Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2005 (06/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag. 303720

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de noviembre de 2005

y/o administradores del establecimiento, estas seran de uso exclusivo de mayores de edad, las cuales deberan estar debidamente senalizadas. Al igual que en el numeral 3.2. tendra su acceso de modo individual, ingresando y saliendo hacia el pasaje comun del establecimiento. 3.5 Habilitar un area de cabinas para uso de personas con discapacidad. Cada cabina debera tener como dimension minima 0.90m de ancho y las demas dimensiones de acuerdo a lo indicado en el parrafo 3.1. 3.6 Contar con servicios higienicos independientes para MORDAZA y Caballeros, uno de los cuales debera estar acondicionado para personas con discapacidad. En cuanto a la dotacion de aparatos sanitarios se aplicara las normas de establecimientos aprobadas con Resolucion Suprema Nº 019-81-SA/DVM y Resolucion Ministerial Nº 363-2005/MINSA, siendo la dotacion minima reglamentaria de un urinario, un lavatorio y un inodoro para el servicio higienico de Caballeros, y para los servicios higienicos de MORDAZA de un lavatorio y un inodoro. Articulo 4º.- PERMANENCIA MORDAZA DE MENORES DE EDAD Los menores a partir de los 6 hasta los 14 anos de edad, podran permanecer en los establecimientos de cabinas publicas de Internet hasta las 19:00 horas como MORDAZA, pasadas las 19:00 horas estos deberan estar acompanados por uno de sus padres, tutores o responsables, o presentar una autorizacion escrita de los mismos, en tanto los menores de edad, entre los 15 hasta los 17 anos, podran permanecer en el establecimiento hasta las 22:00 horas. Articulo 5º.- INFRACCIONES Y SANCIONES
INFRACCIONES Permitir que menores de edad tengan acceso a paginas web o similares, de contenido y/o informacion pornografica. SANCIONES - Multa 100% UIT - Revocacion de la Licencia Municipal de Funcionamiento, y - Clausura definitiva del local sin perjuicio de la denuncia penal. Multa 100% UIT y clausura, via medida cautelar, por treinta (30) dias utiles.

La reincidencia y continuidad de las infracciones mencionadas, se regiran por lo establecido en el articulo 16º del Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas ­ RASA, aprobado mediante Ordenanza Nº 071-MSI. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los propietarios, conductores y/o administradores de los establecimientos destinados a cabinas publicas de Internet, deberan adecuarse a la presente MORDAZA en un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- Incluir en la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas­TISA, aprobada mediante Ordenanza Nº 078-MSI, las infracciones y sanciones contempladas en el articulo 5º de la presente Ordenanza. En caso que las infracciones y sanciones descritas en la presente MORDAZA ya esten tipificadas en el TISA, se aplicara las establecidas en el presente dispositivo. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Comercializacion y Comercio Ambulatorio, abrir un Registro de Establecimientos con el giro de Cabinas Publicas de Internet dentro del distrito de San Isidro. Cuarta.- Los establecimientos que hayan cumplido con adecuarse a las disposiciones de la presente Ordenanza, deberan presentar una Declaracion Jurada de Adecuacion, MORDAZA del termino indicado en la primera disposicion final. Quinta.- Encargar la fiscalizacion y el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana en coordinacion con la Policia Nacional. La difusion de la presente Ordenanza estara a cargo de la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Comercializacion y Comercio Ambulatorio. Sexta.- Derogar la Ordenanza Nº 068-MSI. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. En San MORDAZA a los tres dias del mes de noviembre de 2005. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA

No instalar software especiales de filtro y bloqueo o de cualquier medio que impida la visualizacion de paginas web o similares de contenido y/o informacion pornografica u obscena en las maquinas destinadas a usuarios menores de edad. Por no contar con espacios adecuados para usuarios menores de edad o que los espacios no esten ubicados en sitios visibles para la supervision directa, del propietario, conductor y/o administrador de las cabinas publicas de Internet. Por no exhibir en lugares visibles carteles, afiches o letreros u otros que establezcan la prohibicion de ingresos de menores de edad a paginas web o similares de contenido y/o informacion pornografica. Por permitir que los menores de edad permanezcan en el establecimiento de cabinas de Internet fuera del horario establecido. Por no colocar informacion simple, por cada cabina, en lugares visibles que indiquen a los menores de edad la prohibicion de navegar en paginas web o similares de contenido pornografico. Por no tener un registro de las personas que ingresan al establecimiento y/o no consignar los datos personales del usuario. Por permitir el ingreso de menores de edad a cabinas cerradas, solos y/o con personas mayores que no MORDAZA sus padres, tutores o personas debidamente autorizadas. No contar con accesos directos a paginas web o similares de contenido cultural y/o entretenimiento, en el caso de cabinas destinadas al uso de menores de edad.

Multa 100% UIT.

18749

MUNICIPALIDAD DE
Multa 100% UIT.

SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban solicitud de habilitacion MORDAZA ejecutada del Programa Residencial Cabo MORDAZA en terreno ubicado en el ex fundo Chuquitanta
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 592-2005-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 14 de octubre de 2005 VISTO el expediente I-221-98, organizado por la Inmobiliaria Cabo MORDAZA S.R.Ltda, representada por su Gerente General MORDAZA MORDAZA Lifonzo MORDAZA, solicita la Habilitacion MORDAZA Nueva del Programa Residencial Cabo MORDAZA, desarrollado en el terreno de 32,500.00 m2 de su propiedad, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres de la provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante expediente I-221-98 de 5 de junio de 1998, la Inmobiliaria Cabo MORDAZA S.R.Ltda, representada por su Gerente General MORDAZA MORDAZA Lifonzo MORDAZA solicita la Habilitacion MORDAZA Ejecutada del Programa Residencial

Multa 70% UIT.

Multa 70% UIT.

Multa 70% UIT.

Multa 100% UIT y clausura, via medida cautelar, por treinta (30) dias utiles. Multa 20% UIT

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.