACUMULACIÓN del Sublote A con 178.85 m2 de extensión, ubicado en el jirónGonzalez Prada Nº 750; y el Sublote B con 34.00 m2 deextensión, sito en la misma calle con Nº 746, del distrito deSurquillo, provincia y departamento de Lima, con la Zonifi-cación C2 Zona de Comercio Vecinal. Artículo Segundo.- Acorde con el Plano que se aprue- ba A-01, los Sublotes A y B y el ÁREA ACUMULADA y/olote matriz tienen el área, los linderos y medidas perimétri-cas siguientes: ÁREA DEL SUBLOTE A CON 178.85 m2 Por el frente con el jirón Gonzalez Prada con 4.75 ml Por la derecha entrando con el Sublote B y propiedad de terceros, con una línea quebrada de tres tramos; elprimero de 8.00 ml, el segundo doblando a la derecha con4.25 ml, y el tercero doblando a la izquierda con 14.00 ml. Por la izquierda entrando con propiedad de terceros, con una línea quebrada de siete tramos; el primero con7.55 ml, el segundo doblando a la izquierda con 0.70 ml, eltercero doblando a la derecha con 9.20 ml, el cuarto do-blando a la izquierda con 1.35 ml, el quinto doblando a laderecha con 4.20 ml, el sexto doblando a la derecha con0.25 cml y el séptimo doblando a la izquierda con 0.70 cml. Por el fondo con propiedad de terceros, con 10.95 ml.