TEXTO PAGINA: 28
PÆg. 303548 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de noviembre de 2005 servicio establecidas por la Fiscal de la Nación, quien dentro de sus atribuciones debe adoptar las medidasapropiadas para el buen funcionamiento de los despachos fiscales. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Félix Balois Bravo Roncal, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de Pomabamba, Distrito Judicial de Ancash, materia de laResolución Nº 1803-2005-MP-FN, de fecha 28 de setiembre del 2005. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Ancash, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 18568 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUNAT Autorizan a Intendencias de Aduana no considerar los días 19 y 20 de setiembreen el cómputo de plazos debido a laparalización de transportistas de cargaterrestre RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 511-2005/SUNAT/A Callao, 31 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que como consecuencia de la paralización de los transportistas de carga terrestre sostenida del 19 al 20 de setiembre del año en curso, los operadores del comercio exterior se han visto impedidos de realizar lostrámites relacionados con el manifiesto de carga y los regímenes, operaciones aduaneras y destinos aduaneros especiales o de excepción, dentro de losplazos establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas y su Reglamento, aprobados por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF y DecretoSupremo Nº 011-2005-EF respectivamente; Que la referida paralización resulta un evento de fuerza mayor de acuerdo a lo señalado en el artículo1315º del Código Civil, por lo que es necesario que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT disponga las medidas pertinentes a fin de evitarun perjuicio económico a los operadores del comercio exterior, cuyos trámites no se hubieren podido efectuar durante los días de la paralización; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso q) del artículo 23º del Reglamento deOrganización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorízase a las intendencias de aduana de la República, para que en los trámitesvinculados con el traslado de mercancías en el proceso de manifiesto de carga y en los regímenes, operacionesy destinos aduaneros especiales o de excepción que se vieron afectados por la paralización del transporte de carga terrestre, se suspenda el período comprendidoentre el 19 y 20 de setiembre de 2005 del cómputo de los plazos y términos establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas y suReglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de AduanasSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria 18555 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Designan representantes del Ministerio de Educación ante los Directorios de lasSociedades de Beneficencia Pœblica deHuacho y Barranca RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 01345 Huacho, 28 de octubre de 2005Visto, los documentos que se acompañan, con cuatro (4) folios útiles; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 022-2003-ED, se crea la Dirección Regional de Educación de Lima – Provincias, dependiente en lo Administrativo del GobiernoRegional de Lima y en lo Técnico Funcional del Ministerio de Educación, cuyo ámbito jurisdiccional comprenderá el departamento de Lima, excepto la provincia de Lima;. Que, por D.S. Nº 004-2003-MIMDES, que modificó el D.S. Nº 002-97-PROMUDEH, se estableció que “Los Directorios de las Sociedades de Beneficencia Pública,estarán conformados por cinco miembros, de los cuales uno (1) corresponde al Ministerio de Educación” Que, por Resolución Ministerial Nº 1054-2003-ED, se delegó a los Directores Regionales, la facultad de designar a los representantes del Ministerio de Educación, ante los Directorios de las Sociedades de BeneficenciaPública y Juntas de Participación Social de su ámbito regional; Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 32° de la Ley Nº 27783, la sede del Gobierno Regional, es la capital del departamento respectivo. En el caso del departamento de Lima, la sede del gobierno regional, esla capital de la provincia de mayor población; Que, dentro de la jurisdicción de la Región Lima, que comprende las provincias existentes en el departamentode Lima, excepto la provincia de Lima o Lima Metropolitana, existen cuatro (4) Sociedades de Beneficencia Pública, estando éstas ubicadas en lasciudades de Huacho, Barranca, Cañete y Matucana, capitales de las provincias de Huaura, Barranca, Cañete y Huarochirí, respectivamente; Que, mediante R.D.R. Nº 0121-2005, se designó a don JUAN HUERTAS CURAY, como representante del Ministerio de Educación, ante el Directorio de la Sociedadde Beneficencia Pública de Huacho; Que, en aplicación de lo dispuesto por la R.M. Nº 1054-2003-ED, el Director Regional de Educación deLima Provincias, está facultado para designar al nuevo representante del Sector Educación, para que integre el