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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G34/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de setiembre de 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1008-2005-RE Lima, 12 de setiembre de 2005 Visto el Expediente Nº 7539-2005, presentado por la Asociación Vida Perú, mediante el cual solicitan la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) eImpuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA); CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivoal Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055- 99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que serealicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo(ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentreninscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sectorcorrespondiente; Que, la Asociación Vida Perú, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación,internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 4 de noviembre de 2004, legalizado por el Consulado Generalde Perú en San Francisco, se observa que Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA), ha efectuado una donación a favor de la Asociación Vida Perú; Que, los bienes donados consisten en un contenedor de 40' conteniendo equipos médicos usados, con un valorFOB US$ 10,000.00 (Diez Mil y 00/100 dólares americanos) con un peso bruto de 6,804.00 kilos, que serán destinados a la Asociación Vida Perú; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e PREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Volunteersfor Inter-American Development Assistance (VIDA) a favor de la Asociación VIDA PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) correspondiente a la donación efectuada por Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA), a favor de la Asociación Vida Perú; a que se refiereel cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a lasuperintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 16005FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 221-2005-RE Mediante Oficio Nº 383-2005-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 221-2005-RE, publicada ennuestra edición del día 15 de setiembre de 2005. En el primer párrafo; DICE: (...) la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, conaprobación del Congreso de la República, (...); DEBE DECIR: (...) la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, conaprobación del Consejo de Ministros (...); 16046 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G45/G53/G53/G41/G4C/G55/G44/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G70/G61/G73/G61/G6E/G74/GED/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G46/G72/G61/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 040-2005-TR Lima, 14 de setiembre de 2005 VISTO: El Oficio Nº 608-PE-ESSALUD-2005, de fecha 7 de setiembre de 2005, de la Presidencia Ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de París - Francia, se llevará a cabo la pasantía "EN EL SERVICIO DE CIRUGÍA CARDIACA PEDIÁTRICA", en el Hospital Necker-Enfants Malades, del 15 de setiembre al 15 de diciembre del 2005; Que, el Seguro Social de Salud - ESSALUD ha determinado la conveniencia que la señora LOURDES GUADALUPE TORRES RUIZ, Médico Asistente del Serviciode Cirugía de Tórax y Cardiovascular del Departamento de Cirugía del Hospital IV Alberto Sabogal Sologuren de la Red Asistencial Sabogal, participe en el mencionado evento,en razón de haber sido beneficiada con una beca otorgada por el Gobierno de Francia, en mérito al Convenio Marco de Cooperación entre el Seguro Social de Salud - EsSaludy la Embajada de Francia en el Perú; Que, la capacitación de la citada profesional es considerada de importancia, ya que en EsSalud lasafecciones perinatales y malformaciones congénitas constituyen la mayor carga de mortalidad y morbilidad, existiendo muy pocos especialistas en dicha área, por loque la referida actividad educativa contribuirá a mejorar la calidad de atención del asegurado y el desarrollo de cirugías altamente complejas así como la actualización delprofesional del servicio con el propósito de emplear nuevos métodos y tecnología de vanguardia; Que, los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos por la Embajada de Francia en el Perú, en tanto que los gastos por concepto de pasajes y tarifa aeroportuaria serán cubiertos por EsSalud; De conformidad con lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, sobre prohibición de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo;la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado;