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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G33/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de octubre de 2005 De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y laResolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 -Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode Economía y Finanzas y normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas en los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411 - Ley General del SistemaNacional de Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Prorrogar los plazos para la remisión de la información presupuestaria de los Gobiernos Locales,a que se refiere el numeral 36.5 del artículo 36º de laDirectiva Nº 013-2005-EF/76.01 -Directiva para laProgramación, Formulación y Aprobación del Presupuestode los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2006,aprobada por Resolución Directoral Nº 033-2005-EF/76.01, conforme a lo siguiente: a) Hasta el 14 de octubre de 2005, el plazo para que los Alcaldes Distritales remitan sus Proyectos dePresupuesto para el Año Fiscal 2006 a la MunicipalidadProvincial, a la cual se vinculan geográficamente. b) Hasta el 21 de octubre de 2005, el plazo para que los Alcaldes Provinciales remitan a la Dirección Nacionaldel Presupuesto Público el Aplicativo Informático quecontiene el Consolidado a nivel Provincial de losProyectos de Presupuesto para el Año Fiscal 2006, asícomo la información detallada por cada MunicipalidadDistrital. Artículo 2º.- Establecer que la Fuente de Financiamiento 17 Recursos Ordinarios para losGobiernos Locales, señalada en la Directiva Nº 013-2005-EF/76.01, así como en sus formatos, anexos y modelos,debe ser reemplazada por la Fuente de Financiamiento00 Recursos Ordinarios, en concordancia con el Proyectode Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2006, publicado en el Diario Oficial El Peruano enSeparata Especial el día 2 de setiembre de 2005. En materia de los gastos, la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, tanto en el Proyecto dePresupuesto como en el Presupuesto Institucional deApertura de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal2006, financia al Programa del Vaso de Leche, a losProgramas Comedores, Alimentos por Trabajo, Hogaresy Albergues, a los Proyectos de Infraestructura Social yProductiva transferidos por el Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social -FONCODES, al MantenimientoRutinario de Caminos Vecinales transferido por elMinisterio de Transportes y Comunicaciones -PROVIASRURAL, a los beneficiarios del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, Decreto Legislativo Nº 622 y los Decretos LeyesNºs. 25702 y 25988. Artículo 3º.- Precisar, respecto del numeral 38.1 del artículo 38º de la Directiva Nº 013-2005-EF/76.01, que: a) El registro de la información se efectúa en el Aplicativo Informático : Módulo de FormulaciónPresupuestal -MFP, Versión 4.9.3 del Sistema Integradode Administración Financiera para los Gobiernos Locales(SIAF-GL). b) Las combinaciones de Actividades, Componentes y Finalidades de Meta ligadas a las mismas, estándeterminadas desde la Función hasta la Finalidad de Meta,por lo que no debe crearse ninguna categoríapresupuestaria ligada a Actividades sin la autorización dela Dirección Nacional del Presupuesto Público, debiendoconsiderarse en el Proyecto de Presupuesto, únicamentelas categorías presupuestarias que se encuentrandetalladas en el Anexo Nº 19/GL -Estructura FuncionalProgramática de Actividades, de la citada Directiva. Artículo 4º.- Las Municipalidades que no están incorporadas al Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP, para el registro de los Proyectos en el AplicativoInformático, deben ceñirse a lo señalado en el AnexoNº 20/GL -Estructura Funcional Programática deProyectos de la Directiva Nº 013-2005-EF/76.01, referenteal detalle de las combinaciones a seleccionar desde la Función hasta el Proyecto. Asimismo, el pliego podrá crearComponentes y Finalidades de Meta ligados a Proyectos,en el caso que no estén contemplados en las Tablascorrespondientes que presenta dicho AplicativoInformático. Artículo 5º.- Las Municipalidades que están incorporadas al Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP y que han formulado Proyectos de Inversión Pública,hasta el 22 de setiembre de 2005, tendrán en cuenta losiguiente: a) Los Proyectos de Inversión Pública se deben registrar y codificar en el Banco de Proyectos del SistemaNacional de Inversión Pública. Para el registro del códigoSNIP, en el Aplicativo Informático debe optarse por: elegirel código del listado que muestra el Sistema o solicitar elcódigo (en caso no existiese en el listado) medianteTransferencia de Datos. b) El pliego tiene la facultad de crear Componentes y Finalidades de Meta ligados a Proyectos, en el caso queno estén contemplados en las Tablas correspondientesque presenta el Aplicativo Informático. c) Las combinaciones de la Función, Programa y Subprograma de cada Proyecto SNIP deben serconcordantes con las establecidas en el Anexo Nº 20/GL -Estructura Funcional Programática de Proyectos de laDirectiva Nº 013-2005-EF/76.01. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARISTA ARBILDO Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público 16823 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G61/G6C/G65/G6E/G64/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G72/G6F/G6D/G69/G73/G6F/G73 /G54/G72/G69/G6D/G65/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G4D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G74/G75/G62/G72/G65/G2C /G6E/G6F/G76/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G79/G20/G64/G69/G63/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C /G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 046-2005-EF/76.01 Lima, 1 de octubre de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 30.1 del artículo 30º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, señala entre otros, que el Calendario deCompromisos constituye la autorización para la ejecuciónde los créditos presupuestarios, en función del cual seestablece el monto máximo para comprometer gastos aser devengados, con sujeción a la percepción efectiva delos ingresos que constituyen su financiamiento; Que, el Calendario de Compromisos es aprobado, en el Gobierno Nacional, a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora,Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento,por la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, el numeral 30.2 del artículo 30º de la Ley Nº 28411 señala que la Dirección Nacional delPresupuesto Público establece los lineamientos,procedimientos y restricciones que sean necesarias enla aprobación del Calendario de Compromisos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aprobar el Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado de los meses de octubre,noviembre y diciembre del año fiscal 2005, en losmontos que se detallan en el Anexo de la presenteResolución.