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PÆg. 303540 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de noviembre de 2005 de grupos vulnerables, entre los que se encuentran los jóvenes; Que, mediante Ley Nº 28518, se aprobó la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, teniendo como objetivos, coadyuvar a una adecuada y eficazinterconexión entre la oferta formativa y la demanda en el mercado de trabajo, fomentar la formación y capacitación laboral vinculada a los procesos productivosy de servicios y proporcionar una formación que desarrolle capacidades para el trabajo, que permitan la flexibilidad y favorezcan la adaptación de los beneficiariosde la formación a diferente situaciones laborales; Que, el reglamento de la citada Ley, aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2005-TR, establece en suSegunda Disposición Final y Complementaria, que los planes, programas, formatos, habilitación ocupacional y actualización del listado de ocupaciones se regularánmediante Resolución Ministerial; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, la DirectoraNacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional y del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo; y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado porResolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR los modelos y formatos que se utilizarán en los procedimientos sobre ModalidadesFormativas Laborales, los mismos, que se adjuntan en ANEXO 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los Formatos sobre Modalidades Formativas Laborales, serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo: www.mintra.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 18569 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Civila Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 752-2005-MTC/02 Lima, 26 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado;Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público,de funcionarios, servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidospor el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá serpublicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticosinternacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización deAviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a losexplotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación CivilInternacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/ 791/10/05, del 14 de octubre de 2005, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, efectuar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE de la ciudad de Santiago,a su personal aeronáutico propuesto, durante el día 4 de noviembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 29282 y 29283, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 2042-2005-MTC/12.04-SDO designandoal Inspector Moisés Rondón Rondón, para realizar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE, al personalaeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 3 al 4 de noviembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo técnico a que se contrae la Orden de Inspección Nº 2042-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Moisés Rondón Rondón, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 3 al 4 de noviembre de 2005, para