Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2005 (23/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2005

los gobiernos locales, la planeacion local conceptualizada como un MORDAZA integral, permanente y participativo, articulando a las Municipalidades con sus vecinos, en el cual se establecen las politicas publicas a nivel local teniendo en cuenta la participacion ciudadana a traves de los vecinos y organizaciones vecinales; Que, en ese sentido, el Articulo 53º de la citada Ley establece que "Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley en la materia; y, en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. El Presupuesto Participativo forma parte del sistema de planificacion"; Que, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la MORDAZA en mencion establece que las Municipalidades determinaran los espacios de concertacion y regularan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Par ticipativo y, su Reglamento aprobado por D. S. Nº 171-2003-EF establecen las disposiciones orientadas a lograr la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion de los Presupuestos Participativos, desarrollados en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados; Que, mediante instructivo Nº 001-2005-EF/76.01 aprobado mediante R. D. Nº 006-2005-EF/76.01 se regula la programacion de los Presupuestos Participativos ­ Ano Fiscal 2006; Que, es necesario establecer el MORDAZA normativo dentro del cual los representantes de la sociedad civil van a participar en la elaboracion y formulacion del presupuesto participativo para el ano 2006; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, POR MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA MORDAZA DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE LA MORDAZA PARA EL EJERCICIO 2006 TITULO I ASPECTOS GENERALES CAPITULO I DEFINICION Y ALCANCES, OBJETO, FINALIDAD Y BASE LEGAL Articulo Primero.- Definicion y alcances El MORDAZA del Presupuesto Participativo es un espacio de deliberacion y concertacion democratica entre las autoridades electas, miembros del CCLD y los actores sociales, constituyendose en Agentes Participantes que identifican, priorizan y definen las acciones o proyectos de interes para la localidad, mediante mecanismos de analisis y de toma de decisiones, para llegar a acuerdos y compromisos de gestion de manera concreta y efectiva, a fin de elaborar en su contenido las aspiraciones y expectativas de los participantes para su Distrito, utilizando criterios de costo ­ eficiencia y costo ­ eficacia, enmarcado todo ello en el Plan de Desarrollo Concertado del Distrito y el Presupuesto Institucional. Articulo Segundo.- Objeto La Presente Ordenanza tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo, los mecanismos y procedimientos mediante los cuales los Agentes Participantes participan en el MORDAZA de desarrollo del Presupuesto Participativo Distrital, de acuerdo a la secuencia preestablecida en el Esquema Nº 3 del Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01, precisando ademas los criterios para la identificacion, acreditacion, registro y capacitacion de los Agentes Participantes, el cronograma para el desarrollo de las actividades; asi como, la conformacion y responsabilidades del Equipo Tecnico y del Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo. Articulo Tercero.- Finalidad Esta MORDAZA esta orientada para que, mediante los mecanismos y procedimientos que se establecen, las

autoridades electas y CCLD recojan las necesidades de los vecinos del Distrito y, luego del analisis y decisiones adoptadas en la secuencia del MORDAZA, teniendo en cuenta la vision del desarrollo Distrital, se fijen las prioridades del gasto publico en materia de gastos de inversion, mejorandose la asignacion y ejecucion de los recursos publicos. Articulo Cuarto.- Base Legal - Constitucion Politica del Peru. - Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. - Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783. - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo Nº 28056. - Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica Nº 27293. - D.S. Nº 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056. - Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01 para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2006. Aprobado por R.D. Nº 006-2005-EF/76.01. CAPITULO II DEFINICIONES BASICAS Articulo Quinto.- Definiciones Para efectos de la presente Ordenanza se considerara las definiciones contenidas en el Articulo 1º del Reglamento de la Ley Nº 28056, aprobado por D. S. Nº 1712003-EF, y las definiciones operativas del Glosario de Terminos del Anexo 08 del Instructivo Nº 001-2005-EF/ 76.01. TITULO II AGENTES PARTICIPANTES CAPITULO I CONVOCATORIA, IDENTIFICACION, ACREDITACION Y REGISTRO Articulo Sexto.- De la convocatoria El MORDAZA, con la participacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital, convoca a la poblacion debidamente organizada y a las organizaciones publicas y privadas del Distrito al MORDAZA para formular el Presupuesto Participativo, dando inicio al MORDAZA y desarrollo de las actividades inherentes. La convocatoria se publicara a traves del MORDAZA electronico o Pagina Web municipal, www.munimolina.gob.pe, vitrinas de publicacion visibles en la Municipalidad, carteles en los modulos de Serenazgo. Asimismo, podra utilizarse la radio, periodicos, revistas u otros medios de difusion disponibles. Articulo Setimo.- De la identificacion y acreditacion Hecha la convocatoria, la Gerencia de Imagen, Comunicaciones y Participacion Vecinal sera la encargada de identificar y acreditar los Agentes Participantes, para ello procedera a la difusion del inicio del MORDAZA a fin de promover mayor participacion y representacion posible de la sociedad civil organizada y de las instituciones publicas y privadas de la localidad; asi como de los profesionales con experiencia en Planeamiento y Presupuesto. Articulo Octavo.- Del registro La Gerencia de Imagen, Comunicaciones y Participacion Vecinal sera la encargada de abrir una base de datos para el registro de los Agentes Participantes que representaran a las organizaciones de la sociedad civil, representantes de las entidades representativas del Distrito, representantes del Gobierno Nacional designados, profesionales interesados en participar en el MORDAZA Participativo y, en general, todas aquellas instituciones y/o entidades representativas del distrito. Para tal efecto, los representantes de las organizaciones de la sociedad civil deberan presentar, ante la Gerencia de Imagen, Comunicaciones y Participacion Vecinal, una solicitud con la informacion minima correspondiente, conforme al Anexo Nº 04 del Instructivo 001-

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