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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (23/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 302852 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de octubre de 2005 Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y Ley Nº 27791 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar el desistimiento formulado por la EMPRESA DE TRANSPORTES JUNIN S.R.LTDA., bajo el expediente de registro Nº 2005-014067-A, respectoa la pretensión de establecer escala comercial en la ciudad de Tingo María, para efectuar el servicio en la concesión de ruta: Pucallpa - La Oroya y viceversa. Artículo Segundo.- Aceptar la renuncia a la habilitación vehicular de los ómnibus de placas de rodaje Nº UO-9664, UQ-2922 y VP-1306 comprometidos en lasconcesiones de rutas: Lima-Cerro de Pasco, Lima, San Martín de Pangoa y Huánuco - Oxapampa y viceversa, otorgadas a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTESJUNIN S.R.LTDA. por Resoluciones Directorales Nºs. 1757-97-MTC/15.18 y 231-99-MTC/15.18 respecti- vamente, por las razones expuestas en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Otorgar a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES JUNIN S.R.LTDA., la concesióninterprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Pucallpa - La Oroya y viceversa, por el período de diez (10) años,contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA : PUCALLPA - LA OROYA y viceversa ORIGEN : PUCALLPADESTINO : LA OROYA ITINERARIO : AGUA YTÍA - TINGO MARÍA - ACOMAYO - HUÁNUCO _ AMBO - SAN RAFAEL - TINGO - CERRO DE PASCO- CARHUAMAYO - JUNÍN - LA OROYA ESCALA COMERCIAL : HUÁNUCO - CERRO DE PASCO - CARHUAMAYO - JUNÍN FRECUENCIAS : Una (1) diaria en cada extremo de rutaFLOTA VEHICULAR : Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Dos (2) ómnibus de placas de rodaje Nºs. UO-9664 (1996) y UQ-2922 (1992) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus de placa de rodaje Nº VP-1306 (1991) HORARIOS : Salidas de Pucallpa, a las 17.00 horas Salidas de La Oroya, a las 17.00 horas Artículo Cuarto.- La Dirección de Registros y Autorizaciones deberá inscribir la presente autorizaciónen el Registro Nacional de Transporte de Personas. Artículo Quinto.- La presente Resolución deberá ser publicada por la EMPRESA DE TRANSPORTES JUNINS.R.LTDA., en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidió la orden depublicación. Artículo Sexto.- La EMPRESA DE TRANSPORTES JUNIN S.R.LTDA., iniciará el servicio dentro de los treinta(30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en elpárrafo precedente, se declarará la caducidad de la concesión interprovincial. Artículo Sétimo.- Encargar la ejecución de la presente Resolución a la Dirección de Registros y Autorizaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICK P. ALLEMANT F. Director GeneralDirección General de Circulación Terrestre 17282ORGANISMOS AUTÓNOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Aprueban TUPA de la Asamblea Nacional de Rectores y del ConsejoNacional para la Autorización deFuncionamiento de Universidades COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1248-2005-ANR Lima, 29 de setiembre de 2005 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La Resolución Nº 463-2004-ANR de fecha 11 de agosto del 2004 y los Memorandos Nº 076-2005-DGPU yNº 813-2005-ANR de fechas 7 y 8 de setiembre del 2005, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 463-2004-ANR de fecha 11 de agosto del 2004 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA.) de la Asamblea Nacional de Rectores y del Consejo Nacional para laAutorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU correspondiente al año 2004; Que, con Memorando Nº 076-2005-DGPU el Director General Encargado de la Dirección de Planificación Universitaria remite el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA.) de la Asamblea Nacional de Rectoresdel año 2005 para su aprobación mediante resolución; Que, por Memorando Nº 813-2005-ANR de fecha 8 de setiembre del 2005 el Secretario Ejecutivo de la AsambleaNacional de Rectores dispone la elaboración de la resolución mediante la cual se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA.) de la ANR y del Consejo Nacionalpara la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU correspondiente al año 2005; Que, es necesario aprobar el instrumento de gestión de carácter normativo antes acotado, que tendrá vigencia para el ejercicio del año 2005; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA.) de la Asamblea Nacional de Rectores y del Consejo Nacional para la Autorización deFuncionamiento de Universidades - CONAFU correspondiente al año 2005. Artículo 2º.- Forma parte de la presente resolución, el documento “Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA.) de la Asamblea Nacional de Rectores y del Consejo Nacional para la Autorización deFuncionamiento de Universidades - CONAFU. Artículo 3º.- Encargar a las diferentes unidades orgánicas de la Asamblea Nacional de Rectores, elcumplimiento obligatorio de las disposiciones aprobadas en la presente resolución. Artículo 4º.- Publíquese la resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores ROCÍO RONDINEL SOSA Secretaria General de laAsamblea Nacional de Rectores