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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (06/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 303718 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de noviembre de 2005 Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con el voto UNÁNIME de los señores Regidores y con ladispensa del trámite de aprobación del Acta, se adoptólo siguiente: ACUERDA:Artículo Primero.- RATIFICAR la Resolución de Gerencia Nº 551-2005-MDP/GM que ordena declararzona protegida a todas la áreas colindantes a losAsentamientos Humanos Portada Manchay II, Portadade Manchay III en su calidad de intangible, como áreasde seguridad y protección natural. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento, supervisión de la ejecución y fiel cumplimiento a la Gerenciamunicipal, para su conocimiento a la Gerencia de DesarrolloUrbano, Rural y Medio Ambiente y a Secretaría General lapublicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CAROLA CLEMENTE Vda. DE POBLET Alcaldesa 18825 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Autorizan viaje de Alcalde para participar en la "Jornada de Cooperación y Desarrollo" que se realizarÆ en Espaæa ACUERDO DE CONCEJO Nº 058-2005-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC POR CUANTO:VISTO; En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 03.11.05, el documento del Teniente Alcalde delAyuntamiento de Valle de Trápaga, España, señor AlbertoGil; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el documento del Visto, el Teniente Alcalde del Ayuntamiento de Valle de Trápaga, España,cursa invitación al Alcalde de la Municipalidad Distritaldel Rímac. Lic. Luis Alejandro Lobatón Donayre, paraque participe en la "Jornada de Cooperación yDesarrollo" a desarrollarse entre los días 5 y 8 delpresente mes en la ciudad de Viscaya, España; razónpor la cual solicita que el Concejo Municipal autorice elviaje al exterior del país en comisión de servicios oficiales; Que, de conformidad con el artículo 9º inciso 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes alexterior del país que, en comisión de servicios orepresentación de la municipalidad, realice el alcalde, losregidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, siendo ello así, constituye de suma importancia la participación del señor Alcalde en el evento denominado"Jornada de Cooperación y Desarrollo" a desarrollarseen la ciudad de Vizcaya, España, lo que permitirá afianzarmás las relaciones internacionales con ciudades comoTrápaga, Vizcaya y Euskadi, razones que justifican paraque el Concejo Municipal autorice dicho viaje queredundará en beneficio de nuestra comunidad rimense; Que, con lo que respecta a los gastos que irrogue el viaje al exterior del país del señor Alcalde, llámesepasajes, alojamiento, viáticos, etc., serán asumidosdirectamente y con peculio propio por parte del señorAlcalde Lic. Luis Alejandro Lobatón Donayre; Que, el artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que en caso deausencia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde;Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con elvoto mayoritario de los señores regidores, con ladispensa de la Comisión correspondiente y dispensa deltrámite de la aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde, Lic. Luis Alejandro Lobatón Donayre, a la ciudadde Vizcaya, España, para que participe en representaciónde la Municipalidad Distrital del Rímac en la "Jornada deCooperación y Desarrollo" a desarrollarse entre los días5 al 9 del presente mes. Artículo Segundo.- Los gastos de pasajes, instalación traslado, viáticos y tarifa Corpac, seránasumidos por el señor Alcalde, Lic. Luis Alejandro LobatónDonayre. Artículo Tercero.- ENCARGAR el despacho de alcaldía al señor Teniente Alcalde, Prof. Benjamín Infantes Espinoza,mientras dure la ausencia del señor Alcalde, con lasfacultades y atribuciones inherentes a dicho cargo. Dado en el Palacio Municipal a los tres días del mes de noviembre de dos mil cinco. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS LOBATON DONAYRE Alcalde 18817 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Establecen mecanismos de protección de derechos de los menores de edad que utilizan Cabinas Pœblicas de Internet en el distrito ORDENANZA Nº 133-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDROVistos: En Sesión Ordinaria de fecha 25 de octubre de 2005, los Dictámenes Nº 043-2005-CAJ/MSI yNº 003-2005-CBSPS, de las Comisiones de AsuntosJurídicos y Bienestar, Salud y Proyección Social,respectivamente; y, CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia conforme lo establece el artículo 194ºde la Constitución Política, modificado por la Ley deReforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia conel artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en lafacultad de ejercer actos de gobierno, administrativos yde administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con los artículos 79º, numerales 3,6,4, y 83º, numeral 3.6 de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, es función específica exclusivade las municipalidades distritales, normar, regular y otorgarlicencias de apertura de establecimientos comerciales,industriales y de actividad profesional; Que, según lo dispone el artículo 84º, numeral 3.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades, es función específicacompartida de las municipalidades distritales, difundir ypromover los derechos del niño y del adolescente; y queen toda medida concerniente al niño y al adolescenteque adopten los Gobiernos Locales se debe considerar