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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G34/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de mayo de 2005 y de los interesados de la presente Ordenanza, para su conocimiento y fines. Artículo Sexto.- Disponer su publicación mediante el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y archive. JOSÉ CÁRCAMO NEYRA Alcalde Provincial 08801 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE DANIEL HERNÁNDEZ /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20 /G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G6E/G2D /G7A/G61/G20/G61/G20/G70/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G2D/G79/G65/G6E/G74/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2005-AC-MDDH Daniel Hernández, 25 de abril del 2005 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE DANIEL HERNÁNDEZ VISTOS: En Sesión Extraordinaria del Concejo de la Municipa- lidad Distrital de Daniel Hernández de fecha 21 de abril del 2005, el Informe Nº 24-2005-MDDH/GM de 19 de abril del 2005, el informe Nº 023-MDDH/GPP de 18 deabril del 2005, Informe de la Subgerencia de Rentas y/o caja (e) Nº 056-MDDH/SGR. de fecha 30 de marzo del 2005, y el informe Técnico Legal Nº 01-2005-ALE/MDDH,de fecha 17 de abril del 2005. CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular que son Perso-nas Jurídicas de Derecho Público con Autonomía Econó- mica y Administrativa, en los asuntos de su competencia. Que, mediante Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 21 de abril del 2005, se ha tratado como uno de los puntos de agenda evaluar los informes presentados por la Gerencia Municipal, Gerencia de Presupuesto y Pla-nificación, Subgerencia de Rentas y el Informe Técnico Legal del Asesor Externo de la Municipalidad. Que, conforme a los informes que sustentan, existen entidades en nuestra jurisdicción que no cumplen con sus obligaciones para con la Comuna, por lo que es necesario fiscalizar y determinar deudas tributarias y notributarias a favor del Municipio y que no es posible rea- lizarlas con los recursos humanos y técnicos con que cuenta la Municipalidad, por carecer de personal técnicoespecializado en estos asuntos. Que de acuerdo a los informes, que sustentan a la configuración del supuesto del Servicio Personalísimo,previsto en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, así comola consiguiente exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de Asesoría Técnica y Legal de Fiscalización y Cobranzas de deudas tributa-rias y no tributarias. Que la Municipalidad Distrital de Daniel Hernández carece actualmente de personal especializado en losasuntos de Fiscalización y Cobranza de deudas tributa- rias y no tributarias de grandes y medianos contribuyen- tes, que, de acuerdo con la evaluación del proyectopresentado por la empresa COSEMSA, éste cuenta con recursos humanos con especialización en materia tribu- taria y amplia experiencia en el recupero de deudas tri-butarias y no tributarias de Gobiernos Locales.Que, de acuerdo a los informes aludidos se aprecia una considerable deuda tributaria y no tributaria que no ha sido cobrada, ni exigida coactivamente por la com- plejidad para su determinación y posterior cobranza yque podrían quedar prescritas si no se adoptan medidas urgentes. Que, según el inciso f) del artículo 19º del Texto Úni- co Ordenado de de la Ley de Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM es- tán exonerados del proceso de selección las adquisicio-nes y contrataciones que se realicen para servicios per- sonalísimos de acuerdo a lo que establezca el Regla- mento. Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que las adquisi-ciones y contrataciones exoneradas, se realizan me- diante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de gobiernoslocales. Que, la empresa COSEMSA, cuenta con personal capacitado y especializado en Fiscalización y Cobranzaen deuda tributaria a favor de la Municipalidad; conforme lo acredita con la documentación evaluada, aunado que lo efectuará con su propio peculio y solo cobrará un 28%de porcentaje de lo que efectivamente logre recaudar, siendo estos hechos los que la diferencian de los demás competidores del mercado, por lo que resulta proceden-te la contratación de dicha contratista para la realización del trabajo mencionado. En consecuencia, conforme a las facultades conferi- das en el artículo 9º y 20º la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta por unanimidad de votos de susmiembros asistentes, el Concejo Distrital de Daniel Her- nández adopta el siguiente acuerdo. SE ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar la contratación de la empresa COSEMSA como servicios personalísimos de conformidad el enciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Segundo.- Exonerar a la Municipalidad Dis- trital de Daniel Hernández del proceso de selección deAdquisición Directa Pública para la contratación del ser- vicio de Asesoría Técnica Legal especializada en Fisca- lización y Cobranzas a principales y medianos contribu-yentes a favor de la Municipalidad. Artículo Tercero.- La contratación a la que se refie- ren los artículos precedentes será brindada durante elperíodo que dure el servicio pactado y su fecha límite es el 31 de diciembre del 2006 y se establece como valor referencial del costo el VEINTIOCHO (28%) POR CIEN-TO, incluidos los Impuestos de Ley sobre la recauda- ción efectiva que ingresa a caja de la Municipalidad Dis- trital de Daniel Hernández. La realización del proceso correspondiente estará a cargo de un comité especial que seguirá el procedimien- to dispuesto por el artículo 148º del Reglamento de Ad-quisiciones del Estado, aprobado el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Cuarto.- La fuente de financiamiento para asumir el costo del servicio es de recursos propios pre- cisando que serán los efectivamente recaudados como consecuencia de la prestación de servicios efectuada. Artículo Quinto.- El presente Acuerdo de Concejo así como los informes, se remitirán a la Contraloría Ge- neral de la Republica y al Consejo Superior de Adquisi-ciones del Estado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación del presente Acuer- do de Concejo. Artículo Sexto.- Disponer la publicación del presen- te Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Oficial de la Región y remitir el original del mismo dentrode los diez (10) días hábiles de su aprobación a la Con- traloría de la Republica y al Consucode. Regístrese, publíquese y cúmplase. FREDY PONCE ÁNGELES Alcalde 08883