Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2005 (03/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de noviembre de 2005

certificada del Acta de Nacimiento Nº 193 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA con fecha de nacimiento 10 de setiembre de 1959; Que, del Informe de Homologacion Monodactilar Nº 092/2005/GP/BG/RENIEC se desprende como conclusion que las impresiones dactilares y fotografias que figuran en los documentos de analisis MORDAZA mencionados pertenecen a una misma persona biologica que registra doble inscripcion; Que, por Resolucion de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central Nº 140-2005-GP/SGDACRENIEC, se dispone la exclusion definitiva en el Registro de la Inscripcion Nº 19409839 por declaracion de datos falsos; Que, sin perjuicio de las acciones administrativas ya adoptadas, los hechos MORDAZA descritos, constituyen indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, previsto y sancionado en el articulo 365º del Codigo Penal de 1924, por el hecho de haber insertado datos falsos ante el Registro; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA PEREZ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 18581
RESOLUCION JEFATURAL Nº 956-2005-JEF/RENIEC

MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA BANDA VASQUEZ; Que, mediante Informes realizados por el perito dactiloscopico, grafotecnico y biometrico de la Gerencia de Procesos, se ha determinado que en los casos analizados, ciudadanos no identificados, han suplantado la verdadera identidad de los ciudadanos precitados; Que, si bien se ha procedido administrativamente, esto es, la exclusion de las inscripciones afectadas por suplantacion de identidad, esto en resguardo de la identidad de las personas afectadas, de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por personas no identificadas, al haber usurpado la identidad de ciudadanos inscritos validamente en el Registro, perjudicando de esta forma la seguridad juridica registral, constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 18582
RESOLUCION JEFATURAL Nº 957-2005-JEF/RENIEC

MORDAZA, 4 de octubre de 2005 VISTOS; El Oficio Nº 1172-2005/SGDAC/RENIEC, de fecha 7 de MORDAZA de 2005, de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central y el Informe Nº 1093-2005-GAJ/RENIEC, de fecha 14 de septiembre de 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que ciudadanos no identificados se presentaron ante el Registro solicitando irregularmente las inscripciones correspondientes a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA PAMPANAUPA MORDAZA, MORDAZA PUCHO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA IHUARAQUI, MORDAZA MORDAZA PILLPA, MORDAZA MORDAZA SUASNABAR, MORDAZA MORDAZA UGARTE FERREYROS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yoli MORDAZA MORDAZA de MARUMATSU, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rober MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

MORDAZA, 4 de octubre de 2005 Visto, el Oficio Nº 1315-2005-GP-SGDAC/RENIEC, e Informe Nº 1088-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 14 de setiembre del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia Registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad;

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