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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (01/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G33/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de octubre de 2005 complicadas y costosas migraciones de las bases de datos, desarrollar una nueva programación, especializaral personal o contratar a nuevo personal capacitado en eluso de las nuevas herramientas y paralizar los sistemashasta lograr la adecuación al nuevo sistema, debiendocapacitarse a los usuarios; Que, asimismo, señala el Informe Técnico que la Administración Pública está asumiendo como un estándara nivel de sistema manejador de base de datos el SistemaORACLE, como es el caso del Ministerio de Economía yFinanzas, Aduanas, SUNAT, Ministerio de Energía yMinas, Ministerio de Educación, RENIEC, ONPE,Contraloría General de la República, SUNARP, entre otrasentidades con las que este Ministerio mantiene procesosde interconexión e intercambio de datos; Que, de igual modo, se señala que el uso de los servicios de la empresa ORACLE en los diferentesórganos del Ministerio permite a la entidad reducir elnúmero de fallas por problemas de vulnerabilidad,permitiendo mayor eficiencia y el adecuadofuncionamiento de los productos ORACLE, acceso a lainformación técnica sobre los productos de aplicaciónen Internet y la utilización de las últimas versiones delos productos como soporte para la solución de losproblemas técnicos, entre otros servicios adicionales porlo que, en consideración a que dicho soporte técnico yactualización se realiza directa y únicamente por laempresa Sistemas Oracle del Perú S.A., se recomiendasu contratación; Que, según lo señalado en el Informe Nº 0329-2005- MTC/10.02, el monto total de la contratación de losservicios asciende a la suma de 87,249.51 (Ochenta ysiete mil doscientos cuarenta y nueve y 51/100 nuevossoles). El financiamiento se efectuará con cargo a laFuente de Financiamiento: Recursos DirectamenteRecaudados de la Unidad Ejecutora 001-Administración General, siendo el plazo de vigencia delcontrato del 01 de octubre de 2005 hasta el 12 de juniode 2006; Que, de acuerdo al inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de losprocesos de selección las adquisiciones y contratacionesque se realicen cuando los bienes o servicios no admitensustitutos y exista proveedor único; Que, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que enlos casos en que no existan bienes o servicios sustitutosa los requeridos por el área usuaria, y siempre que existaun solo proveedor en el mercado nacional, la Entidadpodrá contratar directamente. De acuerdo a estadisposición se considerará que existe proveedor únicoen los casos que por razones técnicas o relacionadascon la protección de derechos, tales como patentes yderechos de autor, se haya establecido la exclusividaddel proveedor; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, enconcordancia con los artículos 146º y 147º de suReglamento, establecen que las adquisiciones ycontrataciones exoneradas de los procesos de seleccióndeberán ser aprobadas mediante Resolución del Titulardel Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable; Que, estas resoluciones requieren obligatoriamente de uno o más informes previos que contengan lajustificación técnica y legal de la procedencia y necesidadde la exoneración, y serán publicadas en el Diario OficialEl Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes asu emisión, y a través del SEACE. Copia de dichasResoluciones y el informe que las sustenta debenremitirse a la Contraloría General de la República y alConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentrode los diez días hábiles siguientes a la fecha de suaprobación; Que, de conformidad con lo señalado en el citado artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo148º de su Reglamento, la contratación se realizará enforma directa mediante acciones inmediatas. A tal efecto, la contratación del bien, servicio u obra objeto de laexoneración, será realizada por la dependenciaencargada de las adquisiciones y contrataciones de laEntidad o el órgano designado para el efecto,requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuestacumpla con las características y condicionesestablecidas en las Bases, la misma que podrá serobtenida, por cualquier medio de comunicación,incluyendo el facsímil y el correo electrónico. Laexoneración se circunscribe a la omisión del procesode selección, por lo que los contratos que se celebrencomo consecuencia de aquella deberán cumplir con losrespectivos requisitos, condiciones, formalidades,exigencias y garantías que se aplicarían de habersellevado a cabo el proceso de selección correspondiente; Que, en consecuencia, según se desprende del Informe Técnico, es necesario que las diversasdependencias del Ministerio cuenten con el SoporteTécnico de las licencias ORACLE existentes, el cualincluye sus actualizaciones, garantizando de esta formael correcto y continuo funcionamiento de los sistemasempleados, por lo que el servicio brindado por SistemasOracle del Perú S.A. no admite sustitutos; Que, teniendo en cuenta que la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A. brinda con exclusividad en el Perúlas licencias del software ORACLE y el soporte técnicocorrespondiente, se cumplen con los requisitosestablecidos por el artículo 19º literal e) del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado para la exoneración de proceso deselección; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo establecido enel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 -Administración General del Ministerio de Transportes yComunicaciones, aprobado mediante ResoluciónSecretarial Nº 017-2005-MTC/10 y sus modificatorias, laAdjudicación Directa Selectiva para la contratación delSoporte Técnico de software ORACLE requerido pordiversos órganos del Ministerio de Transportes yComunicaciones, de conformidad con lo señalado en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del proceso de la Adjudicación DirectaSelectiva a que se refiere el artículo 1º de la presenteResolución hasta por la suma de S/. 87, 249.51 (Ochentay siete mil doscientos cuarenta y nueve y 51/100 nuevossoles) por tratarse de un servicio que no admitesustitutos y existir proveedor único, conforme a lodispuesto en el inciso e) del artículo 19º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administración la adquisición a que se refiere el artículo1º de la presente resolución mediante accionesinmediatas de conformidad con lo establecido en elartículo 148º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- La adquisición a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución se realizará con cargo a laFuente de Financiamiento: Recursos DirectamenteRecaudados de la Unidad Ejecutora 001- AdministraciónGeneral. Artículo 5º.- El plazo de vigencia del contrato será del 1 de octubre de 2005 hasta el 12 de junio de 2006. Artículo 6º.- La presente resolución, así como el Informe Técnico Nº 0329-2005-MTC/10.02 y el InformeNº 1948-2005-MTC/08, serán puestos en conocimientode la Contraloría General de la República y del ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estadodentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha desu aprobación.