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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2005 (06/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 77

PÆg. 292143 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de mayo de 2005 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban Reglamento del CAFAE de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2005-MDPP Puente Piedra, 20 de abril de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA CONSIDERANDO: Que, el artículo 140º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, estableceque la administración pública a través de sus entidades debe-rá diseñar y establecer políticas para implementar, de modoprogresivo, programas de bienestar social e incentivos dirigi-dos a la promoción humana de los servidores y su familia, asícomo a contribuir al mejor ejercicio de las funciones asigna-das. Se programan y ejecutan con la participación directa derepresentantes elegidos por los trabajadores; Que, por Decreto Supremo Nº 006-75-PM-INAP, modifi- cado por Decreto Supremo Nº 028-81-PCM, se aprobaronnormas generales a las que deben sujetarse los organis-mos del Sector Público Nacional para la aplicación del Fon-do de Asistencia y Estimulo, en el que se establece lacreación de los Comités de Administración del Fondo deAsistencia y Estimulo - CAFAE que brindan incentivos y/oentregas, programas o actividades de bienestar a trabaja-dores del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas; Que, el Decreto Supremo Nº 006-75-PM/INAP, concor- dante con el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 067-92-EF, señala que el Comité de Administración del Fondo deAsistencia y Estímulo (CAFAE) es una organización consti-tuida, por Resolución del Titular del Pliego Presupuestal decada organismo, para administrar el Fondo de Asistencia yEstímulo de los trabajadores del mismo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 006-75-PM/INAP modificado por elartículo 1º del Decreto Supremo Nº 097-82-PCM, los Comi-tés de Administración del Fondo de Asistencia y Estimulo,se constituyen cada dos años por Resolución del Titular delPliego Presupuestal; es decir, tienen una duración bianual,transcurrido el cual se extinguen, siendo necesario un nue-vo acto constitutivo cada vez que transcurra el plazo aludi-do, lo cual hace de los CAFAE, organizaciones de naturale-za peculiar que se constituyen y extinguen cada dos años; Que, el artículo 7º del Decreto de Urgencia Nº 088- 2001 de fecha 22/7/2001 - que establece disposicionesaplicables a los CAFAES de las entidades públicas, señalaque el acto constitutivo y el estatuto de los Comités deAdministración de Fondos de Asistencia y Estímulo, debe-rán registrarse en el Libro Especial que al efecto se imple-mentará en los Registros Públicos; Que, en atención a lo señalado en los párrafos precedente, los actos relativos a los CAFAE, deben inscribirse en un libroespecial: el libro de los Comités de Administración de los Fon-dos de Asistencia y Estímulo, implementados en el Registro dePersonas Jurídicas de cada oficina registral, conforme a loslineamientos señalados en la Directiva Nº 001-2002-SUNARP/SN aprobados por Resolución Nº 015-2002-SUNARP-SN defecha 13/1/2002 que establece los criterios para la inscripciónde los CAFAE de los trabajadores de los Organismos Públicos; Que, de otro lado, las normas que regulan los CAFAE sólo establecen como una de las funciones de los Comités deAdministración de los Fondos de Asistencia y Estímulo, la deelaborar y aprobar el Reglamento Interno y su modificacióncuando sea necesario, no refiriéndose en ningún caso, salvoen el decreto de urgencia ya aludido, a la aprobación de susestatutos, lo cual resulta comprensible, en atención a que losCAFAE son organizaciones peculiares que no constituyen enestricto, personas jurídicas, y por tanto no cuentan con unEstatuto, sino sólo con un Reglamento Interno; Que, de acuerdo con lo señalado en el párrafo que antecede, debe entenderse que la referencia al “Estatuto”de los CAFAE, hecha por el Decreto de Urgencia Nº 088-2001, es en realidad, al Reglamento Interno de los mis-mos; por lo que, corresponderá inscribir dicho Reglamento; Que, cabe, señalar que las normas antes señaladas (Decretos Supremos Nºs. 006-75-PM/INAP; 052-80-PCM;028-81-PCM; 097-82-PCM; 067-92-PCM) fueron ratificadospor el artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 088-2001 de fecha 22/7/2001; Que, los fondos que financian estos programas o bene- ficios entregados genéricamente a los trabajadores se sus-tentan en: a) Descuentos por tardanza o inasistencia alcentro de labores, b) Las donaciones y legados, c) Lastransferencias de recursos que por cualquier fuente reci-ban de la propia entidad, y autorizadas por su Titular; d)Las rentas generadas por los activos propios y/o bajo suadministración; e) Los demás ingresos que obtenga poractividades y/o servicios, conforme lo señala el artículo 3ºdel Decreto de Urgencia Nº 088-2001 de fecha 22/7/2001; Que, los Fondos Públicos son los que manejan las entida- des públicas y las empresas estatales de derecho público y dederecho privado, los cuales se orientan a la atención de losgastos que genere el cumplimiento de sus fines, independien-temente de la fuente de financiamiento de donde provengan.Su percepción es responsabilidad de las entidades competen-tes con sujeción a las normas de la materia, conforme lo señalael artículo 10º de la Ley Nº 28411 de fecha 8/12/2004 - LeyGeneral del Sistema Nacional de Presupuesto; así mismo elartículo 2º de la acotada Ley establece que las Entidades delGobierno General, están comprendidas por los niveles de Go-bierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local; Que, la Novena Disposición Transitoria de la acotada Ley, señala que solo podrán efectuar transferencias defondos públicos al CAFAE los Pliegos Presupuestarios delGobierno Nacional y Gobiernos Regionales cuyo personalse regula bajo el Régimen Laboral Público - Decreto Legis-lativo Nº 276; por lo tanto, de acuerdo a las normas preci-tadas quedan impedidas de efectuar transferencias de fon-dos públicos al CAFAE los Gobiernos Locales; Que, resulta legalmente amparable la constitución del CAFAE en esta Entidad, puesto que los funcionarios y em-pleados municipales se encuentran dentro del régimen la-boral general aplicable a la administración pública, es decirdentro del ámbito de aplicación del Decreto LegislativoNº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, confor-me lo señala el artículo 37º de la Ley Nº 27972 - LOM; Que, de conformidad con las normas municipales aco- tadas y del artículo 20º numeral 20 de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Comi- té de Administración del Fondo de Asistencia y Estimulo dela Municipalidad Distrital de Puente Piedra (CAFAE), el mis-mo que forma parte integrante del presente Decreto y constade 31 artículos y tres disposiciones generales y finales. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del pre- sente Decreto de Alcaldía a la Subgerencia de Personal ya la Gerencia de Administración. Artículo Tercero.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DE LA DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO Artículo Primero.- El Comité se denomina Comité de Administración de Fondos de Asistencia y Estímulo de laMunicipalidad Distrital de Puente Piedra. Artículo Segundo.- La duración del Comité es indefini- da y no podrá ser disuelta por resolución administrativa. Artículo Tercero.- La sede central del Comité está ubi- cado en la provincia de Lima, distrito de Puente Piedra. CAPÍTULO II FINALIDAD Y OBJETIVO Artículo Cuarto.- El presente Estatuto tiene por finali- dad establecer las normas que regulen la organización y