Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2005 (16/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, MORDAZA 16 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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de tasas y derechos conforme a ley segun establece el Art. 9º, numeral 9) de la Ley Nº 27972, concordado con el Art. 40º de la citada MORDAZA, en consecuencia se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su aprobacion mediante la Ordenanza respectiva; Que, mediante INFORME Nº 162-2005-GM/MDLP emitido por la Gerencia Municipal, remite la documentacion MORDAZA senalada para ser elevada al Pleno del Concejo; Que, mediante OFICIO Nº 576-2005-GSG-MDLP se remite la documentacion MORDAZA senalada a la Comision de Servicios Sociales, para la elaboracion del Dictamen correspondiente; Que, mediante Oficio Nº 006-2005-COM.S.S./MDLP Comision de Servicios Sociales, remite al Despacho de Alcaldia el Dictamen correspondiente; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal el mismo ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades conferidas en el articulo 9º, inciso 9) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades concordado con el articulo 40º de la citada MORDAZA y con el MORDAZA UNANIME de los(as) senores (as) Regidores (as) y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; SE ACORDO: Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario - 2005, para el dia 22 de octubre del 2005 y que procede la exoneracion de los derechos de pago respectivo para los contrayentes. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General a traves de la Subgerencia de Registros Civiles, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17643

Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normas complementar ias, las municipalidades gozan de autonomia politica , economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, habiendose constatado a traves de la DEMUNA la existencia de diversos problemas que afectan los derechos de los MORDAZA y de los adolescentes en el distrito de ventanilla, en uso de las facultades en materia de programas sociales, defensa y promocion de los derechos que otorga la Ley Organica de Municipalidades , basicamente en la ejecucion de programas locales de apoyo; Que, siendo que la problematica de la ninez y la adolescencia requiere ser atendida por el conjunta de la sociedad, la COMUDENA constituye una opcion ante dicha necesidad, pues el MORDAZA de su conformacion se MORDAZA en el compromiso de sus organizadores e integrantes a trabajar de manera conjunta por el desarrollo de la ninez y la adolescencia; Que, en tal sentido mediante documento de vistos, Dictamen Nº 015-CSS-04/04 presentado por la Comision de Servicios Sociales recomienda al concejo municipal aprobar el proyecto de ordenanza municipal que crea el Comite Municipal del MORDAZA y del Adolescente (COMUDENA) en el distrito de Ventanilla, asi como de su Reglamento de Organizacion y Funciones; En uso de las facultades establecidas en la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Pleno del Concejo POR UNANIMIDAD aprobo, la siguiente Ordenanza: CREACION DEL COMITE MUNICIPAL POR LOS DERECHOS DEL MORDAZA Y DEL ADOLESCENTE (COMUDENA) Articulo Primero.- Crease a partir de la fecha el Comite Municipal por los Derechos del MORDAZA y del Adolescente (COMUDENA) como organo consultivo y de apoyo a la gestion municipal y mecanismo permanente de participacion y coordinacion interinstitucional en temas referidos a la infancia, adolescencia y familia en nuestra jurisdiccion, declarandose interes social para la Municipalidad Distrital de Ventanilla la creacion del COMUDENA. Articulo Segundo.- Funciones especificas del COMUDENA: a. Orientar, apoyar y coordinar acciones que propicien b. Analizar la problematica de la infancia y la familia en la localidad. c. Elaborar e implementar propuestas de acciones interinstitucionales para la atencion de la infancia y la familia a nivel local. d. Ser nexo entre las instituciones publicas , privadas y organizaciones de la Comunidad y el Gobierno Local. e. Evaluar el cumplimiento de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA y del Codigo de los Ninos y Adolescentes en la localidad. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Oficina de la Defensoria Municipal del MORDAZA y del Adolescente, el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo MORDAZA .- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 17650

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Crean el Comite Municipal por los Derechos del MORDAZA y del Adolescente (COMUDENA)
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Ventanilla mediante Oficio Nº 539-2005/MDV-SG, recibido el 14 de octubre de 2005) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2004/MDV-ALC Ventanilla, 28 de MORDAZA del 2004 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTOS: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de fecha 28 de MORDAZA del 2004, el Informe Nº 153-2004/MDVOAJ, Informe Nº 07-2003, la Oficina de la Defensoria Municipal de MORDAZA y del Adolescente y Dictamen Nº 015-CSS-04/04 presentado por la Comision de Servicios Sociales; CONSIDERANDO: Que, de confor midad con lo dispuesto por el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por el articulo 194º -Ley Nº 27680- de

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