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PÆg. 302842 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de octubre de 2005 TÍTULO II LA SECRETARÍA NACIONAL DE ADOPCIONES CAPÍTULO I DEFINICIÓN, FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN Artículo 3º.- De la Definición La Secretaría Nacional de Adopciones es el órgano del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, encargado de proponer, ejecutar y fiscalizar la política en materia deadopciones de menores de edad en estado de abandono; así como desarrollar el programa de adopciones y tramitar las solicitudes respectivas. Está facultada para autorizar a lasinstituciones que desarrollen programas de adopción. Sus atribuciones son indelegables, salvo lo dispuesto en la Ley. En materia de adopción internacional, la Secretaría Nacional de Adopciones es la Autoridad Central, encargada de dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por el Perú en el marco del Convenio Relativoa la Protección del Niño y la Cooperación en materia de Adopción Internacional de 1993. La Secretaría Nacional de Adopciones cuenta con un Consejo Nacional de Adopciones integrado por el Secretario (a) Nacional de Adopciones, quien lo presidirá; un representante del MIMDES, quien deberá ser designado porla Titular del Sector; un representante del Ministerio de Justicia; un representante del Colegio de Trabajadores Sociales del Perú; un representante del Colegio dePsicólogos del Perú y un representante del Colegio de Abogados de Lima, quienes serán designados por el período de dos (2) años, por Resolución Ministerial del Sector. La Secretaría Nacional de Adopciones cuenta con tres equipos de trabajo: a. Equipo de Trabajo de Evaluación Integral. b. Equipo de Trabajo de Integración Familiar.c. Equipo de Trabajo de Supervisión y Control Post - Adoptivo. Además, la Secretaría Nacional de Adopciones cuenta con Oficinas Desconcentradas, para el mejorcumplimiento de sus fines. Artículo 4º.- De las Funciones Son funciones de la Secretaría Nacional de Adopciones: a. Proponer al Despacho Viceministerial de la Mujer, la política nacional, planes y programas en materia de adopciones y fiscalizar su cumplimiento. b. Proponer la normatividad para el desarrollo del programa de adopción. c. Impulsar y desarrollar el programa de adopción de niñas, niños y adolescentes judicialmente declarados en abandono,directamente o a través de las instituciones autorizadas. d. Proponer la suscripción de convenios en materia de adopciones internacionales con los gobiernosextranjeros y suscribir convenios en la misma materia con las instituciones autorizadas por éstos. e. Autorizar el funcionamiento de entidades que desarrollen programas de adopción de niñas, niños y adolescentes, determinando el número de instituciones autorizadas y el ámbito geográfico en que desarrollarán sus actividades. f. Asesorar, supervisar, controlar y sancionar a las instituciones autorizadas que ejecuten programas de adopciones. g. Realizar la evaluación y selección de los adoptantes, emitir los informes técnicos y las propuestas de designación de las niñas, niños y adolescentesjudicialmente declarados en abandono. h. Tramitar el procedimiento administrativo de adopción de niñas, niños y adolescentes judicialmente declaradosen abandono, emitiendo las respectivas resoluciones administrativas. i. Recibir información sobre los procesos de investigación tutelar que realiza la instancia administrativa del MIMDES competente en la materia. j. Realizar el seguimiento post-adoptivo de las niñas, niños y adolescentes adoptados por un período de tres (3) años tratándose de adopciones nacionales y cuatro (4) años en el caso de adopciones internacionales. k. Llevar y mantener el Registro Nacional de Adopciones de Menores de Edad Declarados Judicialmente en Abandono. l. Llevar y mantener el Registro Nacional de Adoptantes. m. Coordinar con los Juzgados, Fiscalías, Oficinas del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil(RENIEC) y demás instituciones públicas o privadas,para el cumplimiento de sus fines. n. Informar, difundir y sensibilizar sobre el procedimiento y alcances del programa de adopción. o. Velar por el cumplimiento de la Ley, el presente Reglamento, los Convenios suscritos y la normatividad en materia de adopciones. p. Las que sean propias para el cumplimiento de sus fines. En la aplicación del presente Reglamento, la Secretaría Nacional de Adopciones se regirá por el principio del interés superior del niño y del adolescente. Artículo 5º.- Del Programa de Adopción El programa de adopción comprende la atención a las niñas, niños o adolescentes desde su entrega a las instituciones autorizadas, hasta su designación en una familia, la prestaciónde servicios técnicos de orientación a los adoptantes, su evaluación y selección, la evaluación y designación de la niña, niño o adolescente, la elaboración de informes de empatía ycolocación familiar, la aprobación de la adopción y el control post-adoptivo nacional o internacional correspondiente. Artículo 6º.- De la Obligatoriedad de los Convenios Internacionales Para que proceda la solicitud de adopción de menores de edad peruanos por parte de ciudadanos extranjeros residentes en el exterior, es condición necesaria que existaconvenio vigente celebrado con el Estado de origen de los adoptantes o con organismos acreditados por la Secretaría Nacional de Adopciones. CAPÍTULO II REGISTROS NACIONALES Artículo 7º.- Del Registro Nacional de Adopciones La Secretaría Nacional de Adopciones tendrá a su cargo el Registro Nacional de Adopciones en el cual se deberán inscribir las adopciones de menores de edad declarados judicialmente en abandono, que se realicen a nivel nacionalcon indicación expresa de los siguientes datos: a. Fecha de inicio y fin del trámite administrativo de adopción. b. Nombre, nacionalidad, domicilio y estado civil de los adoptantes. c. Institución extranjera que patrocine la adopción, de ser el caso. d. Edad, nombre original y posterior a la adopción de la niña, niño o adolescente. e. Indicación del Juzgado que tramitó la Investigación Tutelar. El Registro Nacional de Adopciones tiene carácter reservado, por lo que solamente los adoptantes o losadoptados podrán tener acceso a la información referida a su proceso de adopción. Artículo 8º.- Del Registro Nacional de Adoptantes La Secretaría Nacional de Adopciones tendrá a su cargo el Registro Nacional de Adoptantes en el cual sedeberán inscribir a todas aquellas personas que de acuerdo al procedimiento administrativo de adopción de menores de edad declarados judicialmente en abandono,hayan sido declarados aptos de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. TÍTULO III EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE ADOPCIÓN CAPÍTULO I EVALUACIÓN INTEGRAL, REQUISITOS Y DECLARACIÓN DE APTITUD SUBCAPÍTULO I DE LA EVALUACIÓN INTEGRAL Artículo 9º.- De la Información e Inscripción Los cónyuges o la persona natural que deseen adoptar una niña, niño o adolescente deberán acercarse a la Secretaría Nacional de Adopciones, donde se les informará con respecto al trámite de adopción,inscribiéndolos, si así lo solicitan, a las charlas informativas y talleres interactivos que se programen para tal fin. Una vez que hayan asistido a estas dos actividadespodrán acercarse a la sede de la Secretaría Nacional de Adopciones donde se les entregará una ficha de