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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2005 (23/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G31/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de mayo de 2005 Asimismo, se señalan los compromisos que están dispuestos a asumir las organizaciones de la Sociedad Civil, organismos públicos o la cooperación técnica in- ternacional, para la implementación de tales acciones. b.2 Definición de Criterios de Priorización.- Los Agentes Participantes discuten los criterios para la prio- rización de las acciones a implementar tendientes a re- solver los problemas o aprovechar las potencialidades identificados en los talleres de diagnóstico temático y territorial, tomando como referencia los criterios esta- blecidos en las Directivas que emita la Dirección Nacio- nal del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Sexto.- EVALUACIÓN TÉCNICA DE PRIO- RIDADES Es realizada por el Equipo Técnico y consiste en el análisis y desarrollo técnico y financiero de cada una de las acciones propuestas resultantes de los Talleres de Trabajo para evaluar su viabilidad y de las alternativas que sobre ellas sugiera el propio Equipo Técnico, ten- dientes a resolver los problemas identificados o al apro- vechamiento de las potencialidades encontradas en el diagnóstico. En los casos de Proyectos de Inversión Pública, esta evaluación considerará el mínimo de preinversión re- querido, según las normas que para tal efecto dicta la Dirección General de Programación Multianual del Mi- nisterio de Economía y Finanzas. La evaluación y desa- rrollo financiero de las propuestas se realiza teniendo en cuenta los recursos específicos determinados para la atención de acciones resultantes del proceso participa- tivo, preservando siempre el equilibrio entre los recur- sos disponibles y los montos de recursos requeridos para la atención de las necesidades. Artículo Séptimo.- FORMALIZACIÓN DE LOS ACUERDOS Los resultados del proceso participativo consolida- dos por el Equipo Técnico, incluyendo la evaluación y el desarrollo técnico y financiero de las propuestas, son presentados por el Alcalde, a los Agentes Participantes para su discusión, consideración, modificación y apro- bación final mediante acuerdos, los cuales deberán figu- rar en el Libro de Actas del Presupuesto Participativo 2006 que para estos efectos lleve la Municipalidad el mismo que debe ser suscrito por los Agentes Partici- pantes en general. Las actas debidamente suscritas serán puestas en conocimiento del Concejo de Coordinación Local Distri- tal para la discusión, consideración y concertación del presupuesto Institucional participativo correspondiente al año 2006. Las acciones resultantes del proceso del presupuesto participativo, que deberán ser incluidos, en caso su fi- nanciamiento considere recursos públicos, en la formu- lación del presupuesto institucional de la entidad, consti- tuyen el Presupuesto Participativo del Gobierno Local y es remitido para su aprobación al Concejo Municipal. Formalizado el Acuerdo y aprobado el Presupuesto Participativo por el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo Municipal u Ordenanza, el Alcalde dispondrá su publicación. Copia del documento que formaliza los acuerdos y del documento que aprueba los Presupuestos Participa- tivos se remiten a la Contraloría General de la Repúbli- ca, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Direc- ción Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Octavo.- SECTORIZACIÓN Para efectos del Proceso de Presupuesto Participa- tivo para el año 2005 se han establecido nueve (9) sec- tores, los mismos que se detallan en el documento que como anexo forma parte de la presente directiva. DISPOSICIONES FINALES Única.- Los aspectos no previstos en la presente Directiva serán resueltos por el Equipo Técnico. 09573PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CCAPI /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 023-MDCC-P/05 Ccapi, 9 de mayo del 2005 VISTO: En sesión Ordinaria de fecha 6 de mayo del 2005, el Informe del Comité Especial; CONSIDERANDO: Que, en el proceso de selección ADS Nº 001-2005/ MDCC/P para la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche para el período comprendido de marzoa diciembre del 2005 ordenado en cuatro ítems, se declaró desierto tres Ítems convocados debido al incumplimiento de la exigencia de las bases; habiéndose expedido la Re-solución de Alcaldía Nº 040-2005 por el que el Alcalde de- clara la Nulidad Parcial de dicho Proceso de Selección; Que, el Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de Ccapi a través del Informe Legal Nº 01-2005-MDCC-P-AL comunica a la Alcaldía que ante los hechos y normatividad mencionados en los considerandos que preceden se haproducido una situación de Desabastecimiento Inminente por la Nulidad Parcial del Proceso de Selección Nº 001- 2005/MDCC/P, que compromete la continuidad en la distri-bución de los insumos del PVL, siendo necesario que se declare la situación de desabastecimiento inminente en tanto se lleve a cabo el nuevo proceso de selección; Que, en tanto se realice un nuevo proceso de selección se debe atender a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche y garantizar su continuidad, por lo que es nece-sario que se declare la situación de desabastecimiento inminente en el caso de los Ítems I y II, correspondiendo los mismos a los meses de marzo, abril y mayo; proceso quese halla regulado en el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM y el Art. 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM; Estando a lo expuesto de conformidad con las nor- mas legales citadas y la LOM, el numeral 6.4 y 6.5 de la Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE-PRE, el Con- cejo Municipal, por unanimidad aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Declarar en Situación de DESA- BASTECIMIENTO INMINENTE al Programa del Vaso deLeche de la Municipalidad Distrital de Ccapi, para la Ad- quisición de Insumos detallados en el siguiente artículo. Artículo Segundo.- Autorizar a la Jefatura de Abas- tecimiento de la Municipalidad, la adquisición de Insu- mos para los meses de marzo y abril Quinuavena Lac- teada Azucarada, 4620.57 Kg. a S/. 3.50 por Kg. cuyovalor referencial es S/. 16,171 con cargo a los Recursos Ordinarios de Los G.L.; igualmente para el mes de mayo Leche Evaporada, 4492 latas de 410 ml. a S/. 1.80 cuyovalor referencial es S/. 8086 con cargo a Recursos Or- dinarios para G.L.; ascendiendo a un total de S/. 24,257. Artículo Tercero.- Disponer que la Comisión de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios determinen la res- ponsabilidad de los funcionarios cuya conducta haya originado el Desabastecimiento. Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Ccapi la publicación del pre- sente en el Diario Oficial El Peruano y Contraloría Gene-ral de la República. Regístrese, publíquese y cúmplase. EGBERTO HOLGUIN GRAJEDA Alcalde 09575