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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (06/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 303713 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de noviembre de 2005 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 391-2005-INDECI 31 de octubre del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención yAtención de Desastres (CMPAD) generados por fenómenos de origen natural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar lasmedidas de prevención de daños, atención yrehabilitación en las zonas del país que se encuentrenen peligro inminente o afectados por desastres de granmagnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de CréditoExtraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgadapor el Banco de la Nación al INDECI al amparo delDecreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea de Crédito se destinarán para realizaracciones que permitan reducir los efectos dañinosde un peligro inminente de origen natural o antrópico,brindar una respuesta oportuna a la población,ejecutar acciones de rehabilitación de la infraestructura pública para recuperar los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrenciade un desastre; y ejecutar acciones de recuperaciónde la capacidad productiva de las zonas afectadaspor desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decretosupremo refrendado por el Ministro de Economía yFinanzas, a propuesta de la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público, incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, los recursosen la Fuente de Financiamiento “Recursos porOperaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientesde la Línea de Crédito referida en el considerandoprecedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, en Tercera Sesión de fecha 5.OCT.2005, la CMPAD aprobó el Proyecto señalado en el Anexo 01adjunto a la presente Resolución, por el monto deTREINTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA CON 00/100NUEVOS SOLES (S/. 38,160.00), incluido en el “Programa de Prevención y Rehabilitación 2005” y evaluado por el INDECI y la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público del Ministeriode Economía y Finanzas (DGPMSP-MEF); Que, mediante Oficio Nº 1794-2005-EF/68.01 de fecha 31.OCT.2005, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas determinó la elegibilidad de laFicha Técnica correspondiente al Proyecto presentadopor el Gobierno Regional de Ayacucho, por el monto deTREINTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA CON 00/100NUEVOS SOLES (S/. 38,160.00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 140-2005-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día19.OCT.2005, se incorporó vía Crédito Suplementarioen el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2005, Pliego 006 INDECI, la suma de TRES MILLONESCUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3’459,475.00), correspondiente ala Fuente de Financiamiento Recursos por OperacionesOficiales de Crédito Interno, provenientes del créditoextraordinario, permanente y revolvente otorgado por elBanco de la Nación a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Línea de Crédito; Que, mediante Ley Nº 28500 de fecha 26.ABR.2005, se modificó el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley Generaldel Sistema Nacional de Presupuesto, referido a las Transferencias Financieras entre entidades del SectorPúblico, señalándose que son consideradas tambiéntransferencias financieras las que realizan, entre otros,el INDECI, el cual en el marco de sus funciones y finesestablecidos por su norma de creación o regulación, transfiere fondos públicos a otras entidades del Sector Público, aprobando las referidas transferenciasfinancieras mediante Resolución del Titular del Pliego,que serán obligatoriamente publicadas en el Diario OficialEl Peruano, con cargo a dar cuenta al Congreso de laRepública; Que, asimismo se señala que estas transferencias serán financiadas, entre otros, con cargo a los recursosincorporados conforme a lo que señala la Ley Anual deEquilibrio Financiero del Sector Público, por lo quehabiéndose incorporado mediante Decreto SupremoNº 140-2005-EF recursos suficientes de la Línea de Crédito, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regionalde Ayacucho, con cargo a los recursos provenientesdel crédito extraordinario, permanente y revolventeotorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI,hasta por el monto de TREINTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 38,160.00), para la ejecución del Proyecto señaladoen el Anexo 01 adjunto; Con las visaciones de las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto y Administración yDirección Nacional de Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 28562, Ley Nº 28500, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2005, Ley Nº 28426 - Ley de EquilibrioFinanciero del Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2005, Ley Nº 28382, Ley Nº 28411 - LeyGeneral del Sistema Nacional de Presupuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado porDecreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado porDecreto Supremo Nº 005-2003-PCM; y, SE RESUELVE Artículo Primero.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presenteResolución, la Transferencia Financiera de Recursos afavor del Gobierno Regional de Ayacucho, con cargo alos recursos provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta por un monto deTREINTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA CON 00/100NUEVOS SOLES (S/ 38,160.00), para la ejecución delProyecto señalado en el Anexo 01 que forma parte de lapresente Resolución. Artículo Segundo.- La Oficina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presenteResolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales la coordinación corres-pondiente para la suscripción del respectivo Convenio o Addenda respectiva entre el INDECI y el Gobierno Regional de Ayacucho para el control, seguimiento ymonitoreo de ejecución y cumplimiento de metas físicas,conforme a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Oficial El Peruano y remita copia autenticada porFedatario al Gobierno Regional de Ayacucho, lasOficinas de Asesoría Jurídica, Planificación yPresupuesto y Administración y Dirección Nacionalde Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil