Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2005 (03/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 3 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 29282 y 29283, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 400.00 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18357

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen redistribucion de expedientes entre las seis MORDAZA Penales Especiales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 384-2005-P-CSJLI/PJ

de privacion de MORDAZA de los imputados; excluyendose los procesos que se encuentren en juicio oral y los que tienen fecha designada, los que continuaran a cargo de los respectivos Colegiados hasta su conclusion, dandose prioridad a los procesos de mayor trascendencia y complejidad, teniendo en cuenta tambien aquellos que se encuentren en el Ministerio Publico o con audiencias programadas no iniciadas". Tercero.- Que, mediante documento de vista los senores Magistrados informan que las MORDAZA Penales que presiden, pese a las limitaciones de infraestructura existente, estan ya en condiciones de poder iniciar la distribucion y juzgamiento de los procesos que se encuentran en estado de inicio de Juicio Oral. Cuarto.- Que, siendo esto asi y a fin de cautelar la pronta administracion de justicia, resulta pertinente que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 2º de la resolucion citada, dicte las medidas pertinentes para efectuar la redistribucion equitativa de carga procesal entre las seis MORDAZA Penales Especiales, considerando los criterios establecidos en la resolucion emitida por el supremo organo de gobierno, de tal manera que cada uno de ellos cuente con un numero de expedientes que les permita trabajar en condiciones similares y dar una respuesta adecuada a las expectativas de los usuarios del servicio de imparticion de justicia, haciendo efectivo el MORDAZA de celeridad procesal; para lo cual se designara una Comision conformada por los Presidentes de los Colegiados asi como un Magistrado de la ODICMA que supervise el MORDAZA de distribucion. Articulo Quinto.- Que, asimismo, es preocupante el retraso que existe en la adecuacion del local asignado para la operatividad de las nuevas MORDAZA Penales Especiales, pues el informe indica que hasta la fecha no se empiezan los trabajos de implementacion; por ello es indispensable y urgente exhortar a la Gerencia General para que se otorgue la prioridad del caso al sistema anticorrupcion. Por los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas a la suscrita por los incisos 3), 4) y 9) del Art. 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la redistribucion de expedientes entre las seis MORDAZA Penales Especiales, comprendiendo estos, los que existen fisicamente en las MORDAZA como aquellos que se hallan en el Ministerio Publico y sin considerar la competencia derivada de la situacion de privacion de MORDAZA de los procesados; excluyendo los que se encuentren en Juicio Oral y los que tienen fecha designada, los que continuaran a cargo de los respectivos Colegiados hasta su conclusion. Articulo Segundo.- DESIGNAR una Comision integrada por los senores Vocales : MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Barandiaran Dempwolf, MORDAZA Denyse MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidentes de la 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º MORDAZA Penales Especiales respectivamente, que se encargara de realizar la distribucion de causas, previo sorteo respectivo, debiendo elevar un informe al culminar dicho proceso. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Distrital de Control de la Magistratura (ODICMA) la supervision del MORDAZA de distribucion de las causas a que se refiere la presente resolucion, para lo cual la Jefatura del citado organo contralor designara, en el mas breve plazo, a un Magistrado, quien al finalizar el encargo informara de la ejecucion del mismo a la Presidencia. Articulo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Oficina de Administracion Distrital la coordinacion necesaria con la Oficina de Logistica y el Administrador de las MORDAZA y Juzgados Penales Especiales, para brindar el apoyo necesario para el traslado fisico de los expedientes a las MORDAZA correspondientes. Articulo Quinto.- ENCARGAR al Area de Desarrollo de la Presidencia, con caracter de urgente, la implementacion de un sistema informatico de distribucion aleatoria y equitativa

MORDAZA, dos de noviembre del 2005 VISTO: El informe suscrito por los Drs. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidentes de la 4°, 5º y 6º Sala Penal Especial respectivamente de fecha 27 de octubre del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por Resolucion Administrativa Nº 0412005-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial constituyo la 4º, 5º y 6º Sala Penal Especial, disponiendo en el Art. 2º que "la carga procesal existente en las MORDAZA Penales Especiales se distribuya en su oportunidad, entre las 6 MORDAZA, excluyendose los procesos que se encuentren en desarrollo del Juicio Oral, los que continuaran a cargo de los respectivos Colegiados hasta su conclusion". Segundo.- Que, por Resolucion Administrativa Nº 197-2005-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la "redistribucion equitativa de la carga procesal existente entre la 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º MORDAZA Penales Especiales de esta Corte Superior de Justicia, sin considerar la competencia derivada de la situacion

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