Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2005 (16/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, MORDAZA 16 de octubre de 2005 EL GERENTE DE INVERSION PRIVADA

NORMAS LEGALES

Pag. 302461

VISTO: El Informe Nº 2708-2005-SGLHU-GIPRIGCDL-MSS de fecha 26.9.2005, de la Sub-Gerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas, sobre el pedido de rectificacion for mulado por CONSTRUCTORA INMOBILIARIA CASUARINAS S.A. en el sentido que la SUNARP ha observado la inscripcion de la Resolucion Gerencial Nº 085-2005-GIPRI-GCDL-MSS de fecha 11.3.2005, sobre Independizacion del terreno MORDAZA de 93,104.50 m², constituido por la III Etapa de la Urbanizacion Casuarinas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion MLM/AM-SMDU Nº 376 de fecha 27.8.1987 se aprueba el Proyecto de Trazado y Lotizacion reajustado correspondiente a la III Etapa de la Urbanizacion Casuarinas Sur de propiedad de C o n s t r u c t o r a I n m o b i l i a r i a C a s u a r i n a s S. A . , e n sustitucion de la aprobada por Resolucion de Alcaldia Nº 1346 de fecha 29.4.1983 y Resolucion de Alcaldia Nº 356 de fecha 27.2.1986, que conjuntamente con la I, II y III Etapas, integran un area mayor de 543,011.36 M²; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 085-2005GIPRI-GCDL-MSS de fecha 11.3.2005 se autoriza la Independizacion del terreno MORDAZA de 93,104.00 m² constituido por la III Etapa de la Urbanizacion Casuarinas Sur, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, en 2 Sectores, de acuerdo con los Planos signados con los Nº 010.01-2005-SGLHUGIPRI-GCDL-MSS al Nº 010.03-2005-SGLHU-GIPRIGCDL-MSS; Que, con Anexo 3 de fecha 21.06.2005, CONSTRUCTORA INMOBILIARIA CASUARINAS, comunica que habiendo obtenido la Resolucion Gerencial Nº 085-2005-GIPRI-GCDL-MSS de fecha 11.03.2005, la Superintendencia Nacional de Registros Publicos ha observado la mencionada Resolucion Gerencial indicando que: ... " efectuada la suma del area util del Sector A, se desprende que resulta 26,580.00 M² y no 26,680.00 M² como se senala en el cuadro de areas de la Resolucion adjuntada y que el Cuadro de Areas descrito en la Resolucion Gerencial Nº 085-20005-GIPRI-GCDL-MSS, segun ficha Nº 360332 se indica 1,037.176 y la Resolucion plantea 18,317.16 M² y en areas de aportes a SERPAR inscrito en el asiento 11 de dicha ficha con 5,191.00 M² planteado en la Resolucion con 5,191.80 M², por tanto, teniendo en caso que la Resolucion Gerencial adjuntada solo autoriza la independizacion del terreno MORDAZA, la SUNARP solicita se aclarare las discrepancias por cuanto dicha Resolucion no modifica el Proyecto de lotizacion inscrito, por lo que de ser el caso, previamente debera modificarse dicho proyecto, para lo cual debera adjuntar la Resolucion de la Municipalidad Provincial que ratifica la distrital que asi lo disponga y los planos correspondientes, sobre lo cual se reserva la calificacion final"; Que, la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas emite el Informe Nº 2708-2005-SGLHU-GIPRIGCDL-MSS de fecha 26.09.2005, indicando que respecto a la Primera obser vacion se senala que el area correspondiente al Area Util de Vivienda del Sector A que fuera observado mediante Esquela de Observaciones de fecha 27.04.2005, es de 26,680.00 M² y no 26,580.00 M², la misma que resulta de la sumatoria de las areas de los Lotes 30 al 43 de la Manzana M1 que hacen un total de 14,743.50 M² y los Lotes 21a al 35 de la Manzana L1 que hacen un total de 11,936.50 M², cuya sumatoria total es de 26,680.00 M², las mismas que han sido contrastadas con las areas de los lotes que figuran en el plano Nº 07987-MLM/DGO-DU-DCO que es parte conformante de la Resolucion MLM/AM-SMDU Nº 376 de fecha 27.08.1987. Asi mismo senala que el Area Util del Sector A es de 26,680.00 M² y el Area Util del Sector B es de 32,839.89 M² resultando un total de 59,519.89 M², que contrastado con su antecedente (Resolucion MLM/AM-SMDU Nº 376 de fecha 27.08.1987), tambien resulta un total de 59,519.89 M², no existiendo modificacion en el area Util total de la III Etapa; Que, respecto a la MORDAZA observacion, se informa que el area de Vias que segun Ficha Nº 360332 indica

1037.176 y la Resolucion plantea 18,317.16 M² , se aclara que en el procedimiento de Independizacion de Terreno MORDAZA, se considero el area de Vias como 18,317.16 m², en razon que de acuerdo a la MORDAZA Literal de la Partida Nº 11059129 el area bruta del terreno de 93,104.50 M² se vio reducida a 93,104.00 M². Dado que el area significaba una diferencia minima, se aprueba la Independizacion con una pequena variacion en el area de vias, y a fin de poder replantear el area bruta del terreno en el mismo procedimiento el propietario presenta los planos proponiendo que la pequena variacion en el area de 0.50 m² se replanteara dentro del area de vias. Sin embargo y a fin de subsanar la observacion formulada por la SUNARP, en el sentido de que la Resolucion Gerencial solo autoriza la Independizacion del terreno y dado que dicha Resolucion no Modifica el Proyecto de Habilitacion MORDAZA, el administrado adjunta nuevos planos con las areas que se aprobaron en el Proyecto de Habilitacion MORDAZA, a fin de que su expediente sea remitido a la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas la misma que en Sesion 17 de fecha 25.08.2005, aprueba los nuevos planos con las areas y medidas aprobadas en el Proyecto original de Habilitacion MORDAZA, por lo que quedaria asentido lo indicado en la Resolucion MLM/ AM-SMDU Nº 376 de fecha 27.08.1987, no siendo necesario la Resolucion de Modificacion de Proyecto de Habilitacion Urbana; Que, respecto al area de Aportes para SERPAR inscrito en la ficha Nº 36332 con 5,191.00 M² y planteado en la Resolucion con 5,191.80 M², se informa que de la sumatoria de las Areas de los lotes 21 al 25 de la Manzana M1, que conforma el Aporte para el Servicio de Parques se tiene un total de 5,191.80 M²; Que, en este sentido, se recomienda que en merito al articulo 201º, numeral 201.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444 (que posibilita la rectificacion de parte de errores materiales en los actos administrativos, con efecto retroactivo y en cualquier momento siempre que no altere lo sustancial de su contenido, ni el sentido de la decision), se emita la Resolucion rectificando el error material incurrido en el Cuadro de Areas correspondiente a Area para Via y Area Util; Que, estando a lo senalado en el Informe Nº 27082005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS de fecha 26.09.2005, Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 010-2005-Vivienda, Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, Decreto de Alcaldia Nº 01-2004-MSS que aprueba la adecuacion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR PROCEDENTE el Pedido de Rectificacion formulado por CONSTRUCTORA INMOBILIARIA CASUARINAS S.A., representado por el Sr. MORDAZA Garrido Lecca, con domicilio legal en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 143 - Mezanine en el Cercado de Lima. Articulo Segundo.- RECTIFICAR, el error material incurrido en la Resolucion Gerencial Nº 085-2005GIPRI-GCDL-MSS de fecha 11.03.2005, al haberse consignado por error en el Cuadro de Areas de la mencionada Resolucion, el area correspondiente al Area Util de la Manzana L1 (Lotes 21a, 22 al 35) con 11,836.50 M² debiendo ser 11,936.50 M², conforme lo siguiente: DICE:
AREAS Area Bruta del Terreno Area Util : Manzana M1 (lotes 30 al 43) Manzana L1 (lotes 21a, 22 al 35) Manzana N1 (lote 4 al 20 y 20a) Manzana G1 (lotes 15 al 30, 36 y 37) Manzana M1 (lotes 18 al 20, 26 al 29) Manzana L1 (lotes 1 al 8, 12 y 13ª Total Area Util 14,743.50 m² 11,836.50 m² ................... ................... ................... ................... 26,680.00 m² SECTOR A 40,120.25m² SECTOR B 52,983.75 m²

11,423.58 m² 9,227.21 m² 5,540.35 m² 6,648.75 m² 32,839.89 m²

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.