NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (05/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 7
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G37/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 5 de setiembre de 2005 de los procesos de selección, salvo las previstas en los incisos b) y d) del artículo 19º de la Ley, serán publicadasen el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) díashábiles siguientes a su emisión o adopción, segúncorresponda, y adicionalmente, deberán publicarse a travésdel SEACE; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estableceque ante una situación de desabastecimiento inminente, laautoridad competente para autorizar la exoneración deberáordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de lasacciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º delmismo cuerpo normativo, el cual regula lasresponsabilidades y sanciones; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estableceque las adquisiciones y contrataciones a que se refiere elartículo 19º se realizarán mediante acciones inmediatas yel artículo 148º de su Reglamento establece que se requiereinvitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con lascaracterísticas y condiciones establecidas en las Bases, lamisma que podrá ser obtenida, por cualquier medio decomunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico; Que, en consecuencia, resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe laexoneración del proceso de selección correspondiente, paracontratar a través de acciones inmediatas el referidoservicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los DecretosSupremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 083-2004-PCM, 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonérese al Ministerio de Educación del proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía porcausal de Situación de Desabastecimiento Inminente, yautorícese a contratar el servicio de "Seguro Obligatorio deAccidentes de Tránsito (SOAT)" por la suma de S/. 6, 440.94(Seis Mil Cuatrocientos Cuarenta y 94/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de la Unidadde Abastecimiento dependiente de la Oficina deAdministración del Ministerio de Educación, y de conformidadcon las normas del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 3º.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) díashábiles siguientes a su emisión y adicionalmente, deberápublicarse a través del SEACE. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría General dela República y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titulardel Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes ala fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 15219 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G43/G61/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G65/G6D/G69/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4A/G75/G76/G65/G6E/G74/G75/G64/G20/G22/G59/G65/G68/G75/G72/G69 /G43/G68/G69/G68/G75/G61/G72/G61/G20/G43/G72/G75/G7A/G22/G20/G2D/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0552-2005-ED Lima, 1 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27725, crea el Premio Nacional de la Juventud "Yehuri Chihuara Cruz" a otorgarse anualmente alos jóvenes u organizaciones juveniles para estimular yreconocer la obra y el esfuerzo que hayan realizado en lapromoción y tutela de la cultura, valores e identidad nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2002-ED, se aprueba el Reglamento del Premio Nacional de la Juventud"Yehuri Chihuara Cruz", estableciendo los requisitos que deben reunir los postulantes al citado Premio, la ComisiónCalificadora de postulantes y el procedimiento para suotorgamiento; Que, el artículo 4º del Decreto Supremo antes mencionado, establece la conformación de la ComisiónCalificadora de postulantes, la que será designada cadaaño mediante Resolución Ministerial expedida por elMinisterio de Educación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos SupremosNºs. 51-95-ED, 002-96-ED y 025-2002-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar la Comisión Calificadora del Premio Nacional de la Juventud "Yehuri Chihuara Cruz" –2005, que estará integrada por: - Francisco Javier Marcone Flores, Jefe de la Oficina de Tutoría y Prevención Integral, quien la presidirá. - Carlos José Klinge Pasara, en representación del Instituto Peruano del Deporte. - Elsa Carmen Benavente Salazar, en representación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. - María Elena Córdova Burga, en representación del Instituto Nacional de Cultura. - Doris Saldarriaga Reto, en representación de la Dirección Nacional de Educación Secundaria y SuperiorTecnológica. Artículo 2º.- La Comisión Calificadora a que se refiere el artículo precedente, cumplirá las funciones establecidasen el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 025-2002-ED . Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 15220 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G72/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G72/GE1 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G67/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0553-2005-ED Lima, 1 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, el numeral 5.4.de la Directiva Nº 001-CND-P-2003, aprobada por la Resolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003,modificada por la Resolución Presidencial Nº 025-CND-P-2003, que aprueba los Lineamientos Generales para elConcurso Público de Selección de Directores Regionales,señala que el Gobierno Regional evaluará semestralmente eldesempeño de la función de cada uno de los DirectoresRegionales Sectoriales, conjuntamente con el Sector del PoderEjecutivo Nacional. Este último evaluará la implementación yejecución de las políticas nacionales sectoriales y el GobiernoRegional, cuando se hayan transferido las correspondientescompetencias sectoriales, las políticas regionales sectorialesen el ámbito regional, conforme a la Duodécima DisposiciónTransitoria, Complementaria y Final de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales; Que, mediante el Oficio Nº 405-2005-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GG, el Gerente General delGobierno Regional de Amazonas, manifiesta que el Lic.Gustavo Guillermo Corvera Coronel, Director Regional deEducación ha cumplido el 1 de agosto del año en curso,dos (2) años de ejercicio en el cargo; por lo que, solicitaque el Ministerio de Educación designe a su representantepara evaluar la gestión del mencionado funcionario a fin deestablecer la pertinencia o no de la renovación de acuerdoal numeral 5.2.5 de la Directiva Nº 001-CND-P-2003; Que, por tanto es conveniente designar a los representantes del Ministerio de Educación a fin de queintegren la Comisión que se encargará de evaluar la gestióndel Director Regional de Educación de Amazonas;