Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2005 (01/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 1 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Mar mas adecuada a los requerimiento operacionales y logisticos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el Estudio Estrategico e Informe Tecnico Operacional mencionados en el considerando precedente, define un procedimiento metodologico que concluye en una seleccion cuya adquisicion optimiza el uso de los recursos publicos, al concordar la atencion del requerimiento, el interes nacional, la metodologia, los principios y normas tecnicas requeridas para una adecuada seleccion del suministro idoneo; Que, con Resolucion Legislativa Nº 27922, de fecha 14 de enero de 2003, el Congreso de la Republica aprobo el Memorandum de Entendimiento celebrado entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana para la Cooperacion en el MORDAZA de la Defensa y de los Materiales para la Defensa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2003-RE, de fecha 20 de enero de 2003, se ratifico el Memorandum de Entendimiento mencionado en el considerando precedente, en virtud del cual se efectuaron las gestiones destinadas a adquirir dos primeras unidades de combate de las cuatro Fragatas Misileras ofrecidas, las mismas que se integraron a nuestra Escuadra MORDAZA como B.A.P. "AGUIRRE" y B.A.P. "PALACIOS", no requiriendose por el antecedente expuesto, gestionar en adicion un MORDAZA documento de similar naturaleza para continuar con el procedimiento de adquisicion de las segundas DOS (2) Fragatas Misileras MORDAZA "LUPO"; cuyo ofrecimiento fue formulado por la MORDAZA Militar Italiana conjuntamente con las primeras dos unidades navales ya adquiridas, las que por su naturaleza se enmarcan en la condicion de buques de combate pertenecientes al ambito de los materiales destinados a la Defensa Nacional, que motivaron el interes de la MORDAZA de MORDAZA del Peru acorde con su Plan Estrategico Institucional aprobado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 440-2004DE/MGP de fecha 7 de MORDAZA de 2004, se autorizo a la MORDAZA de MORDAZA del Peru a formular y suscribir el Contrato de fecha 24 de MORDAZA de 2004, con el que se concreto la adquisicion de las primeras DOS (2) Fragatas Misileras parte de las CUATRO (4) ofrecidas por la MORDAZA Militar Italiana, quien intervino representada por los Astilleros FINCANTIERI S.p.A. fabricante de las unidades en mencion, quedando pendiente la adquisicion de las DOS (2) Fragatas Misileras restantes; Que, el Astillero FINCANTIERI S.p.A., en aplicacion del Articulo 49º de la Ley Italiana Nº 388 de fecha 23 de diciembre de 2000, tiene facultad para recibir las Fragatas Misileras de la MORDAZA Militar Italiana, con el objeto de transferirlas a la MORDAZA de MORDAZA del Peru mediante contrato de compra-venta celebrado de acuerdo a las relaciones surgidas en virtud al Memorandum de Entendimiento suscrito entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Italia para la cooperacion en el MORDAZA de la Defensa y de los Materiales para la Defensa de fecha 10 de MORDAZA de 2002; y a la Carta de Entendimiento de fecha 22 de MORDAZA de 2004, en la que se ofrecio en compraventa DOS (2) Fragatas Misileras de un total de CUATRO (4), que expresamente el Ministerio de Defensa de la Republica del Peru manifiesta su voluntad de adquirir; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2004 DE/ MGP de fecha 28 de octubre de 2004, se autorizo al Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru a iniciar las gestiones para la adquisicion de las DOS (2) Fragatas Misileras restantes de las CUATRO (4) ofrecidas por la MORDAZA Militar Italiana, asi como a efectuar las acciones administrativas correspondientes para la transferencia en propiedad de las citadas Unidades Navales, Fragatas Misileras MORDAZA "LUPO"; Que, en atencion a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 018-2004 DE/MGP de fecha 20 de octubre de 2004, mediante el Decreto Ministerial Nº 021 del Ministerio de Defensa de la Republica de Italia, de fecha 1 de junio de 2005, se aprueba el contrato de cesion de la MORDAZA Militar Italiana a favor de FINCANTIERI S.p.A. respecto a las Fragatas Misileras denominadas de origen "PERSEO" y "SAGITTARIO", el cual esta subordinado a inicio de vigencia del contrato de compraventa a

celebrarse entre el Ministerio de Defensa-Marina de MORDAZA del Peru y FINCANTIERI S.p.A.; Que, el actual MORDAZA juridico vigente aplicable a la adquisicion de las DOS (2) Unidades Navales restantes requiere se incorpore el MORDAZA presupuestal que viabilice su oportuna adquisicion por la suma de VEINTISEIS MILLONES CIENTO CINCUENTISEIS MIL SETECIENTOS QUINCE CON 00/100 MILLONES DE EUROS (EUR 26´156,715.00), equivalentes al MORDAZA de cambio vigente a la suma de TREINTA Y DOS MILLONES CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 32'000,000.00); Que, para tal efecto, el Comite de Administracion del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional en la Sesion del 5 de agosto de 2005 aprobo la transferencia a la Unidad Ejecutora Nº 004: MORDAZA de MORDAZA de la suma de QUINCE MILLONES CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 15'000,000.00) con cargo a los recursos del Fondo correspondientes al ano 2005. Igualmente, en la Sesion del 4 de octubre de 2005 aprobo la transferencia a la Unidad Ejecutora Nº 004: MORDAZA de MORDAZA de la suma de DIEZ MILLONES CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 10'000,000.00) con cargo a los recursos del mismo Fondo correspondientes al ano 2006; Que, el saldo de la operacion ascendente hasta la suma SIETE MILLONES CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 7'000,000.00), mas los costos bancarios, diferencial cambiario e intereses financieros que correspondan seran asumidos con cargo al Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora Nº 004 MORDAZA de MORDAZA, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, las acciones destinadas a determinar las condiciones tecnicas operativas de la adquisicion de las Unidades Navales, deben establecerse mediante acuerdo comun de las partes, atendiendo a las condiciones del ofrecimiento y las particularidades del requerimiento del suministro efectuadas por parte de la Mar ina de MORDAZA del Peru, lo que orientara preferentemente la distribucion de los trabajos y asignacion de recursos para el mantenimiento correspondiente, como parte de las prestaciones materia del contrato a suscribir; Que, el contrato a suscribirse debe contemplar que las prestaciones por su naturaleza MORDAZA ejecutadas en el area geografica en la cual se realizaran los trabajos de mantenimiento de las unidades navales para su travesia MORDAZA hacia el Peru, Puerto del Callao, debiendo considerar en toda atencion de requerimientos materiales que surjan, los criterios de oportunidad, economia, calidad y garantia; Que, las Unidades a adquirirse se encuentran en territorio y puerto italiano siendo necesario efectuar en esa area geografica los trabajos de mantenimiento necesarios para garantizar su nivel operativo y por ende MORDAZA seguro hacia el Puerto del Callao, lo cual forma parte del precio total de transferencia; Que, el proyecto de Contrato para la adquisicion de las DOS (2) Fragatas Misileras MORDAZA "LUPO" restantes de las Cuatro (4) ofertadas por la MORDAZA Militar Italiana ha sido elaborado por el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, en coordinacion con el astillero italiano bajo control estatal "FINCANTIERI S.p.A.", facultado en virtud a lo establecido en el Decreto Ministerial Nº 021 del Ministerio de Defensa de la Republica de Italia, de fecha 1 de junio de 2005, que aprueba el contrato de cesion de la MORDAZA Militar Italiana a favor del referido astillero constructor; Que, atendiendo a las caracteristicas de las gestiones propias de la determinacion y conclusion del aspecto presupuestal y financiero de la adquisicion en mencion, corresponde a la Direccion de Economia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuarlas oportunamente en directa relacion con los acuerdos adoptados por las partes y las condiciones de la operacion comercial en el ambito internacional; Que, de acuerdo a lo senalado corresponde expedir el dispositivo legal que faculte a la MORDAZA de MORDAZA del

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