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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (05/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 2

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G37/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 5 de setiembre de 2005 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F PCM /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F /G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G20/G61/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20 /G65/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G73/G6F/G62/G72/G65/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G49/G62/G65/G72/G6F/G61/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 258-2005-PCM Lima, 2 de setiembre de 2005 VISTA, La Carta de fecha 24 de febrero de 2005, del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales de España; y, CONSIDERANDO:Que, mediante comunicación de fecha 24 de febrero de 2005, el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales de España,transmite una invitación al Ministro de Trabajo y Promocióndel Empleo, para participar en la V Conferencia Iberoamericanade Ministros y máximos responsables de Seguridad Social,denominada "La Seguridad Social en Iberoamérica:Cuestiones de Futuro", a realizarse en la ciudad de Segovia,España, los días 8 y 9 de setiembre de 2005; Que, dicho evento contará con la colaboración de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS)y tendrá como objetivos el intercambio de experiencias, lapresentación de proyectos en el campo de tecnologías deinformación y otros ámbitos de colaboración administrativay la aprobación de un Comunicado o Resolución Final queserá elevado a la Cumbre Iberoamericana, en el que serecojan los resultados de sus deliberaciones; Que, la Conferencia Interamericana mencionada, se enmarca dentro de los objetivos y metas indispensablesdel Sector Trabajo y Promoción del Empleo, y contribuye afortalecer la participación del Estado en el SistemaInteramericano, por lo que es conveniente autorizar el viajedel señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, cuyosgastos por concepto de pasajes y estadía serán cubiertospor el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España; De conformidad con lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, sobre prohibición de viajes al exteriorde funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo;la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes alexterior de servidores y funcionarios públicos y suReglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del ingeniero JUAN SHEPUT MOORE, Ministro de Trabajo y Promoción delEmpleo, a la ciudad de Segovia, España, del 6 al 10 desetiembre de 2005, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema será cubierto con recursosdel Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa Única por Uso de Aeropuerto : US$ 28.24Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación y es refrendada por elPresidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros JUAN SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 15261AGRICULTURA /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /GFA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G61/G20/G4D/G61/G64/G65/G72/G65/G72/G61/G20/G45/G63/G6F/G66/G6F/G72/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G42/G61/G6A/G6F /G50/G75/G71/G75/G69/G72/G69/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G69/G6E/G66/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E /G61/G20/G6C/G61/G20/G6C/G65/G67/G69/G73/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G66/G6F/G72/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G66/G61/G75/G6E/G61/G73/G69/G6C/G76/G65/G73/G74/G72/G65 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 010-2005-INRENA-OSINFOR Lima, 26 de agosto de 2005 VISTO:El Informe Técnico-Legal Nº 009-2005-INRENA- OSINFOR-URAN-USEC, elaborado en forma conjunta porla Unidad de Regulación y Asuntos Normativos de laOSINFOR, y la Unidad de Supervisión, Evaluación y Controlde la referida oficina, que da cuenta de la investigación deoficio iniciada en virtud de las presuntas conductasantijurídicas cometidas por el concesionario MadereraEcoforestal Bajo Puquiri S.A.C., titular del Contrato deConcesión Forestal con Fines Maderables Nº 17-TAM/C-J-003-02, que configurarían causales de caducidad einfracciones, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27308,Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento aprobadopor Decreto Supremo Nº 014-2001-AG y modificatorias. CONSIDERANDO:Que, con fecha 31 de mayo de 2002, la empresa Maderera Ecoforestal de Bajo Puquiri S.A.C.-MADECOBP,suscribió el Contrato de Concesión Forestal con FinesMaderables Nº 17-TAM/C-J-003-02, para elaprovechamiento de los recursos forestales de las Unidadesde Aprovechamiento Nº 219 y Nº 220, con un área de 5,782ha y 9,020 ha, respectivamente, con un área total de 14,802ha ubicadas en el Bosque de Producción Permanente deMadre de Dios; Que, con fecha 31 de octubre de 2003, el citado concesionario y el INRENA, suscriben la Adenda al Contratode Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-029-02, mediante la cual las partes acuerdan modificardiversas cláusulas del mismo; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 078-2005- INRENA-IFFS, de fecha 20 de abril de 2005, se aprueba elPlan General de Manejo Forestal del concesionario enmención, en una superficie de 14,802 ha, cuya área se ubicaen el distrito de Madre de Dios, provincia de Manu,departamento de Madre de Dios; Que, asimismo, mediante Resolución de Intendencia Nº 079-2005-INRENA-IFFS, de fecha 20 de abril de 2005,se aprueba el Plan Operativo Anual de la segunda zafra,en una superficie de 349.97 ha, cuya área se ubica en eldistrito de Madre de Dios, provincia de Manu, departamentode Madre de Dios, y cuyos puntos de ubicación encoordenadas UTM son los siguientes: Vértice Este Norte V1 345100 8579254 V2 343850 8579254 V3 343850 8582050 V4 345100 8582050 Que, el artículo 15º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, define al plan de manejo forestal, comoel conjunto de actividades de caracterización, evaluación,planificación, aprovechamiento, regeneración, reposición,protección y control del bosque, conducentes a asegurar laproducción sostenible y la conservación de la diversidadbiológica y el ambiente. El plan de manejo debe incluir laubicación de los árboles a extraerse determinados a travésde sistemas de alta precisión con instrumentos conocidoscomo Sistema de Posición Global (SPG) u otros similares;siendo también parte integrante de este plan el Estudio deImpacto Ambiental (EIA), cuyas características sondeterminadas en el reglamento; Que, adicionalmente el referido artículo, establece que cualquier modalidad de aprovechamiento de los recursosforestales, con fines comerciales o industriales, requierede un Plan de Manejo Forestal aprobado por el INRENA,