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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (01/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G34/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de noviembre de 2005 Mar más adecuada a los requerimiento operacionales y logísticos de la Marina de Guerra del Perú; Que, el Estudio Estratégico e Informe Técnico Operacional mencionados en el considerando precedente, define un procedimiento metodológico queconcluye en una selección cuya adquisición optimiza el uso de los recursos públicos, al concordar la atención del requerimiento, el interés nacional, la metodología, losprincipios y normas técnicas requeridas para una adecuada selección del suministro idóneo; Que, con Resolución Legislativa Nº 27922, de fecha 14 de enero de 2003, el Congreso de la República aprobó el Memorándum de Entendimiento celebrado entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de laRepública Italiana para la Cooperación en el Campo de la Defensa y de los Materiales para la Defensa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2003-RE, de fecha 20 de enero de 2003, se ratificó el Memorándum de Entendimiento mencionado en el considerando precedente, en virtud del cual se efectuaron las gestionesdestinadas a adquirir dos primeras unidades de combate de las cuatro Fragatas Misileras ofrecidas, las mismas que se integraron a nuestra Escuadra Naval como B.A.P.“AGUIRRE” y B.A.P. “PALACIOS”, no requiriéndose por el antecedente expuesto, gestionar en adición un nuevo documento de similar naturaleza para continuar con elprocedimiento de adquisición de las segundas DOS (2) Fragatas Misileras Tipo “LUPO”; cuyo ofrecimiento fue formulado por la Marina Militar Italiana conjuntamentecon las primeras dos unidades navales ya adquiridas, las que por su naturaleza se enmarcan en la condición de buques de combate pertenecientes al ámbito de losmateriales destinados a la Defensa Nacional, que motivaron el interés de la Marina de Guerra del Perú acorde con su Plan Estratégico Institucional aprobado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 440-2004- DE/MGP de fecha 7 de abril de 2004, se autorizó a la Marina de Guerra del Perú a formular y suscribir elContrato de fecha 24 de mayo de 2004, con el que se concretó la adquisición de las primeras DOS (2) Fragatas Misileras parte de las CUATRO (4) ofrecidas por laMarina Militar Italiana, quien intervino representada por los Astilleros FINCANTIERI S.p.A. fabricante de las unidades en mención, quedando pendiente la adquisiciónde las DOS (2) Fragatas Misileras restantes; Que, el Astillero FINCANTIERI S.p.A., en aplicación del Artículo 49º de la Ley Italiana Nº 388 de fecha 23 dediciembre de 2000, tiene facultad para recibir las Fragatas Misileras de la Marina Militar Italiana, con el objeto de transferirlas a la Marina de Guerra del Perú mediantecontrato de compra-venta celebrado de acuerdo a las relaciones surgidas en virtud al Memorándum de Entendimiento suscrito entre el Gobierno de la Repúblicadel Perú y el Gobierno de la República de Italia para la cooperación en el campo de la Defensa y de los Materiales para la Defensa de fecha 10 de julio de 2002;y a la Carta de Entendimiento de fecha 22 de abril de 2004, en la que se ofreció en compraventa DOS (2) Fragatas Misileras de un total de CUATRO (4), queexpresamente el Ministerio de Defensa de la República del Perú manifiesta su voluntad de adquirir; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2004 DE/ MGP de fecha 28 de octubre de 2004, se autorizó al Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú a iniciar las gestiones para la adquisición de las DOS (2)Fragatas Misileras restantes de las CUATRO (4) ofrecidas por la Marina Militar Italiana, así como a efectuar las acciones administrativas correspondientespara la transferencia en propiedad de las citadas Unidades Navales, Fragatas Misileras Tipo “LUPO”; Que, en atención a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 018-2004 DE/MGP de fecha 20 de octubre de 2004, mediante el Decreto Ministerial Nº 021 del Ministerio de Defensa de la República de Italia, de fecha1 de junio de 2005, se aprueba el contrato de cesión de la Marina Militar Italiana a favor de FINCANTIERI S.p.A. respecto a las Fragatas Misileras denominadas de origen“PERSEO” y “SAGITTARIO”, el cual está subordinado a inicio de vigencia del contrato de compraventa acelebrarse entre el Ministerio de Defensa-Marina de Guerra del Perú y FINCANTIERI S.p.A.; Que, el actual marco jurídico vigente aplicable a la adquisición de las DOS (2) Unidades Navales restantes requiere se incorpore el marco presupuestal que viabilicesu oportuna adquisición por la suma de VEINTISÉIS MILLONES CIENTO CINCUENTISEIS MIL SETECIENTOS QUINCE CON 00/100 MILLONES DEEUROS (EUR 26´156,715.00), equivalentes al tipo de cambio vigente a la suma de TREINTA Y DOS MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS(US$ 32’000,000.00); Que, para tal efecto, el Comité de Administración del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional enla Sesión del 5 de agosto de 2005 aprobó la transferencia a la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra de la suma de QUINCE MILLONES CON 00/100 DÓLARESAMERICANOS (US$ 15’000,000.00) con cargo a los recursos del Fondo correspondientes al año 2005. Igualmente, en la Sesión del 4 de octubre de 2005 aprobóla transferencia a la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra de la suma de DIEZ MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 10’000,000.00) concargo a los recursos del mismo Fondo correspondientes al año 2006; Que, el saldo de la operación ascendente hasta la suma SIETE MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 7’000,000.00), más los costos bancarios, diferencial cambiario e intereses financierosque correspondan serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora Nº 004 Marina de Guerra, Fuente de Financiamiento RecursosDirectamente Recaudados; Que, las acciones destinadas a determinar las condiciones técnicas operativas de la adquisición de lasUnidades Navales, deben establecerse mediante acuerdo común de las partes, atendiendo a las condiciones del ofrecimiento y las particularidades delrequerimiento del suministro efectuadas por parte de la Marina de Guerra del Perú, lo que orientará preferentemente la distribución de los trabajos yasignación de recursos para el mantenimiento correspondiente, como parte de las prestaciones materia del contrato a suscribir; Que, el contrato a suscribirse debe contemplar que las prestaciones por su naturaleza sean ejecutadas en el área geográfica en la cual se realizarán los trabajos demantenimiento de las unidades navales para su travesía segura hacia el Perú, Puerto del Callao, debiendo considerar en toda atención de requerimientos materialesque surjan, los criterios de oportunidad, economía, calidad y garantía; Que, las Unidades a adquirirse se encuentran en territorio y puerto italiano siendo necesario efectuar en esa área geográfica los trabajos de mantenimiento necesarios para garantizar su nivel operativo y por endetránsito seguro hacia el Puerto del Callao, lo cual forma parte del precio total de transferencia; Que, el proyecto de Contrato para la adquisición de las DOS (2) Fragatas Misileras Tipo "LUPO" restantes de las Cuatro (4) ofertadas por la Marina Militar Italiana ha sido elaborado por el Ministerio de Defensa - Marinade Guerra del Perú, en coordinación con el astillero italiano bajo control estatal "FINCANTIERI S.p.A.", facultado en virtud a lo establecido en el DecretoMinisterial Nº 021 del Ministerio de Defensa de la República de Italia, de fecha 1 de junio de 2005, que aprueba el contrato de cesión de la Marina Militar Italianaa favor del referido astillero constructor; Que, atendiendo a las características de las gestiones propias de la determinación y conclusión del aspectopresupuestal y financiero de la adquisición en mención, corresponde a la Dirección de Economía de la Marina de Guerra del Perú, efectuarlas oportunamente en directarelación con los acuerdos adoptados por las partes y las condiciones de la operación comercial en el ámbito internacional; Que, de acuerdo a lo señalado corresponde expedir el dispositivo legal que faculte a la Marina de Guerra del