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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (06/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 303721 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de noviembre de 2005 Cabo Azul, desarrollado sobre el terreno de 32.500.m2 de su propiedad, inscrita en la Ficha Nº 89588, del Registro dela Propiedad Inmueble de Lima, los Planos de Ubicación,de Lotización y Memoria Descriptiva; Certificado deZonificación y Vías Nº 505-04-MML/DMDU, y el planoNº 2242-04-MML/DMDU-OPDM/DPTN, DeclaraciónJurada legalizada de inexistencia de feudatario y/otrabajador agrícola ni beneficiarios de la Reforma Agrariaen el terreno materia de la habilitación, de inexistencia deCanales de Regadío; factibilidad de servicios de energíaeléctrica otorgada por EDELNOR, Carta UEP-403868-2005,factibilidad de agua y desagüe, otorgada por SEDAPALmediante Carta Nº 850-2005-ET-N, que forman parte delos actuados en el expediente administrativo; Que, la Comisión Técnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas de San Martín dePorres por Acuerdo Nº 02-2005, tomado en la SesiónNº 02 de fecha 12 de mayo del 2005, ha opinado enforma FAVORABLE la petición del recurrente. Que, el recurrente presenta el plano de lotización, al cual se le asigna el Nº 041-2005-MDSMP/DHU/GDU, elmismo que ha sido visado por la Gerencia de DesarrolloUrbano y la División de Habilitaciones Urbanas. Que, el recurrente ha cumplido con cancelar mediante recibo de pago Nº 1060385, 1060387, 1060411, 1060396,050224431, por derecho de trámite, por inspección ocular,por revisión de proyecto y emisión de resolución; Que, las especificaciones técnicas de conformidad con la Ordenanza Nº 010-2000-MDSMP se encuentrancontenidas en el informe Nº 223-2005-MDSMP/GDU-DHUde la División de Habilitaciones Urbanas de la Gerenciade Desarrollo Urbano que forma parte del expediente; De conformidad a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Construcción, la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853 concordante con la LeyNº 27972, Ley General de Habilitaciones UrbanasNº 26878 modificado por la Ley Nº 27135, DecretoSupremo Nº 010-2005-VIVIENDA y Ordenanza Nº 010-2000-MDSMP y estando el Informe Nº 223-2005-MDSMP/GDU/DHU y visto de la Gerencia de AsesoríaJurídica, de Desarrollo Urbano, y de División deHabilitaciones Urbanas; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la solicitud de Habilitación Urbana Ejecutada del Programa Residencial Cabo Azul,representado por el Sr. Donato Andres Lifonzo Quispe,Gerente General de la Inmobiliaria Cabo Azul S.R.Ltda.,para uso de Vivienda Residencial de Densidad Media“R-4” y EDUCACION "E" del terreno de su propiedad deTreinta y Dos Mil Quinientos Metros Cuadrados(32,500.00 m2) de conformidad con el plano Nº 041-2001-DPHU-DDU-MDSMP, ubicado en el ex fundoChuquitanta, del distrito de San Martín de Porres,provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- La Habilitación Urbana queda expedita para que la Inmobiliaria Cabo Azul, solicite en elplazo de 10 años contados a partir de la emisión de lapresente Resolución, la ejecución de obras de acuerdoal siguiente cuadro de áreas: DISEÑO: se hará según el siguiente detalle de áreas.Área Total Terreno : 32,500.00 m2 Área de Útil de viviendas : 16,438.00 m2Área de Vías Locales : 11,250.29 m2Área Aporte Recreación Pública : 3,588.35 m2Área de Ministerio de Educación : 650.00 m2Área de Comercio : 573.36 m2 CALZADAS: Podrán ser del tipo Rígido o del tipo Flexible. La calificación del tipo de habilitación es "B", lasdimensiones y características de las componentes delas calzadas serán las que resulten del diseño estructural,debiendo obtener la autorización de ejecución en laDivisión de Obras Públicas, tomando en cuenta la cargapor efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útily el tipo de terreno de fundación. ACERAS: Serán de concreto de calidad f´c = 140 kg/cm2, de espesor 0.15 m. y su colocación se efectuarásobre un terraplén de material limpio de buena calidad, debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m. y el acabado será con mezcla de cemento-arena fina, en proporción 1:2, de un centímetro de espesory bruñas cada 1.00 m. con juntas de 3/4" cada 5 ml. SARDINELES: En los extremos expuestos de las aceras o extremos en contacto con jardines se construiráun sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. ancho x0.30 m altura, de calidad y acabado igual a las aceras yen forma homogénea con ellas. RAMPAS PEATONALES: En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonalesque conectarán los niveles superiores de las aceras y lascalzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la ResoluciónMinisterial Nº 069-2001-MTC/15.04 y el ReglamentoNacional de Construcciones. Las obras serán sometidas alos controles establecidos, por cuenta de los interesados. OBRAS SANITARIAS: Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable yalcantarillado que apruebe SEDAPAL. ELECTRICIDAD: La empresa de servicios de Energía Eléctrica (Edelnor), deberá de otorgar la conformidad dela ejecución de obras de electrificación de iluminaciónpública y conexiones domiciliarias para la etapa deRecepción de Obras de Habilitación Urbana. INSTALACIONES TELEFÓNICAS: para las instalaciones telefónicas, instalaciones de ductos ycámaras y la reserva de áreas para centrales, losinteresados deberán coordinar con la Gerencia deProyectos de plantas externas de la Telefonía. Artículo Tercero.- Disponer la inscripción individualizada en los Registros Públicos de los Lotes,según el plano Nº 041-2005-MDSMP/GDU-DHU. Artículo Cuarto.- Declárese la presente Habilitación Urbana de tipo progresivo, dejándose diferida las obras depavimentación de calzadas y aceras, ornamentación ysembrío de parques, para ser ejecutadas por loscompradores de lotes en un plazo máximo de diez (10)años a partir de la fecha de notificación de la presenteResolución. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, incorporar la presente HabilitaciónUrbana en el Plano Urbano del Distrito y registrar lospredios resultantes. Artículo Sexto.- Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio de Educación y a BienesNacionales para su conocimiento y fines. Artículo Sétimo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, acuenta de los interesados dentro del plazo de 30 días denotificada la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JESÚS ÁLVARO VÉLIZ DUARTE Alcalde 18829 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aceptan renuncia de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0518-2005-ALC-MDSA Santa Anita, 10 de agosto de 2005 CONSIDERANDO:Que, con fecha 8 de marzo de 2005, se expidió la Resolución de Alcaldía Nº 211-2005-ALC/MDSA, a travésde la cual se designó, a partir de esa fecha al Sr. MIGUELANGEL VASQUEZ LIZÁRRAGA como AUXILIAR