Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2005 (06/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 6 de noviembre de 2005 Sr. MORDAZA Nakazaki Servigon Sr. MORDAZA MORDAZA Aguinaga Sr. MORDAZA MORDAZA Lau Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Comision del INDECOPI - MORDAZA Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA Yepez Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Comision del INDECOPI - MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA Oneto Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sra. MORDAZA MORDAZA Basauri Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TAVELLA Presidente del Directorio 18746

NORMAS LEGALES

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INPE
Autorizan un Credito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario para el ano fiscal 2005
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 583-2005-INPE/P MORDAZA, 3 de noviembre de 2005 Visto; el Oficio Nº 2142-2005-INPE/10, y el Oficio Nº 759-2005-INPE/10.03, de fecha 28 de octubre de 2005, de la Oficina General de Administracion y de la Oficina de Financiera, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, se aprobo el Presupuesto Anual de Gasto Asignandole al Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario, la suma ascendente a CIENTO CINCUENTIOCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTICUATRO MIL SEISCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 158 754 613,00), por toda Fuente de Financiamiento; Que, mediante Resolucion Nº 986-2004-INPE/P, de fecha 28 de diciembre de 2004, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Ano Fiscal 2005 del Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario; Que, mediante Resolucion Nº 173-2005-INPE/P, de fecha 21 de marzo de 2005, se aprueba un Credito Suplementario (Saldo de Balance 2004) por la suma ascendente de CIENTO TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 136 351,00) por la Fuente de Financiamiento 013 Donaciones y Transferencias; Que, mediante Resolucion Nº 191-2005-INPE/P, de fecha 31 de marzo de 2005, se aprueba un Credito Suplementario (Saldo de Balance 2004) por la suma ascendente a UN MILLON CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTIDOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 170 462,00) por la Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante Ley Nº 28562 de fecha 30 de junio de 2005 se autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, disponiendose en su Articulo 1º, que los pliegos

habilitados en el Gobierno Central e Instancias Descentralizadas son detallados en los Anexos de la acotada Ley; Que, a su vez, mediante Oficio Circular Nº 032-2005EF/76.12 de fecha 30 de junio de 2005, la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas remite el reporte que contienen el monto asignado al Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario, en la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, Grupo Generico 1: Personal y Obligaciones Sociales, por la suma de OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 600 000,00), Grupo Generico 2: Obligaciones Provisionales, por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTIDOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 758 592,00) y en el Grupo Generico 3: Bienes y Servicios, por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 300 000.00), haciendo un total de DIEZ MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTIOCHO MIL QUINIENTOS NOVENTIDOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 658 592,00); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 377-2005PCM, la Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministro realiza una transferencia financiera de recursos a favor del Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario, hasta por el importe equivalente de Dos Millones Ciento Cuarenta y Nueve Mil Seiscientos Setentidos y 15/100 Dolares Americanos (US$ 2 149 672,15), proveniente del Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado ­ FEDADOI; Que, mediante Oficio Nº 923-2005-INPE/13 de fecha 17 de octubre de 2005, la Direccion Regional de Infraestructura informa la Cadena Programatica del Proyecto 2 18213 "Remodelacion y Ampliacion de la Capacidad de Albergue en el E.P.S. Ica", considerado para su ejecucion con la transferencia financiera proveniente del Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado ­ FEDADOI; Que, mediante oficio de vistos y de acuerdo al MORDAZA de cambio de S/. 3.375 por dolar americano (TC del dia 17 de octubre de 2005 negociado con el Banco de la Nacion), la Oficina General de Administracion informa el deposito en la Cuenta Corriente Nº 00000-622729 perteneciente a la Unidad Ejecutora 008 Direccion General de Infraestructura por el monto de SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTICINCO MIL CIENTO CUARENTITRES Y 51/100 Nuevos Soles (S/. 7 255 143,51) producto de la transferencia financiera proveniente del Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado ­ FEDADOI; Que, es necesario incorporar dicho monto al Presupuesto Institucional del Pliego 061: INPE por la Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias en la Unidad Ejecutora 008 Direccion General de Infraestructura; Que, el articulo 8º de la Directiva Nº 003-2005-EF/ 76.01 aprobada con Resolucion Directoral Nº 005-2005EF/76.01, senala que los montos que se consigne en las disposiciones que aprueban las Modificaciones Presupuestarias deben registrarse en numeros enteros; Que, el numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto modificado por la Ley Nº 28500, preve que las transferencias financieras provenientes del FEDADOI a otras entidades del sector publico, seran aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego Presupuestario y publicadas obligatoriamente en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo informado por la Oficina General de Administracion y contando con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas General de Administracion, Planificacion y Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 654, Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28427 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS ­ Reglamento de Organizaciones y Funciones del INPE y en el uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 037-2004-JUS;

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