Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (16/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G34/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 16 de octubre de 2005 otro contribuyente la extensión del frontis del predio a efectos de establecer la tasa a cobrar, considerando para ello el promedio de la longitud del frontis del predio ex- presado en metros lineales. 2) En función de un estudio realizado por la Gerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes, se ha determinado que existe un promedio mínimo de generación de resi-duos sólidos de 0.3 kilogramos diarios por persona, iden- tificando, además, una cantidad anual de residuos pro- ducidos. Asimismo, para la distribución de los costos, en lo que respeta a este rubro, se ha diferenciado a los contribu- yentes en tres categorías, en atención al nivel de genera-ción de basura, debido a la mayor población existente en cada uno de los tipos discriminados, así tenemos: 1) aquellos que tienen predios sin construir o en cons- trucción, entendiendo que en estos existe una menor población y un costo mínimo del servicio por la menorcantidad de generación de residuos posible para un pre- dio; 2) aquellos que destinan el predio a su casa habita- ción, considerando que existe un número mínimo de per- sonas que residen en éste generando un mayor número de residuos; 3) aquellos que lo utilizan con usos distintos a casa habitación (actividades comerciales, de servicios u otros), identificándose una mayor generación de residuos por elmayor uso de los servicios y una mayor población. Debe precisarse que en los tres casos se entiende una mayor utilización del servicio en función de una ma- yor área construida. Dentro del último rubro se ha tomado en cuenta las características de las actividades desarrolladas en los predios, estableciéndose una mayor tasa para aquellos locales en los que se genere un mayor índice de basura,como lo son en primer lugar: a) los Mercados, Supermer- cados, Centros Comerciales y Centros de expendio de comida, en segundo lugar: b) las Universidades, Institu-tos, Colegios, Centros Educativos, e Instituciones Públi- cas, y en tercer lugar: c) aquellos en los que se realizan actividades comerciales en general. La tasa estará determinada por la sumatoria de los sub montos determinados para el servicio de barrido y la recolección hasta la disposición final de los residuos só-lidos. 3.2 PARQUES Y JARDINESConforme a lo indicado en el Fundamento VIII de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expe-diente Nº 0053-2004-PI/TC, se mantienen los criterios de distribución establecidos en la Ordenanza Nº 86-2001- MM, así como la estructura de costos de dicho año, rati-ficados a través del Acuerdo de Concejo Nº 057, del 8 de marzo del año 2001, toda vez que para los años 2002 a 2005 se aplicarán los montos establecidos en dicha nor-ma, reajustadas con la aplicación de la variación acumu- lada del Índice de precios al Consumidor, vigente para el departamento de Lima para el año anterior a cada ejerci-cio fiscal, tal como lo establece el artículo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal. 3.3 SERENAZGO Para efectos de la distribución de los costos genera- dos por este servicio durante los años 2001 a 2005, la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expe- diente Nº 0053-2004-PI/TC, ha establecido que es razo-nable utilizar los criterios de ubicación y uso del predio, por cuanto su uso se intensifica en zonas de mayor peli- grosidad. Asimismo, debe tenerse en cuenta el giro co-mercial, indicando, como ejemplo, que la delincuencia y peleas callejeras suelen producirse con mayor frecuen- cia en centros comerciales, bares o discotecas. En este sentido, dado que el Arbitrio de Serenazgo involucra la organización, implementación, mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia pública en zonas críti-cas y de mayor riesgo; la protección civil, la atención de emergencias en procura de lograr una mayor seguridad ciudadana, así como prestar colaboración a la labor de laPolicía Nacional, se han identificado, en función a las estadísticas del Servicio de Serenazgo (Tabla II), que existen en el distrito cuatro Zonas de Intervención, enfunción de la asignación de personal frecuente y las ru- tas de patrullaje en dichas zonas, por lo que se está dis- tribuyendo una mayor carga tributaria en aquellas que registran un mayor número de intervenciones, asignán-dole a cada una de ellas un porcentaje del total de inter- venciones realizadas: ÁREAS DE MAYOR INTERVENCIÓN Y RELACIÓN CON EL COSTO DEL SERVICIO (En porcentaje) Área Costo del servicio 0 10.29% 1 23.36% 2 50.82% 3 15.53% Dentro de cada área, dado que el uso de los predios implica de por sí un mayor o menor disfrute del serviciopor parte de los deudores tributarios, se les ha agrupado en seis categorías, en función de los hechos directos e indirectos relacionados con las actividades realizadas alinterior de los predios, descritos en el texto de la presen- te ordenanza. En este sentido se establecen las siguientes catego- rías de propietarios: 1) Aquellos que tienen predios sin construir o en cons- trucción, 2) Aquellos que destinan el predio a su casa habita- ción, 3) Aquellos que lo utilizan para usos distintos a casa habitación (con actividades comerciales, de servicios y otros, en general), 4) Los que forman parte del Gobierno Central, Go- biernos Locales, Embajadas e Instituciones Públicas Des- centralizadas, y los que tienen la categoría de Institucio-nes Educativas y Culturales, Hospitales y Clínicas y En- tidades Financieras, 5) Los que tienen la categoría de Supermercados y Grandes Almacenes, y 6) Los Bingos, Tragamonedas y Casinos, Discotecas y Cines y Hoteles de 4 y 5 Estrellas. Para establecer la tasa a pagar se ha tomado en cuenta el costo prorrateado del servicio por cada zona, dentro dela cual se ha asignado un costo mayor a las categorías que han generado una mayor prestación del servicio (número de intervenciones), conforme a las estadísticas del Serviciode Serenazgo. De este subtotal se ha dividido el costo pro- rrateado entre el número de predios agrupados en cada una de las seis categorías indicadas (Tabla III). 2. FÓRMULAS APLICADAS EN LA DETERMINA- CIÓN: 3.1 Limpieza Pública: 1) Barrido y Limpieza de calles Del costo total anual (CT) se ha prorrateado el mismo en diez sectores (S) en función a la intensidad del servicio; asumiendo cada uno de estos un costo por sector anual (CSA). Cada sector ha sido dividido en 15 a 18 rangos quereflejan un promedio del frontis del predio (FP), lo cual de- termina que exista un número determinado de predios (P) dentro de cada uno de estos rangos, los cuales asumen aprórrata el costo por rango anual (CRA). La tasa trimestral resulta de la división del costo por rango anual (CRA) entre el número de predios (P) y de esta cifra entre 4. Monto trimestral = (CRA / P) / 4 2) Recolección y Transporte de residuos sólidos co- munes y escombros pro venientes de los predios , así como su transporte, descarga, tr ansferencia y disposición final Para la obtención de la tasa en primer lugar se ha dividido el costo total anual (CT) entre la cantidad de re-siduos generados por año (CRA), obteniéndose un costo por kilogramo anual, el cual, dividido entre 365, da el costo por kilogramo / día (CKD). Asimismo, se ha prorrateado la cantidad de residuos ge- nerados por año (CRA) entre las 5 categorías de contribu-