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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (01/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G34/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de noviembre de 2005 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: /G52/G45/G53/G4F/G4C/G55/G43/G49/GD3/G4E/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G41/G20/G51/G55/G45/G20/G4D/G4F/G44/G49/G46/G49/G43/G41 /G45/G4C/G20/G43/G55/G41/G44/G52/G4F/G20/G44/G45/G20/G43/G4F/G4E/G46/G4F/G52/G4D/G41/G43/G49/GD3/G4E/G20/G44/G45 /G43/G4F/G4D/G49/G53/G49/G4F/G4E/G45/G53/G20/G4F/G52/G44/G49/G4E/G41/G52/G49/G41/G53/G20/G50/G41/G52/G41/G20/G45/G4C /G50/G45/G52/GCD/G4F/G44/G4F/G20/G41/G4E/G55/G41/G4C/G20/G44/G45/G20/G53/G45/G53/G49/G4F/G4E/G45/G53 /G32/G30/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G36 Artículo único.- Modificación del Cuadro de Conformación de Comisiones Ordinarias para elPeríodo Anual de Sesiones 2005-2006 Modifícase el Cuadro de Conformación de Comisiones Ordinarias para el Período Anual de Sesiones 2005-2006,en los siguientes términos: COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO 1. INFANTAS FERNÁNDEZ, Carlos FIM (Sale de titular) 2. ALVARADO DODERO, Fausto FIM (Entra como titular) 3. IBERICO NÚÑEZ, Luis FIM (Entra como accesitario) Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil cinco. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Primer Vicepresidente del Congresode la República 18489 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79 /G4E/GBA/G20/G32/G37/G33/G33/G32/G20/G2D/G20/G4C/G65/G79/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G61/G20/G65/G6E /G6C/G6F/G73/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73 DECRETO SUPREMO Nº 086-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), el OrganismoSupervisor de la Inversión en Energía (OSINERG), el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN)y la Superintendencia de Servicios de Saneamiento (SUNASS), son Organismos Reguladores que se rigen por la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los OrganismosReguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 033-2001-EF se aprobó la Política Remunerativa de OSIPTEL, OSINERG, OSITRAN y la SUNASS, incluyéndose en su Anexo, disposiciones sobre dietas, estableciendo queno se podrán percibir más de dos (2) dietas por mes, aunque se hubieran desarrollado mayor número de sesiones en dicho período; Que, el artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 27332, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, establece que el Consejo Directivo de los OrganismosReguladores sesionará ordinariamente como mínimo, una vez al mes y extraordinariamente, según determineel Presidente o la mayoría de sus miembros, no pudiéndose recibir más de cuatro (4) dietas por mes, aunque se hubiera desarrollado un número mayor desesiones en dicho período; Que, en el artículo 6º de la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2005, establece que con excepción de los sectores de Salud y Educación, está prohibido la aprobación de las escalasremunerativas, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, honorarios y beneficios de toda índole cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo o fuentede financiamiento; Que, en concordancia con la política de austeridad establecida en las normas vigentes, resulta pertinentemodificar el artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 27332, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042- 2005-PCM; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27332 y elDecreto Supremo Nº 033-2001-EF; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el primer párrafo del artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 27332 - Ley Marco delos Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, en los términos delsiguiente texto: "Artículo 13º.- De las sesiones del Consejo Directivo El Consejo Directivo sesionará ordinariamente como mínimo, una vez al mes y extraordinariamente, según determine el Presidente o la mayoría de sus miembros.La recepción de dietas se sujeta a lo que fuera dispuesto por el Decreto Supremo Nº 033-2001-EF. (...)" Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 18546 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E /G41/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G67/G72/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G52/G75/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 349-2005-PCM Lima, 31 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 5) del Artículo 5º y el Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Presidente de la República designa asus Asesores; Que, el Artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado porel Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM, establece que